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deudas sociales, cooperativas

3 Comentarios
 
Deudas sociales, cooperativas
18/03/2004 14:31
Pertenezco a una sociedad cooperativa de trabajo asociado, en mi actividad de venta de productos con terceros ajenos a la sociedad se han generado unas deudas por falta de pago. Estas deudas se han generado a lo largo de los años. ¿Respondo yo ante la sociedad de esas deudas? ¿Me pueden represaliar con falta de pago de las nóminas (anticipos) como hacen desde hace 6 meses? La cooperativa tiene más deudas, no sólo las mía. Creo que pretenden echarme (quedarían dos socios), venden el local y maquinaria y tan felices.
¿Qué puedo hacer?
22/03/2004 09:06
mamma mía!! ante todo busca un buen abogado!!! varias cosas para situarte: la actividad es correcta. note hagas un lio ya que las cooperativas de trabajo asociado siempre trabajan vendiendo bienes o servicios al mercado y eso es distinto de lo de "terceros" que tu hablas. lo segundo: las deudas que se han generado en realidad deberías intentar averiguar si son deudas o son pérdidas. más o menos para que me entiendas, si de lo que se trata es de que las cosas propias a las que os dedicáis han ido mal, se han generado unas perdidas de las que tú obviamente como socio respondes por la parte proporcional que te corresponda. aun así, deberías mirar si tu ley (no se que ley se te aplica) o tus estatutos establecen un límite a la imputación de las mismas. por otra parte, si son generadas por otras cuestiones, estaríamos ante resultados extraordinarios de los que en principio tu no respondes. como ves es una cuestión contable algo rebuscada que necesita de un especialista en contabilidad cooperativa.por otra parte en principio no deberían retenerte de la nómina, al menos no sin haber seguido un determinado procedimiento, como por ej. decidirlo en asamblea general. podrías entablar una reclamación por salarios ante lo social, aunque lo probable es que posteriormente la cooperativa fuera por lo civil a por tí para reclamarte las perdidas, pero iria eso por delante. si crees que pretenden echarte, y tal y como está la cosa, insisto, busca un abogado que controle el tema contable y negocie bien tu salida. y no te creas que quedarían tan felices con las ventas del local y la maquinaria ya que eso, si lo hacen bien, no se lo repartirían. saludos
22/03/2004 09:32
Gracias Alba.
Te especifico un poco más. La deuda que me exigen es desde hace 19 años, desde que empecé en la cooperativa (Ley Soc. Coop. Extremadura). Yo vendo el producto de la cooperativa, los clientes me pagan por la entrega, unas veces me dejan a deber, algunos clientes tienen una deuda considerable conmigo, y yo, claro, con la Sociedad. Mis preguntas son las siguientes:
Me piden una relación de los deudores, y las cantidades adeudas. Si se las doy ¿sería como reconocer la deuda?
¿No les corresponde a ellos, detallarmela por años, meses y días?
¿Por qué no me la han pedido por años y en el ejercicio económico correspondiente?
¿Cuándo prescriben?
Ellos han pedido un préstamo personal y lo han incorporado a la Cooperativa, ahora me imponen como obligación que yo pida un préstamo y lo incorpore. Así me pagarían mis nóminas y despúes el importe de ese préstamo lo pagaría la Coop. El banco se niega a dárselo a la Soc. ¿No deberían haberlo acordado a través de los órganos sociales?
23/03/2004 09:27
hola! qué berengenal!!. la premisa mayor se me cae y con ella todo. si eres una cooperativa de trabajo, los clientes NO TE DEBEN A TÍ, deben a la cooperativa. la cooperativa a tí te ha de pagar unos anticipos societarios (=salario) por tu trabajo (no por las ventas) y a final de cada ejercicio, "cuadrar" lo que a tí se te ha anticipado con el resultado de la sociedad. Si has recibido un anticipo mayor de lo que se te podía pagar, TU devuelves a la cooperativa (esa es tu asunción de la perdida del ejercicio que te corresponde) si han habido excedentes es por que "te anticiparon" de menos y al cierre (o mejor en la aprobación de cuentas) te "retornan" (Beneficio en otras sociedades) lo que no te dieron. Los clientes a tí no te dejan a deber, le dejan a deber a la cooperativa. en cuanto a lo que dices de la deuda es cierto: son ellos los que deberían saber qué deudores hay y por qué cantidades, ya que la contabilidad es la de la cooperativa. TU NO ERES UN AUTONOMO. En cuanto al préstamo para pagarte, no me gusta nada. No te puedo contestar más a las otras preguntas ya que no dispongo de tu ley ahora mismo, y en cuanto a la prescripción
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Deudas sociales, cooperativas
18/03/2004 14:31
Pertenezco a una sociedad cooperativa de trabajo asociado, en mi actividad de venta de productos con terceros ajenos a la sociedad se han generado unas deudas por falta de pago. Estas deudas se han generado a lo largo de los años. ¿Respondo yo ante la sociedad de esas deudas? ¿Me pueden represaliar con falta de pago de las nóminas (anticipos) como hacen desde hace 6 meses? La cooperativa tiene más deudas, no sólo las mía. Creo que pretenden echarme (quedarían dos socios), venden el local y maquinaria y tan felices.
¿Qué puedo hacer?
22/03/2004 09:06
mamma mía!! ante todo busca un buen abogado!!! varias cosas para situarte: la actividad es correcta. note hagas un lio ya que las cooperativas de trabajo asociado siempre trabajan vendiendo bienes o servicios al mercado y eso es distinto de lo de "terceros" que tu hablas. lo segundo: las deudas que se han generado en realidad deberías intentar averiguar si son deudas o son pérdidas. más o menos para que me entiendas, si de lo que se trata es de que las cosas propias a las que os dedicáis han ido mal, se han generado unas perdidas de las que tú obviamente como socio respondes por la parte proporcional que te corresponda. aun así, deberías mirar si tu ley (no se que ley se te aplica) o tus estatutos establecen un límite a la imputación de las mismas. por otra parte, si son generadas por otras cuestiones, estaríamos ante resultados extraordinarios de los que en principio tu no respondes. como ves es una cuestión contable algo rebuscada que necesita de un especialista en contabilidad cooperativa.por otra parte en principio no deberían retenerte de la nómina, al menos no sin haber seguido un determinado procedimiento, como por ej. decidirlo en asamblea general. podrías entablar una reclamación por salarios ante lo social, aunque lo probable es que posteriormente la cooperativa fuera por lo civil a por tí para reclamarte las perdidas, pero iria eso por delante. si crees que pretenden echarte, y tal y como está la cosa, insisto, busca un abogado que controle el tema contable y negocie bien tu salida. y no te creas que quedarían tan felices con las ventas del local y la maquinaria ya que eso, si lo hacen bien, no se lo repartirían. saludos
22/03/2004 09:32
Gracias Alba.
Te especifico un poco más. La deuda que me exigen es desde hace 19 años, desde que empecé en la cooperativa (Ley Soc. Coop. Extremadura). Yo vendo el producto de la cooperativa, los clientes me pagan por la entrega, unas veces me dejan a deber, algunos clientes tienen una deuda considerable conmigo, y yo, claro, con la Sociedad. Mis preguntas son las siguientes:
Me piden una relación de los deudores, y las cantidades adeudas. Si se las doy ¿sería como reconocer la deuda?
¿No les corresponde a ellos, detallarmela por años, meses y días?
¿Por qué no me la han pedido por años y en el ejercicio económico correspondiente?
¿Cuándo prescriben?
Ellos han pedido un préstamo personal y lo han incorporado a la Cooperativa, ahora me imponen como obligación que yo pida un préstamo y lo incorpore. Así me pagarían mis nóminas y despúes el importe de ese préstamo lo pagaría la Coop. El banco se niega a dárselo a la Soc. ¿No deberían haberlo acordado a través de los órganos sociales?
23/03/2004 09:27
hola! qué berengenal!!. la premisa mayor se me cae y con ella todo. si eres una cooperativa de trabajo, los clientes NO TE DEBEN A TÍ, deben a la cooperativa. la cooperativa a tí te ha de pagar unos anticipos societarios (=salario) por tu trabajo (no por las ventas) y a final de cada ejercicio, "cuadrar" lo que a tí se te ha anticipado con el resultado de la sociedad. Si has recibido un anticipo mayor de lo que se te podía pagar, TU devuelves a la cooperativa (esa es tu asunción de la perdida del ejercicio que te corresponde) si han habido excedentes es por que "te anticiparon" de menos y al cierre (o mejor en la aprobación de cuentas) te "retornan" (Beneficio en otras sociedades) lo que no te dieron. Los clientes a tí no te dejan a deber, le dejan a deber a la cooperativa. en cuanto a lo que dices de la deuda es cierto: son ellos los que deberían saber qué deudores hay y por qué cantidades, ya que la contabilidad es la de la cooperativa. TU NO ERES UN AUTONOMO. En cuanto al préstamo para pagarte, no me gusta nada. No te puedo contestar más a las otras preguntas ya que no dispongo de tu ley ahora mismo, y en cuanto a la prescripción