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DEVOLUCIóN de la BONIFICACIóN para realización de CURSOS FORMATIVOS

4 Comentarios
 
Devolución de la bonificación para realización de cursos formativos
16/04/2015 13:00
Hola compañeros:

Me ha surgido un problema personal en mi despacho y al tratarse de una materia distinta a la que suelo llevar necesito que me orienteis un poco.

Hace 4 años contrate una empresa para que impartiera a una trabajadora curso de formacion en materia de proteccion de datos quienes me informaron en todo momento de que el curso era bonificable atraves de la reduccion de cuotas a pagar en los seguros sociales.

Hace unos meses me llego carta de la subdireccion general de politicas activas de empleo pidiendome la devolucion de dicha bonificacion por entender que el tutor de dicho curso no estaba suficientemente cualificado (incidencia sp026).

La empresa que nos hizo el curso nos facilito escrito de alegaciones con documentacion acreditativa de dicha formacion pero de igual forma han vuelto a resolver en contra.

Deberia plantear demanda contencioso administrativa frente a dicho organismo o el sepe o seguridad social, o un declarativo por resp. civil frente a la empresa. O seria posible demandarlos a los dos por lo contencioso-adm. siendo la empresa resp. civil subsidiaria?.

Si conoceis sentencias sobre la viabilidad de estos casos os agradeceria me las remitierais. gracias de antemano
24/04/2015 11:10
lo subo
28/04/2015 18:14
Alguien que me pueda ayudar?
24/01/2017 20:29
letrado81
Hola Letrado81.
Soy abogado y me ha pasado exactamente lo mismo que a ti. Estoy totalmente perdido y, por lo que estoy viendo, se trata de un fraude más de los cursos de formación, apoyado, paradójicamente, por el organismo que se creó para evitarlos: La Fundación Tripartita (sindicatos, empresarios y gobierno estatal). La empresa cobró del estado por el curso, la Fundación lo califica de mal impartido y por tanto no bonificable y terminas tú pagando el curso porque tienes que devolverle a la Seguridad Social lo que pagó por él deduciéndotelo de tus cotizaciones.
Hay un gran vacío legal del que se aprovechan, junco con la escasa cuantía que reclaman (420 €). Carecemos de trámites legales para combatirlo y me estoy planteando ponerlo en conocimiento de la fiscalía.
Si has encontrado algo más sobre el tema me gustaría que lo compartieras.
Yo iré informando según trascurra el asunto.
24/10/2018 00:38
Papa4
Hola,

estimado compañero, me ha llegado hoy una carta donde se me reclaman los famosos 420 euros correspondientes a la bonificación practicada por los mismos motivos que argumentáis al principio del hilo.
Me llegó por correo normal, no por correo certificado, los logotipos de la Administración están borrosos, la dirección no coincide con la que aparece en internet de Subdirección General de Política de Empleo.
Me aparece que ingrese en un número de cuenta que me facilitan en la carta, cuando nunca lo he visto así con anterioridad, siempre es con carta de pago en entidad bancaria colaboradora.
Asimismo el número de contacto es un 902, y me dan un plazo de 10 días hábiles para presentar alegaciones.

Sinceramente, todo esto me hace dudar de la veracidad del documento y me planteo el poder hallarme ante alguna clase de estafa.
¿En qué quedó vuestro caso?
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Devolución de la bonificación para realización de cursos formativos
16/04/2015 13:00
Hola compañeros:

Me ha surgido un problema personal en mi despacho y al tratarse de una materia distinta a la que suelo llevar necesito que me orienteis un poco.

Hace 4 años contrate una empresa para que impartiera a una trabajadora curso de formacion en materia de proteccion de datos quienes me informaron en todo momento de que el curso era bonificable atraves de la reduccion de cuotas a pagar en los seguros sociales.

Hace unos meses me llego carta de la subdireccion general de politicas activas de empleo pidiendome la devolucion de dicha bonificacion por entender que el tutor de dicho curso no estaba suficientemente cualificado (incidencia sp026).

La empresa que nos hizo el curso nos facilito escrito de alegaciones con documentacion acreditativa de dicha formacion pero de igual forma han vuelto a resolver en contra.

Deberia plantear demanda contencioso administrativa frente a dicho organismo o el sepe o seguridad social, o un declarativo por resp. civil frente a la empresa. O seria posible demandarlos a los dos por lo contencioso-adm. siendo la empresa resp. civil subsidiaria?.

Si conoceis sentencias sobre la viabilidad de estos casos os agradeceria me las remitierais. gracias de antemano
24/04/2015 11:10
lo subo
28/04/2015 18:14
Alguien que me pueda ayudar?
24/01/2017 20:29
letrado81
Hola Letrado81.
Soy abogado y me ha pasado exactamente lo mismo que a ti. Estoy totalmente perdido y, por lo que estoy viendo, se trata de un fraude más de los cursos de formación, apoyado, paradójicamente, por el organismo que se creó para evitarlos: La Fundación Tripartita (sindicatos, empresarios y gobierno estatal). La empresa cobró del estado por el curso, la Fundación lo califica de mal impartido y por tanto no bonificable y terminas tú pagando el curso porque tienes que devolverle a la Seguridad Social lo que pagó por él deduciéndotelo de tus cotizaciones.
Hay un gran vacío legal del que se aprovechan, junco con la escasa cuantía que reclaman (420 €). Carecemos de trámites legales para combatirlo y me estoy planteando ponerlo en conocimiento de la fiscalía.
Si has encontrado algo más sobre el tema me gustaría que lo compartieras.
Yo iré informando según trascurra el asunto.
24/10/2018 00:38
Papa4
Hola,

estimado compañero, me ha llegado hoy una carta donde se me reclaman los famosos 420 euros correspondientes a la bonificación practicada por los mismos motivos que argumentáis al principio del hilo.
Me llegó por correo normal, no por correo certificado, los logotipos de la Administración están borrosos, la dirección no coincide con la que aparece en internet de Subdirección General de Política de Empleo.
Me aparece que ingrese en un número de cuenta que me facilitan en la carta, cuando nunca lo he visto así con anterioridad, siempre es con carta de pago en entidad bancaria colaboradora.
Asimismo el número de contacto es un 902, y me dan un plazo de 10 días hábiles para presentar alegaciones.

Sinceramente, todo esto me hace dudar de la veracidad del documento y me planteo el poder hallarme ante alguna clase de estafa.
¿En qué quedó vuestro caso?