Muchas gracias por su respuesta. Me surge otra duda. Supongo que previo al embargo tendrá que haber una notificación de la deuda puesto que yo puedo desconocer la deuda existente. O no es así? Gracias de nuevo.
Buenas: Si que te puede ocasionar problemas porque el Municipio puede decidir embargar el inmueble en cualquier momento, aunque no suele ser lo habitual. Teóricamente la deuda correspondería a los herederos del usufructuario que es quien debería haberla abonado, pero tu al ser el nudo propietario, de forma subsidiaria puedes ser considerado responsable. Si no conoces a los herederos de la anterior persona y reconocen la deuda a través de la herencia universal, lo mejor es pagar de forma fraccionada e intentar olvidarse del tema.
Buenos días. Hace unos años herede una vivienda cuyo usufructo correspondía a otra persona. Al fallecimiento de esa persona y recuperar la vivienda me encuentro que ha 3 recibos del IBI sin pagar. A quién corresponde pagar esa deuda? Me puede ocasionar problemas si decido venderla? Muchas gracias.