Kormako, creo que la deuda de tu mujer, si se trata de una relación LABORAL, es un año de tiempo para reclamarla. Lo de los 15 años, es en deudas con contrato por cantidad, que prescriben a los 15 años. Saludos
Hola a todos.Expongo mi caso,o mejor dicho,el de mi mujer. Ella trabaja de comercial y tiene una parte de sueldo fijo y otra variable dependiendo de la facturación.En mayo de 2009 realizo un trabajo muy costoso tanto a nivel de elaboración,como monetario para el cliente.El cliente no pagó el trabajo por cerrar la empresa y declararse insolvente.Ahora hace dos dias(3/11/2010),el jefe le ha dicho a mi mujer que debe devolver la cantidad correspondiente a la comision de ese trabajo por no haberlo cobrado(1200 euros).Eso es legal??? Despues de más de un año puede hacer eso??? Gracias por adelantado.