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Deudas sl

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Deudas sl
31/08/2012 15:51
Si se monta empresa.con un administrador unico y empieza a generar deudas,de ss,autonomo,haciends..pues tuvo unos impagados imporyantes...pueden ir a x tu piso con hipotrca alta?? No hay nominas ni dinero en cuenta.tambien hay un prestamo avalad x.el piso.una vez.echo el apunte en el piso desapatecen con el tiemp? Se renueva solo se x vida?las empresa no.funciona desde hace 3 anos pero ni esta cerrada ni presentad los trimestres ni ningun tipo de tramitr en este.tiempo.
10/09/2012 15:29
Por favor me pueden orientar.con estos temas.ademas q.se considera actuar de mala fe?
10/09/2012 18:54
A los administradores la ley les exige un deber de diligencia que implica observar una conducta responsable. De ahí que se deriven obligaciones como las relacionadas con el deber de procurar la disolución de la sociedad en ciertos casos, o de solicitar el concurso en caso de insolvencia actual o inminente... eso, y no presentar las cuentas, por ejemplo, y que esto acarree un daño conectado causalmente al hecho de no presentarlas pueden derivar en la imputación de las deudas de la sociedad al patrimonio personal de los administradores en beneficio de los acreedores.

Esos serían por ejemplo unos supuestos de los que ud llama "mala fe". No obstante los patrimonios personales del administrador y el social son diferentes y no se tienen porque ver afectados el uno de las deudas del otro. Ahora bien, si ud avala un préstamo concedido a la sociedad con un inmueble que tiene a su nombre, esta ofreciendo como garantía un bien personal suyo, con lo cual en caso de impago el banco acudirá contra el bien avalado, siéndole indiferente a quién pertenezca.

Espero haberme explicado...

Saludos.
10/09/2012 22:29
Muchas gracias x sus indicaciones,pero teng unas.dudas que si me pudiera aclarar la empresa debe iva y seg sociales de trabajafores en bastante cantidad pues tuvo una deuda grande de una emprrsa q no le pago y que x falta de.dinero no se reclamo judicialmente aunque existe un documemto de reconocimuent de esa deuda de 120.000 pero no creo q oaguen.si a partir de entonces la empresa sigue activa y no ha podid cerrarls por tener deudas(creo q con deudas no se puede) pero sin ninguna facturacion y sin presentar papeles ni cuentas de ningun tipo...es un caso en el que pueden ir a por sus bienes?.. Hay alguna forma de averiguarl seguro.

De todaa formas se puede saber por algun registro si la empresa esta en concurso? Pues no tiene clar si la.gestoria lo hizo.
11/09/2012 11:03
Para “cerrar” una sociedad, antes es preciso disolverla y liquidarla. Si las deudas societarias superan a los créditos y reservas de la misma, la vía es la liquidación concursal. Ese es el método legal y responsable, que te asegura derechos como el que dejen de correr los intereses, etc. El otro método es el de “cerrar la persiana”, que como abogado no recomiendo, pero que en ocasiones es la mejor opción (para el deudor, claro. Yo no he dicho nada…).
El representante del deudor (administrador de la sociedad) tiene el deber de solicitar el Concurso (art. 5 Ley Concursal, concurso voluntario), aunque también lo pueden solicitar los acreedores. El concurso se solicita ante el juez mercantil quien, en su caso, dictará un auto de declaración en concurso. A este auto se le da publicidad, e inmediatamente se anota en el Registro Mercantil, en la hoja abierta a la entidad. Si estáis en concurso lo sabríais. El reconocimiento de deuda no ayuda, ya que prueba que la sociedad conocía la situación y estaba al tanto de los impagados.
Aún y todo solo por el mero hecho de no declarar el concurso, dudo mucho que los acreedores puedan llegar a la esfera patrimonial personal del administrador, es muy difícil y sobretodo para ellos es costoso y lento, aunque no del todo imposible.

Salvo mejor criterio.

Saludos.
11/09/2012 12:50
Muchas gracias x las aclaraciones.si voy al registro metcantil y pregunto x la empresa me diran si esta en concurso??. Y si las dedudas son de ss y hacienda pueden quedarse entonces sin pagar.
Es que aparte de eso queria meterme en el piso de mi pareja pero no se que riesg corro.con este lio de deudas

Espero respuetas y gracias de nuevo
12/09/2012 09:37
A ver, pero es ud. el administrador? en tal caso, ¿cómo no va poder acceder a toda la información registral? Es más, no sé cómo puede desconocer si están o no en concurso...

En cualquier caso, toda persona puede acudir al Registro Mercantil (o por internet creo que también), y solicitar una nota informativa para saber si una empresa se encuentra en concurso. En el impreso de solicitud le van a exigir el motivo de la consulta. No hace falta acreditar que es acreedor ni administrador, pero tampoco ponga por "curiosidad" porque no se la darán.

Por el tema del piso, si la empresa tiene una forma jurídica de responsabilidad limitada a lo invertido en la misma, es muy difícil que su patrimonio personal se vea afectado, ya no le digo el de su pareja. Dice que el piso es de su pareja, a su pareja su piso no se lo van a tocar aunque viva ud allí.

Saludos.
12/09/2012 10:25
Muchas gracias de nuevo.yo no teng nada q ver con la empresa pero hay veces q duda de las gestionrs q hace el de la misma pues pienso q no me quiere preocypar y no se si me comenta la verdad y x eso queria.ir yo al registro x mi cuenta.
O sea q entonces no van a ir a x su patrimonio con li q le he.contad? se quedara todo sim pagar? El capital social era de 3000 eur.si me pongo en las escrituras no corro riesg de q nos quiten el piso? Discylpe mi insistencia e ignorancia pero es una decision importante y q no quier me perjydiqur
12/09/2012 11:39
Veamos, esto no deja de ser un foro. Me ha dado información diseminada y con cuenta gotas y así no puedo darle más consejos que el de que acuda a un abogado con el implicado y antes de hacer nada pidan asesoramiento.
Al principio aludía a un préstamo avalado por un bien personal, luego parece que hay deudas con hacienda, no sabe si realmente le están diciendo la verdad...
Aquí hemos estado hablando todo el rato de la hipotética responsabilidad civil que pueda tener un administrador, y si esta es personal e ilimitada. Yo le digo que en una s.l. ésta opción es muy remota, casi imposible.
Ahora bien, existen otros ámbitos de responsabilidad en que pueden incurrir los administradores en el ejercicio de su cargo (la penal, vinculada a delitos societarios, la administrativa, la tributaria,la laboral etc.). Con esto le quiero decir que con los datos que maneja es imposible dar un diagnóstico, pueden haber por detrás agujeros que no veamos. Habría que ver en que estado se encuentra realmente la sociedad, hasta qué punto tiene acreedores y quiénes son (no es lo mismo deber a un proveedor que al banco, a la administración...), se tendría que analizar si efectivamente hay o no bienes personales como garantías ante préstamos o créditos, veríamos qué bienes tiene realmente y cuáles podrían ser afectados, cuáles tiene su pareja, etc.

Siento no poder ser de más ayuda, pero como le digo, esto no deja de ser un foro. Si le puedo ayudar en algo más...

Saludos y suerte.
12/09/2012 11:39
Veamos, esto no deja de ser un foro. Me ha dado información diseminada y con cuenta gotas y así no puedo darle más consejos que el de que acuda a un abogado con el implicado y antes de hacer nada pidan asesoramiento.
Al principio aludía a un préstamo avalado por un bien personal, luego parece que hay deudas con hacienda, no sabe si realmente le están diciendo la verdad...
Aquí hemos estado hablando todo el rato de la hipotética responsabilidad civil que pueda tener un administrador, y si esta es personal e ilimitada. Yo le digo que en una s.l. ésta opción es muy remota, casi imposible.
Ahora bien, existen otros ámbitos de responsabilidad en que pueden incurrir los administradores en el ejercicio de su cargo (la penal, vinculada a delitos societarios, la administrativa, la tributaria,la laboral etc.). Con esto le quiero decir que con los datos que maneja es imposible dar un diagnóstico, pueden haber por detrás agujeros que no veamos. Habría que ver en que estado se encuentra realmente la sociedad, hasta qué punto tiene acreedores y quiénes son (no es lo mismo deber a un proveedor que al banco, a la administración...), se tendría que analizar si efectivamente hay o no bienes personales como garantías ante préstamos o créditos, veríamos qué bienes tiene realmente y cuáles podrían ser afectados, cuáles tiene su pareja, etc.

Siento no poder ser de más ayuda, pero como le digo, esto no deja de ser un foro. Si le puedo ayudar en algo más...

Saludos y suerte.
12/09/2012 12:10
Haciendo uso de la imaginación pues además de escribir de forma poco clara, los datos se van dando que ni que fueran un tesoro, me pregunto no será que alexander09 lo que pretende preguntar es que si él pasa a ser propietario (o copropietario) del piso hipotecado si puede correr el riesgo de que las deudas le afecten a él personalmente o bien al piso del que él va a asumir como copropietario una parte de la hipoteca.
Es una reflexión después de leer toda una serie de datos inconexos, llego a la conclusión de que su novio quiere que el piso pase a ser de los 2 (también la hipoteca), que ella pague una parte.
Peor por otra parte, está el tema de que parece ser que con ese piso se avaló un préstamo personal (supongo que relacionado con la empresa). Yo creo que debe ir al registro de la propiedad y ver que cargas tiene ese piso.

Claro está además de todo lo dicho en los anteriores post respecto a la consulta al RM y ver el tipo de deudas de la empresa, a efectos de eventual responsabilidad del administrador, que tampoco me queda claro quien es.

Y menudo "tostó" acabo de soltar...que igual tampoco es lo que pregunta.
12/09/2012 12:32
Disculpar si no soy clara pero segun escribo me.surgen las dudas y puedo darles lugar a confusuon
1. Sl sin liquidar x tener deudas ss hacienda q no esta presentando cuentas ni declaraciones de iva ni nada no genera actividad..pueden ir a x los bienes del administrador unico? El dice q la gestoria present concurs pero como esro tiene un coste y no habia ningun diner en la empresa no teng claro q se tramitase...si no esta realizad en q perjudica? Y si esta presentaf es normal no tener noticias en 3 anos ?
2.lo del prestam avalad con el piso teng claro q pueden ir a x el
3. Saber de alguna forma si pueden ir a x el piso con hipoteca pues mi pareja quiere ponerme en el mismo pero si lueg se lo embargan.....
12/09/2012 17:36
1- no pueden responder sus bienes personales por las deudas que haya contraído la sociedad. Puede haber algún supuesto. Muy remoto, repito. Lo del concurso, no, no es normal.
2- ok
3- pide una nota simple en el Registro de la Propiedad. Comprueba las cargas de la finca, y si podéis (o puede) hacer frente a las mismas. Si no podéis y el propio piso está como garantía de las mismas se lo pueden embargar, estés incluida o no. Quizás tenga también anotaciones preventivas de demanda o de embargo, compruébalo también.

Te vuelvo a aconsejar que tras acudir a ambos registros vayas a un abogado con los papeles y le expongas la situación. Si no conoces a ninguno acude al colegio de abogados de tu ciudad, ellos te podrán ayudar.

Saludos.
12/09/2012 18:40
Muchas gracias de nuevo por la atencion y dedicacion prestada.
Hare caso ha sus indicaciones.he consyltad pir internet en web donde se registran las empresas en concurso y no parece estar...q supone o consecuencias tiene.si hace 3 anis no se presento y la empresa sigue abierta aunque sin actividad?
Las deudas de la ss y hacienda puede ser q no hallan generad un embarg aun y q lo hagan en el tiempo?O
19/09/2012 09:58
Buenos dias frakulin, he realizado consultas a un asesor y me indica que si el concurso no se presento a los 2 meses de conocer que la empresa no podia pagar a los acreedores, y ademas si lleva 4 años sin presentar las cuentas anuales aunque no tenga actividad, aunque todo esto se debe realizar..Son actuaciones que demuestran negligencia y el concurso se declararia culpable y van a ir a por los bienes del administrador si o si...
Estaria usted de acuerdo con esta opinion que me dan?? sobre todo si los maximos acreedores son hacienda y la ss ( hablo de unos cuantos miles d euros..No se 50-60.000 posiblemente). Como le decia el unico bien del administrador es un piso con hipoteca

muchas gracias
19/09/2012 10:55
Cuando un concurso es declarado culpable, como ya le comenté, es posible que si finalmente se liquida la sociedad quepa la condena de los administradores a pagar a los acreedores concursales.
El problema son esos acreedores, tanto hacienda como la ss son bastante implacables (tenga en cuenta que los embargos son una fuente de captación de recursos y tienen tiempo y dinero para ir hasta el final, no como un proveedor cualquiera, que por no meterse en procesos farragosos al final lo deja pasar y se conforma con lo que pueda).
Yo no le habría aseverado "si o si" que irán a por los bienes del administrador, pero es posible dadas las circunstancias que expone.
20/09/2012 12:41
El equipo de Fialex somos un grupo de profesionales, abogados y economistas, unidos por un objetivo común: solucionar la situación crítica de las empresas, empresarios individuales o autónomos, de la forma más ventajosa para poder continuar con su actividad.

Estamos especializados en asesoramiento Económico-Financiero, Derecho Mercantil, Derecho Civil, Derecho Concursal, con la finalidad de ofrecer la mejor solución para solventar la crisis financiera actual.





21/09/2012 11:08
Fialex es un despacho de abogados y economistas especializado en Derecho Mercantil, asesoramiento Económico –Financiero y Derecho Civil. Ofrecemos:
- Servicios legales a un precio justo.
- Atención inmediata y personalizada.
- Presupuesto de honorarios ajustados a sus necesidades.
- Información puntual y permanente del asunto.
- Experiencia contrastada por profesionales cualificados.
25/09/2012 15:41
Para seguir ampliand este tema un poco,cuand hacienda y ss mandan cartas certificadas y no se recogen q suponen? Estas ayudand a q sea culpable? Al no recogerlas esas cartss si exigen deudas seran las q se publiquen en los boletines oficiales?
Sobre el tema de las prescripciones entiend q a estos organismos no fallan? Y con cada carta empieza a.contar de nuevo no?
Y si finalmente te hacen una anotacion de embarg en un piso de propiedad particular al ir a por tus bienes? Son para siempre o los tienen q renovar? Puede hacerte este embarg tomand el organismo la decision de ir a x tus bienes personales o para eso tiene q declararlo un juez tras un concurs culpable?
25/09/2012 17:11
1- Sino recojes las cartas bueno no va a ser, no ayuda no. Al final se publicará en el Boletín respectivo y se dará por notificado al sujeto en cuestión.
2- Con el tema de las prescripciones fallan, más que una escopeta de feria. En Navarra por lo menos. Las cartas no obstante interrumpen la prescripción.
3- La anotación preventiva de embargo es eso, preventiva, para que posibles terceros que puedan adquirir el bien sean conscientes de que luego se lo pueden embargar. Es un mecanismo de publicidad, nada más.
4- La administración tiene la llamada "autotutela ejecutiva", es decir, que puede acometer actos sin acudir al auxilio judicial. Un particular nunca podrá embargar algo por si solo, la administración si, a través de su propio procedimiento ejecutivo, sin necesidad de acudir a uno judicial.
Deudas sl | PorticoLegal
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31/08/2012 15:51
Si se monta empresa.con un administrador unico y empieza a generar deudas,de ss,autonomo,haciends..pues tuvo unos impagados imporyantes...pueden ir a x tu piso con hipotrca alta?? No hay nominas ni dinero en cuenta.tambien hay un prestamo avalad x.el piso.una vez.echo el apunte en el piso desapatecen con el tiemp? Se renueva solo se x vida?las empresa no.funciona desde hace 3 anos pero ni esta cerrada ni presentad los trimestres ni ningun tipo de tramitr en este.tiempo.
10/09/2012 15:29
Por favor me pueden orientar.con estos temas.ademas q.se considera actuar de mala fe?
10/09/2012 18:54
A los administradores la ley les exige un deber de diligencia que implica observar una conducta responsable. De ahí que se deriven obligaciones como las relacionadas con el deber de procurar la disolución de la sociedad en ciertos casos, o de solicitar el concurso en caso de insolvencia actual o inminente... eso, y no presentar las cuentas, por ejemplo, y que esto acarree un daño conectado causalmente al hecho de no presentarlas pueden derivar en la imputación de las deudas de la sociedad al patrimonio personal de los administradores en beneficio de los acreedores.

Esos serían por ejemplo unos supuestos de los que ud llama "mala fe". No obstante los patrimonios personales del administrador y el social son diferentes y no se tienen porque ver afectados el uno de las deudas del otro. Ahora bien, si ud avala un préstamo concedido a la sociedad con un inmueble que tiene a su nombre, esta ofreciendo como garantía un bien personal suyo, con lo cual en caso de impago el banco acudirá contra el bien avalado, siéndole indiferente a quién pertenezca.

Espero haberme explicado...

Saludos.
10/09/2012 22:29
Muchas gracias x sus indicaciones,pero teng unas.dudas que si me pudiera aclarar la empresa debe iva y seg sociales de trabajafores en bastante cantidad pues tuvo una deuda grande de una emprrsa q no le pago y que x falta de.dinero no se reclamo judicialmente aunque existe un documemto de reconocimuent de esa deuda de 120.000 pero no creo q oaguen.si a partir de entonces la empresa sigue activa y no ha podid cerrarls por tener deudas(creo q con deudas no se puede) pero sin ninguna facturacion y sin presentar papeles ni cuentas de ningun tipo...es un caso en el que pueden ir a por sus bienes?.. Hay alguna forma de averiguarl seguro.

De todaa formas se puede saber por algun registro si la empresa esta en concurso? Pues no tiene clar si la.gestoria lo hizo.
11/09/2012 11:03
Para “cerrar” una sociedad, antes es preciso disolverla y liquidarla. Si las deudas societarias superan a los créditos y reservas de la misma, la vía es la liquidación concursal. Ese es el método legal y responsable, que te asegura derechos como el que dejen de correr los intereses, etc. El otro método es el de “cerrar la persiana”, que como abogado no recomiendo, pero que en ocasiones es la mejor opción (para el deudor, claro. Yo no he dicho nada…).
El representante del deudor (administrador de la sociedad) tiene el deber de solicitar el Concurso (art. 5 Ley Concursal, concurso voluntario), aunque también lo pueden solicitar los acreedores. El concurso se solicita ante el juez mercantil quien, en su caso, dictará un auto de declaración en concurso. A este auto se le da publicidad, e inmediatamente se anota en el Registro Mercantil, en la hoja abierta a la entidad. Si estáis en concurso lo sabríais. El reconocimiento de deuda no ayuda, ya que prueba que la sociedad conocía la situación y estaba al tanto de los impagados.
Aún y todo solo por el mero hecho de no declarar el concurso, dudo mucho que los acreedores puedan llegar a la esfera patrimonial personal del administrador, es muy difícil y sobretodo para ellos es costoso y lento, aunque no del todo imposible.

Salvo mejor criterio.

Saludos.
11/09/2012 12:50
Muchas gracias x las aclaraciones.si voy al registro metcantil y pregunto x la empresa me diran si esta en concurso??. Y si las dedudas son de ss y hacienda pueden quedarse entonces sin pagar.
Es que aparte de eso queria meterme en el piso de mi pareja pero no se que riesg corro.con este lio de deudas

Espero respuetas y gracias de nuevo
12/09/2012 09:37
A ver, pero es ud. el administrador? en tal caso, ¿cómo no va poder acceder a toda la información registral? Es más, no sé cómo puede desconocer si están o no en concurso...

En cualquier caso, toda persona puede acudir al Registro Mercantil (o por internet creo que también), y solicitar una nota informativa para saber si una empresa se encuentra en concurso. En el impreso de solicitud le van a exigir el motivo de la consulta. No hace falta acreditar que es acreedor ni administrador, pero tampoco ponga por "curiosidad" porque no se la darán.

Por el tema del piso, si la empresa tiene una forma jurídica de responsabilidad limitada a lo invertido en la misma, es muy difícil que su patrimonio personal se vea afectado, ya no le digo el de su pareja. Dice que el piso es de su pareja, a su pareja su piso no se lo van a tocar aunque viva ud allí.

Saludos.
12/09/2012 10:25
Muchas gracias de nuevo.yo no teng nada q ver con la empresa pero hay veces q duda de las gestionrs q hace el de la misma pues pienso q no me quiere preocypar y no se si me comenta la verdad y x eso queria.ir yo al registro x mi cuenta.
O sea q entonces no van a ir a x su patrimonio con li q le he.contad? se quedara todo sim pagar? El capital social era de 3000 eur.si me pongo en las escrituras no corro riesg de q nos quiten el piso? Discylpe mi insistencia e ignorancia pero es una decision importante y q no quier me perjydiqur
12/09/2012 11:39
Veamos, esto no deja de ser un foro. Me ha dado información diseminada y con cuenta gotas y así no puedo darle más consejos que el de que acuda a un abogado con el implicado y antes de hacer nada pidan asesoramiento.
Al principio aludía a un préstamo avalado por un bien personal, luego parece que hay deudas con hacienda, no sabe si realmente le están diciendo la verdad...
Aquí hemos estado hablando todo el rato de la hipotética responsabilidad civil que pueda tener un administrador, y si esta es personal e ilimitada. Yo le digo que en una s.l. ésta opción es muy remota, casi imposible.
Ahora bien, existen otros ámbitos de responsabilidad en que pueden incurrir los administradores en el ejercicio de su cargo (la penal, vinculada a delitos societarios, la administrativa, la tributaria,la laboral etc.). Con esto le quiero decir que con los datos que maneja es imposible dar un diagnóstico, pueden haber por detrás agujeros que no veamos. Habría que ver en que estado se encuentra realmente la sociedad, hasta qué punto tiene acreedores y quiénes son (no es lo mismo deber a un proveedor que al banco, a la administración...), se tendría que analizar si efectivamente hay o no bienes personales como garantías ante préstamos o créditos, veríamos qué bienes tiene realmente y cuáles podrían ser afectados, cuáles tiene su pareja, etc.

Siento no poder ser de más ayuda, pero como le digo, esto no deja de ser un foro. Si le puedo ayudar en algo más...

Saludos y suerte.
12/09/2012 11:39
Veamos, esto no deja de ser un foro. Me ha dado información diseminada y con cuenta gotas y así no puedo darle más consejos que el de que acuda a un abogado con el implicado y antes de hacer nada pidan asesoramiento.
Al principio aludía a un préstamo avalado por un bien personal, luego parece que hay deudas con hacienda, no sabe si realmente le están diciendo la verdad...
Aquí hemos estado hablando todo el rato de la hipotética responsabilidad civil que pueda tener un administrador, y si esta es personal e ilimitada. Yo le digo que en una s.l. ésta opción es muy remota, casi imposible.
Ahora bien, existen otros ámbitos de responsabilidad en que pueden incurrir los administradores en el ejercicio de su cargo (la penal, vinculada a delitos societarios, la administrativa, la tributaria,la laboral etc.). Con esto le quiero decir que con los datos que maneja es imposible dar un diagnóstico, pueden haber por detrás agujeros que no veamos. Habría que ver en que estado se encuentra realmente la sociedad, hasta qué punto tiene acreedores y quiénes son (no es lo mismo deber a un proveedor que al banco, a la administración...), se tendría que analizar si efectivamente hay o no bienes personales como garantías ante préstamos o créditos, veríamos qué bienes tiene realmente y cuáles podrían ser afectados, cuáles tiene su pareja, etc.

Siento no poder ser de más ayuda, pero como le digo, esto no deja de ser un foro. Si le puedo ayudar en algo más...

Saludos y suerte.
12/09/2012 12:10
Haciendo uso de la imaginación pues además de escribir de forma poco clara, los datos se van dando que ni que fueran un tesoro, me pregunto no será que alexander09 lo que pretende preguntar es que si él pasa a ser propietario (o copropietario) del piso hipotecado si puede correr el riesgo de que las deudas le afecten a él personalmente o bien al piso del que él va a asumir como copropietario una parte de la hipoteca.
Es una reflexión después de leer toda una serie de datos inconexos, llego a la conclusión de que su novio quiere que el piso pase a ser de los 2 (también la hipoteca), que ella pague una parte.
Peor por otra parte, está el tema de que parece ser que con ese piso se avaló un préstamo personal (supongo que relacionado con la empresa). Yo creo que debe ir al registro de la propiedad y ver que cargas tiene ese piso.

Claro está además de todo lo dicho en los anteriores post respecto a la consulta al RM y ver el tipo de deudas de la empresa, a efectos de eventual responsabilidad del administrador, que tampoco me queda claro quien es.

Y menudo "tostó" acabo de soltar...que igual tampoco es lo que pregunta.
12/09/2012 12:32
Disculpar si no soy clara pero segun escribo me.surgen las dudas y puedo darles lugar a confusuon
1. Sl sin liquidar x tener deudas ss hacienda q no esta presentando cuentas ni declaraciones de iva ni nada no genera actividad..pueden ir a x los bienes del administrador unico? El dice q la gestoria present concurs pero como esro tiene un coste y no habia ningun diner en la empresa no teng claro q se tramitase...si no esta realizad en q perjudica? Y si esta presentaf es normal no tener noticias en 3 anos ?
2.lo del prestam avalad con el piso teng claro q pueden ir a x el
3. Saber de alguna forma si pueden ir a x el piso con hipoteca pues mi pareja quiere ponerme en el mismo pero si lueg se lo embargan.....
12/09/2012 17:36
1- no pueden responder sus bienes personales por las deudas que haya contraído la sociedad. Puede haber algún supuesto. Muy remoto, repito. Lo del concurso, no, no es normal.
2- ok
3- pide una nota simple en el Registro de la Propiedad. Comprueba las cargas de la finca, y si podéis (o puede) hacer frente a las mismas. Si no podéis y el propio piso está como garantía de las mismas se lo pueden embargar, estés incluida o no. Quizás tenga también anotaciones preventivas de demanda o de embargo, compruébalo también.

Te vuelvo a aconsejar que tras acudir a ambos registros vayas a un abogado con los papeles y le expongas la situación. Si no conoces a ninguno acude al colegio de abogados de tu ciudad, ellos te podrán ayudar.

Saludos.
12/09/2012 18:40
Muchas gracias de nuevo por la atencion y dedicacion prestada.
Hare caso ha sus indicaciones.he consyltad pir internet en web donde se registran las empresas en concurso y no parece estar...q supone o consecuencias tiene.si hace 3 anis no se presento y la empresa sigue abierta aunque sin actividad?
Las deudas de la ss y hacienda puede ser q no hallan generad un embarg aun y q lo hagan en el tiempo?O
19/09/2012 09:58
Buenos dias frakulin, he realizado consultas a un asesor y me indica que si el concurso no se presento a los 2 meses de conocer que la empresa no podia pagar a los acreedores, y ademas si lleva 4 años sin presentar las cuentas anuales aunque no tenga actividad, aunque todo esto se debe realizar..Son actuaciones que demuestran negligencia y el concurso se declararia culpable y van a ir a por los bienes del administrador si o si...
Estaria usted de acuerdo con esta opinion que me dan?? sobre todo si los maximos acreedores son hacienda y la ss ( hablo de unos cuantos miles d euros..No se 50-60.000 posiblemente). Como le decia el unico bien del administrador es un piso con hipoteca

muchas gracias
19/09/2012 10:55
Cuando un concurso es declarado culpable, como ya le comenté, es posible que si finalmente se liquida la sociedad quepa la condena de los administradores a pagar a los acreedores concursales.
El problema son esos acreedores, tanto hacienda como la ss son bastante implacables (tenga en cuenta que los embargos son una fuente de captación de recursos y tienen tiempo y dinero para ir hasta el final, no como un proveedor cualquiera, que por no meterse en procesos farragosos al final lo deja pasar y se conforma con lo que pueda).
Yo no le habría aseverado "si o si" que irán a por los bienes del administrador, pero es posible dadas las circunstancias que expone.
20/09/2012 12:41
El equipo de Fialex somos un grupo de profesionales, abogados y economistas, unidos por un objetivo común: solucionar la situación crítica de las empresas, empresarios individuales o autónomos, de la forma más ventajosa para poder continuar con su actividad.

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21/09/2012 11:08
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- Atención inmediata y personalizada.
- Presupuesto de honorarios ajustados a sus necesidades.
- Información puntual y permanente del asunto.
- Experiencia contrastada por profesionales cualificados.
25/09/2012 15:41
Para seguir ampliand este tema un poco,cuand hacienda y ss mandan cartas certificadas y no se recogen q suponen? Estas ayudand a q sea culpable? Al no recogerlas esas cartss si exigen deudas seran las q se publiquen en los boletines oficiales?
Sobre el tema de las prescripciones entiend q a estos organismos no fallan? Y con cada carta empieza a.contar de nuevo no?
Y si finalmente te hacen una anotacion de embarg en un piso de propiedad particular al ir a por tus bienes? Son para siempre o los tienen q renovar? Puede hacerte este embarg tomand el organismo la decision de ir a x tus bienes personales o para eso tiene q declararlo un juez tras un concurs culpable?
25/09/2012 17:11
1- Sino recojes las cartas bueno no va a ser, no ayuda no. Al final se publicará en el Boletín respectivo y se dará por notificado al sujeto en cuestión.
2- Con el tema de las prescripciones fallan, más que una escopeta de feria. En Navarra por lo menos. Las cartas no obstante interrumpen la prescripción.
3- La anotación preventiva de embargo es eso, preventiva, para que posibles terceros que puedan adquirir el bien sean conscientes de que luego se lo pueden embargar. Es un mecanismo de publicidad, nada más.
4- La administración tiene la llamada "autotutela ejecutiva", es decir, que puede acometer actos sin acudir al auxilio judicial. Un particular nunca podrá embargar algo por si solo, la administración si, a través de su propio procedimiento ejecutivo, sin necesidad de acudir a uno judicial.