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Detención o no detención

1 Comentarios
 
13/08/2003 01:30
Si el hecho es constitutivo de falta, y la señora no presenta denuncia no se le puede detener, pues el perdón del ofendido exime de la responsabilidad por la falta. En caso de que el hecho fuera grave y constituyente de delito, aunque la víctima no presentara denuncia se puede perfectamente actuar de oficio, pero no es probable, puesto q si la víctima no quiere presentar denuncia...lo normal es que le hecho haya sido de carácter leve, falta, y por tanto no se le detenga al indiviudo. Espero haberte ayudado.
Detención o no detención
14/07/2003 14:03
Hola, el caso, es que nos llaman de que en una calle, un señor esta amenazando a su señora con un arma blanca en plena calle, llegados el lugar, nos entrevistamos con los dos, y efectivamente ha sido así según los vecinos que han visto lo sucedido, pero la señora no quiere saber nada, y no quiere presentar denuncia. se puede detener al señor? se puede actuar de oficio? o se considera un delito privado y por consiguiente hace falta la denuncia del agraviado? gracias.
Detención o no detención | PorticoLegal
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13/08/2003 01:30
Si el hecho es constitutivo de falta, y la señora no presenta denuncia no se le puede detener, pues el perdón del ofendido exime de la responsabilidad por la falta. En caso de que el hecho fuera grave y constituyente de delito, aunque la víctima no presentara denuncia se puede perfectamente actuar de oficio, pero no es probable, puesto q si la víctima no quiere presentar denuncia...lo normal es que le hecho haya sido de carácter leve, falta, y por tanto no se le detenga al indiviudo. Espero haberte ayudado.
Detención o no detención
14/07/2003 14:03
Hola, el caso, es que nos llaman de que en una calle, un señor esta amenazando a su señora con un arma blanca en plena calle, llegados el lugar, nos entrevistamos con los dos, y efectivamente ha sido así según los vecinos que han visto lo sucedido, pero la señora no quiere saber nada, y no quiere presentar denuncia. se puede detener al señor? se puede actuar de oficio? o se considera un delito privado y por consiguiente hace falta la denuncia del agraviado? gracias.