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Dias festivos

3 Comentarios
 
Dias festivos
06/10/2004 13:59
¿Es obligatorio coger como día festivo el día 12 de octubre? Por ejemplo, este año cae en martes.
¿Están obligadas las empresas a dar como día festivo ese día o existe la opción de cambiar esta fecha por otra?

He estado leyendo el artículo 37 y no lo tengo nada claro. Además me he enterado que en algunas empresas no trabajan ese día. ¿Es esto así?

Gracias de antemano.

Artículo 37. Descanso semanal, fiestas y permisos.

...
2. Las fiestas laborales, que tendrán carácter retribuido y no recuperable, no podrán exceder de catorce al año, de las cuales dos serán locales. En CUALQUIER CASO SE RESPETARAN como fiestas de ámbito nacional las de la Natividad del Señor, Año Nuevo, 1 de mayo, como Fiesta del Trabajo, y 12 de octubre, como Fiesta Nacional de España.

RESPETANDO las expresadas en el párrafo anterior, el Gobierno podrá trasladar a los lunes todas las fiestas de ámbito nacional que tengan lugar entre semana, siendo, en todo caso, objeto de traslado al lunes inmediatamente posterior el descanso laboral correspondiente a las fiestas que coincidan con domingo.

06/10/2004 14:32
Pues eso..."RESPETANDO las expresadas en el párrafo anterior..."
Es decir, el Gobierno podrá traspasar a lunes algunas fiestas de ámbito nacional (y el gobierno autonómico las de su respectivo ámbito) pero sin tocar esas del párrafo anterior. Vaya, que Año Nuevo no puede trasladarse al 2 de Enero!!, ni moverse de sitio la Navidad, la Fiesta del Trabajo ni LA PILARICA!!.
Eso no quiere decir que todos deben hacer fiesta. Está claro que incluso en Navidad hay quien trabaja. Hay horarios o jornadas especiales para algunos trabajadores, pero, te toque trabajar o no, la Pilarica es fiesta!.
06/10/2004 22:02
Gracias por tu aportación.

Pero aún me queda una duda.
¿No es contradictorio lo que da a entender el Estatuto de los trabajadores en dicho artículo y lo que dice el Real decreto 2001/1983 en su artículo 45, que según me han dicho, sigue vigente?

En dicho real decreto da a entender que cualquiera de las siguientes fiestas (12 de octubre, 6 diciembre, 1 enero, 1 mayo, 25 diciembre, 15 de agosto, 1 noviembre, 8 de diciembre, Viernes Santo, Jueves Santo, 6 enero y 19 marzo o 25 de julio), si coincide con domingo, el descanso correspondiente a la misma se disfrutará el lunes inmediatamente posterior.

¿Cómo lo veis?
07/10/2004 18:49
pues yo creo que no hay contradicción
Una cosa son las fiestas que tal RD considera de carácter nacional y no sustituible por las Comunidades Autónomas (la de los apartados a), b) y c)) y aquellas respecto a las que las CCAA puedn optar entre celebrar en su territorio o bien sustituirlas por otras que, por tradición, les sean propias (las del apartado d) ) y otra cosa distinta es la facultad de las CCAA de sustituir el descanso del lunes de las fisetas nacionales que coinciden en domingo por la incorporación de otra fiesta que le sea propia.

Es decir, una CCAA no puede conseguir que, por ej. el dia de Navidad sea hábil. Puede ocurrir que Navidad caiga en dia distinto al domingo: ES INTOCABLE!!
pero puede ocurrir que Navidad caiga en domingo y se traslade, a nivel nacional al lunes. Pues bien, lo que la CCAA sí puede hacer es que ese lunes siga siendo hábil y a cambio introduzca otra festividad propia de su territorio (pero Navidad, segur´ña siendo festivo, ya que es domingo)

No sé si me he explicado.

Por último, el art. 37.2 del ET, en su último párrafo faculta a las CCAA que no pudieran establecer una de ssu fiestas tradicionales por no coincidir en domingo un sificiente número de iestas nacionales a añadir en el año que así ocurra una fiesta más, con carácter recuperable, hasta el máximo de 14.

Un saludo

, Albertxo. Al menos en la práctica.
A ver, ya sabemos que hay festivos que coinciden en domingo, lo que ocurre es que hay años que esa coincidencia se da más que en otros. Al final, para que las festividades oficiales que realmente "se noten" (es decir, que no coincidan en domingo, que al fin y al cabo es festivo también) sean las mismas cada año, existe esa posibilidad