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deuda

1 Comentarios
 
Deuda
08/05/2004 14:01
Una compañera de trabajo me ha contado la siguiente historia: una tarjeta de crédito que tuvo como hace 15 años. En aquella fecha tiró de la tarjeta dejándola en un -100.000(de las antiguas pesetas).
Dice que ahora al cabo de 15 años le notifican que tiene que pagar 500.000pts (3.000 euros)
Me comenta que en todo este tiempo no le han notificado nada, que si no ya hubiera pagado lo que debía y me comenta si yo me puedo enterar cuándo suele prescribir la deuda o como se diga.
Yo ni corta ni perezosa pues os lo pregunto a vosotr@s porque esta historia todavía no la acabo de entender.
Le he aconsejado que vaya a donde un abogado (me dice no tiene dinero)
Para ganar tiempo le he dicho que vaya a la oficina o a donde le hayan hecho el requerimiento para ejecución de la deuda y que intente enterarse si hay constancia escrita de que le han notificado algo durante estos años..........
en fin, que si me orientáis un poco casi mejor porque yo no estoy puesta y no quiero perjudicarla. Gracias
11/05/2004 18:36
Por lo que se refiere a la prescripción el plazo general de prescripción para las obligaciones personales es de 15 años, no se si en el tema de las tarjetas de crédito habrá alguna normativa especial que establezca un plazo más corto, habría que comprobarlo. En todo caso, para que prescriba la deuda no debe existir ningún tipo de acto interruptivo de la prescripción.
En cualquier caso, lo más recomendable es acudir a un profesional que será el que le asesore correctamente. Si carece de recursos económicos puede beneficiarse de la justicia gratuita, sobre ello le pueden informar en la oficina de orientación jurídica del Colegio de Abogados.
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08/05/2004 14:01
Una compañera de trabajo me ha contado la siguiente historia: una tarjeta de crédito que tuvo como hace 15 años. En aquella fecha tiró de la tarjeta dejándola en un -100.000(de las antiguas pesetas).
Dice que ahora al cabo de 15 años le notifican que tiene que pagar 500.000pts (3.000 euros)
Me comenta que en todo este tiempo no le han notificado nada, que si no ya hubiera pagado lo que debía y me comenta si yo me puedo enterar cuándo suele prescribir la deuda o como se diga.
Yo ni corta ni perezosa pues os lo pregunto a vosotr@s porque esta historia todavía no la acabo de entender.
Le he aconsejado que vaya a donde un abogado (me dice no tiene dinero)
Para ganar tiempo le he dicho que vaya a la oficina o a donde le hayan hecho el requerimiento para ejecución de la deuda y que intente enterarse si hay constancia escrita de que le han notificado algo durante estos años..........
en fin, que si me orientáis un poco casi mejor porque yo no estoy puesta y no quiero perjudicarla. Gracias
11/05/2004 18:36
Por lo que se refiere a la prescripción el plazo general de prescripción para las obligaciones personales es de 15 años, no se si en el tema de las tarjetas de crédito habrá alguna normativa especial que establezca un plazo más corto, habría que comprobarlo. En todo caso, para que prescriba la deuda no debe existir ningún tipo de acto interruptivo de la prescripción.
En cualquier caso, lo más recomendable es acudir a un profesional que será el que le asesore correctamente. Si carece de recursos económicos puede beneficiarse de la justicia gratuita, sobre ello le pueden informar en la oficina de orientación jurídica del Colegio de Abogados.