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Deuda autonomos

2 Comentarios
 
Deuda autonomos
01/10/2012 10:01
Un empresario adeuda 20.000 € de cuotas de autonomos atrasadas- Para poderse jubilar es preciso liquidar la deuda o es posible llegar a algun acuerdo
01/10/2012 10:12
Opino qie deberia ir a la Tesoreria de la Seguridad social en la Sección de ejecuciones e intentar conseguir un aplazamiento extraordinario de las cuotas adeudadas, comprometiendose a un pago mensual para amortizar la deuda.
Luego pedir la Jubilación y argumentar que el compromiso legal del aplazameinto equivale al pago.
O eso o conseguir un credito bancario en la entidad en la que piensa domiciliar la jubilación.
No le veo más salidas.
01/10/2012 10:47
1) A que periodo de refiere la deuda?? Debe tener en cuenta que si las cuotas están prescritas aunque proceda a su ingreso no se computan para la prestación.

2) Al margen de esas cuotas, cumple el periodo de carencia necesario?? o estas cuotas van a ser las que determinen que tenga derecho a pensíón?

3) Uno de los requisitos para causar a pensión es estar al corriente del pago de las cotizaciones anteriores al hecho causante, si no lo esta se le "invita al pago". También el interesado puede solicitar un "aplizamiento de pago", aunque debe tener presente que su concesión no es obligatoria.
-Si la TGSS le concede un aplazamiento de pago antes de causar la prestación, se le considera al corriente, si lo solicita posteriormente no está al corriente y debe cumplir la invitaciónal pago para causar derecho.
-Ojo, si le conceden un aplamiento de pago y le reconocen la pensión, si incumple los plazos o condiciones del aplazamiento, pasa a "no encontrarse al corriente en el pago" y se procede a la suspensión de la pensión, la cual solamente será reanudada cuando ingrese la deuda en su totalidad (vamos que en este caso queda sin efecto el aplazamiento).