Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Deuda de CP tars emision de certificado por administrador

7 Comentarios
 
Deuda de cp tars emision de certificado por administrador
18/04/2012 20:04
Me hace una pregunta un buen amigo Administrador. A ver qué os parece:

A parecer, desde 2007 ha entregado cinco certificados de deuda para la venta de las propiedades, adverando que la vivienda, trastero y plazas anejas están libres de deuda o cargas.....bien. Ahora recibe por vía de apremio una reclamación ejecutiva del Ayuntamiento por IBI de 2005 de ese garaje, y los cinco vecinos que compraron en 2007, es decir, DESPUES de 2005 afirman que ellos están EXONERADOS de pagar la deuda pues el vendedor aportó el certificado liquidatorio del Administrador.
En principio entiendo que ello afecta a las deudas de los inmuebles que se venden con la CP pero NO a las dedudas de ésta con terceros (Ayuntamiento) por lo que estos compradores del 2007 también estarían obligados a pagar, aunque la deuda se generó antes de que ellos compraran....¿qué opináis?
18/04/2012 22:02
No entiendo como un administrador puede realizarle esa pregunta, y repreguntar en un foro ¿Acaso los administradores no reciben formación continua en sus colegios correspondientes?
Y es más, ese administrador altamente colegiado ¿Por qué no pregunta en el colegio? ¿Por qué le da vergüenza preguntar semejante simplicidad?
18/04/2012 22:41
Pasacero:

Pues entiéndalo, buien hombre, porque es un amigo algo preocupadillo que intuye que los chinchescaleras de turno van a por él y duda....porque dudar es humano.
Y coge su teléfono y me llama.
Y yo le respondo como expongo pero como entro a menudo en este for, me enciomiewndo a trodo el que buenamente quiera y sepa aportar algo, y no a quiene sme realizan un tecer grado al que -OBVIAMENTE- ni puedo ni deseo responder.

A dormir, buen hombre, que mañana será otro día.
19/04/2012 00:31
El IBI es un impuesto, que debe abonar el propietario directamente al Ayuntamiento y no la Comunidad. Por tanto es de suponer que el Administrador ha emitido un certificado de las posibles deudas del propietario, en sus obligaciones para con la Comunidad, por ejemplo cuotas ordinarias mensuales, derramas, etc.
19/04/2012 10:18
papino: ese amigo preocupadillo ¿era administrador en 2005? Si es así, él es el responsable de que ahora os llegue el IBI por vía de apremio y, supongo, que con penalización y/o intereses de demora, por no haberlo pagado en su momento ni cuando se lo reclamaron posteriormente, pues, puesto que los impuestos prescriben a los cinco años de su devengo si no han sido notificados ni reclamados al contribuyente, ha tenido que haber alguna comunicación, reclamación o notificación posterior a 2005 y el administrador o presidente de turno no lo ha pagado, y si tenía conocimiento de ello cuando emitió los certificados, incurrió en falsedad documental. Si no quiere tener problemas con los "chinchaescaleras", que empiece por hacer las cosas bien. Desde luego que ni los antiguos ni los nuevos propietarios, en mi opinión, tiene que pagar ese IBI, al estar amparados por las certificaciones emitidas y, supongo, admitidas y validadas por el Notario que emitió las ascrituras de compra-venta.
19/04/2012 11:36
A ver, aclaro información que me acaban de dar:

.- El IBI lo carga el Ayto al garaje general como inmueble -y no a cada propietario por su plaza- ya que NO hay división registral por plazas. En escritura consta que cada comunero compra una/AVA parte del inmueble y se le atribuye el uso de una plaza.

.- La comunidad afronta y asume al 100x100 ese gasto de IBI en su presupuesto y NO repercute su cuota parte a los propietarios/usuarios del garaje

.- Sí era administrador ese año aunque no puede asegurar si se le notificó o no (quizás sí, me responde). De lo que sí parece estar seguro es de que la comunidad siempre estaba en descubierto y no podía afrontar ese gasto pues los vecinos nunca aprobaban incrementos de cuota, s eles llegó a cortar la luz vareias veces por falta de pago, apercibimiento s de proveedores, etc, etc...

Contadora:

¿Falsedad documental porqué?, ¿dónde hay tal falsedad? Se certificó que la vivienda plaza no presentaban deudas con la comunidad pero ¿crees que esa responsabilidad y certificación alcanza a las deudas de la comunidad con terceros?...¿no impediría ésto la emisión de cualquier certificado?.

Gracias

24/04/2012 18:18
Yo estoy de acuerdo con la respuesta que le has dado papino.

Saludos.

24/04/2012 18:44
Para papino:

Debías haber aclarado en tu post inicial, que el garaje era una única finca registral y catastral.
Deuda de CP tars emision de certificado por administrador | PorticoLegal
Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Deuda de CP tars emision de certificado por administrador

7 Comentarios
 
Deuda de cp tars emision de certificado por administrador
18/04/2012 20:04
Me hace una pregunta un buen amigo Administrador. A ver qué os parece:

A parecer, desde 2007 ha entregado cinco certificados de deuda para la venta de las propiedades, adverando que la vivienda, trastero y plazas anejas están libres de deuda o cargas.....bien. Ahora recibe por vía de apremio una reclamación ejecutiva del Ayuntamiento por IBI de 2005 de ese garaje, y los cinco vecinos que compraron en 2007, es decir, DESPUES de 2005 afirman que ellos están EXONERADOS de pagar la deuda pues el vendedor aportó el certificado liquidatorio del Administrador.
En principio entiendo que ello afecta a las deudas de los inmuebles que se venden con la CP pero NO a las dedudas de ésta con terceros (Ayuntamiento) por lo que estos compradores del 2007 también estarían obligados a pagar, aunque la deuda se generó antes de que ellos compraran....¿qué opináis?
18/04/2012 22:02
No entiendo como un administrador puede realizarle esa pregunta, y repreguntar en un foro ¿Acaso los administradores no reciben formación continua en sus colegios correspondientes?
Y es más, ese administrador altamente colegiado ¿Por qué no pregunta en el colegio? ¿Por qué le da vergüenza preguntar semejante simplicidad?
18/04/2012 22:41
Pasacero:

Pues entiéndalo, buien hombre, porque es un amigo algo preocupadillo que intuye que los chinchescaleras de turno van a por él y duda....porque dudar es humano.
Y coge su teléfono y me llama.
Y yo le respondo como expongo pero como entro a menudo en este for, me enciomiewndo a trodo el que buenamente quiera y sepa aportar algo, y no a quiene sme realizan un tecer grado al que -OBVIAMENTE- ni puedo ni deseo responder.

A dormir, buen hombre, que mañana será otro día.
19/04/2012 00:31
El IBI es un impuesto, que debe abonar el propietario directamente al Ayuntamiento y no la Comunidad. Por tanto es de suponer que el Administrador ha emitido un certificado de las posibles deudas del propietario, en sus obligaciones para con la Comunidad, por ejemplo cuotas ordinarias mensuales, derramas, etc.
19/04/2012 10:18
papino: ese amigo preocupadillo ¿era administrador en 2005? Si es así, él es el responsable de que ahora os llegue el IBI por vía de apremio y, supongo, que con penalización y/o intereses de demora, por no haberlo pagado en su momento ni cuando se lo reclamaron posteriormente, pues, puesto que los impuestos prescriben a los cinco años de su devengo si no han sido notificados ni reclamados al contribuyente, ha tenido que haber alguna comunicación, reclamación o notificación posterior a 2005 y el administrador o presidente de turno no lo ha pagado, y si tenía conocimiento de ello cuando emitió los certificados, incurrió en falsedad documental. Si no quiere tener problemas con los "chinchaescaleras", que empiece por hacer las cosas bien. Desde luego que ni los antiguos ni los nuevos propietarios, en mi opinión, tiene que pagar ese IBI, al estar amparados por las certificaciones emitidas y, supongo, admitidas y validadas por el Notario que emitió las ascrituras de compra-venta.
19/04/2012 11:36
A ver, aclaro información que me acaban de dar:

.- El IBI lo carga el Ayto al garaje general como inmueble -y no a cada propietario por su plaza- ya que NO hay división registral por plazas. En escritura consta que cada comunero compra una/AVA parte del inmueble y se le atribuye el uso de una plaza.

.- La comunidad afronta y asume al 100x100 ese gasto de IBI en su presupuesto y NO repercute su cuota parte a los propietarios/usuarios del garaje

.- Sí era administrador ese año aunque no puede asegurar si se le notificó o no (quizás sí, me responde). De lo que sí parece estar seguro es de que la comunidad siempre estaba en descubierto y no podía afrontar ese gasto pues los vecinos nunca aprobaban incrementos de cuota, s eles llegó a cortar la luz vareias veces por falta de pago, apercibimiento s de proveedores, etc, etc...

Contadora:

¿Falsedad documental porqué?, ¿dónde hay tal falsedad? Se certificó que la vivienda plaza no presentaban deudas con la comunidad pero ¿crees que esa responsabilidad y certificación alcanza a las deudas de la comunidad con terceros?...¿no impediría ésto la emisión de cualquier certificado?.

Gracias

24/04/2012 18:18
Yo estoy de acuerdo con la respuesta que le has dado papino.

Saludos.

24/04/2012 18:44
Para papino:

Debías haber aclarado en tu post inicial, que el garaje era una única finca registral y catastral.