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dias de vacaciones

2 Comentarios
 
Dias de vacaciones
15/09/2003 18:33
Hola!

Los fines de semana y festivos trabajo en una empresa de limpieza en la que llevo año y medio con un contrato de 36 horas mensuales, aunque normalmente siempre hago mas. Mi duda es que no se exactamente cuantos dias me corresponden de vacaciones.

Alguien puede orientarme?

Gracias
15/09/2003 21:51
Hola Nina: La Directiva 97/81/CE (de la Comunidad Europea) recoge ensu cláusula 1.a) el objetivo de garantizar la supresión de las discriminaciones contra los trabajadores a tiempo parcial y mejorar la calidad del trabajo de este colectivo. La cláusula 4 recoge el principio de "no discriminación" en el sentido de tener el mismo derecho que los trabajadores "a tiempo completo" comparables.

Esta Directiva fué incoporada a nuestro Ordenamiento Laboral según queda establecido en el artículo 12.4.d) del E.T., reconociendoles el mismo derecho (que los de tiempo completo) en las disposiciones legales y en las normas sectoriales (convenios colectivos), de manera proporcional al tiempo trabajado. Es decir, reducidas en la misma proporción que está reducido el contrato.

En definitiva y en otras palabras, tu tienes el derecho a TREINTA días de vacaciones como todo el mundo. Eso sí, la retribución será la misma que un mes en que hayas trabajado.

Espero haberte aclarado. Un saludo.
16/09/2003 09:27
Totalmente aclarado.

Muchas gracias.
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Dias de vacaciones
15/09/2003 18:33
Hola!

Los fines de semana y festivos trabajo en una empresa de limpieza en la que llevo año y medio con un contrato de 36 horas mensuales, aunque normalmente siempre hago mas. Mi duda es que no se exactamente cuantos dias me corresponden de vacaciones.

Alguien puede orientarme?

Gracias
15/09/2003 21:51
Hola Nina: La Directiva 97/81/CE (de la Comunidad Europea) recoge ensu cláusula 1.a) el objetivo de garantizar la supresión de las discriminaciones contra los trabajadores a tiempo parcial y mejorar la calidad del trabajo de este colectivo. La cláusula 4 recoge el principio de "no discriminación" en el sentido de tener el mismo derecho que los trabajadores "a tiempo completo" comparables.

Esta Directiva fué incoporada a nuestro Ordenamiento Laboral según queda establecido en el artículo 12.4.d) del E.T., reconociendoles el mismo derecho (que los de tiempo completo) en las disposiciones legales y en las normas sectoriales (convenios colectivos), de manera proporcional al tiempo trabajado. Es decir, reducidas en la misma proporción que está reducido el contrato.

En definitiva y en otras palabras, tu tienes el derecho a TREINTA días de vacaciones como todo el mundo. Eso sí, la retribución será la misma que un mes en que hayas trabajado.

Espero haberte aclarado. Un saludo.
16/09/2003 09:27
Totalmente aclarado.

Muchas gracias.