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Devolución de horas por enfermedad

2 Comentarios
 
Devolución de horas por enfermedad
01/09/2022 17:08
Buenas tardes, trabajo en un balneario y no nos dan el convenio,por lo que vamos bastante perdidas en el tema. Si un día vas a trabajar, en tu jornada te pones enferma, y aún así cumples la mitad de tu jornada, te vas al médico, presentas tu justificante y aún así te dicen que debes las horas. Que sólo te pertenece el rato del médico. Eso es así?
¿Si tienes hijos menores te pertenece la horas para llevarlo al médico o las tienes que recuperar? Gracias
01/09/2022 17:45
misma
SI no es accidente de trabajo sino que es enfermedad comun, los servicios medicos, tienen horarios de mañana y tarde para que puedas elegir el momento en el que ir a consulta que no interfiera con tu horario laboral, por lo que si eliges horario laboral, tendras que recuperar ese tiempo de ausencia o te lo descontaran.
Si estas trabajando y te pones mala por que por ejemplo te entra dolor de cabeza, o descomposición , ... y dice ... me voy al medico, tienes que recuperarlo o te lo descontaran.

Para llevar al hijo al medico tienes el tiempo imprescindible para llevarlo, no se recupera y es remunerado.
01/09/2022 18:56
icame
Buenas,
Sr. Icame, no se de que comunidad es usted pero en la mía el medico, si bien puedes elegirlo, una vez elegido tiene un horario (mañana o tarde) y por tanto si tengo cita coincidiendo con la jornada laboral claro que es un permiso retribuido. Depende de los convenios los términos, en el mío creo que tenemos hasta un total de 40 horas al año para estas consultas.

Si estando trabajando me falla la salud y ya se ha cumplido la mitad de la jornada o mas, llevamos un justificante de haber asistido a medico y tenemos el día completo retribuido. También por convenio.
Y en cuanto a los hijos o mayores dependientes efectivamente el permiso es retribuido pero hasta el numero de horas totales que antes mencionaba, es decir, 40.

A lo que voy es que todo depende del convenio aplicable y en este caso "misma" nos esta diciendo que no se lo dan o no sabe cual es por lo que decirle cualquier cosa es un poco aventurarse a lo desconocido.

Yo le recomiendo que intente reclamar el convenio como sea, en el contrato figura el convenio aplicable, si es provincial o estatal podrá buscarlo. Si la empresa tiene un convenio propio tienen que dárselo por las buenas o por las malas.
Una vez lo tenga y pueda leerlo podrá saber sus derechos y deberes, para todo lo demás estatuto de los trabajadores que es la ley.