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dias habiles en proceso penal

4 Comentarios
 
Dias habiles en proceso penal
13/09/2005 17:28
He leido un anterior post sobre los plazos procesales y los dias habiles o inhabiles en el proceso penal durante la instruccion y ntonces me ha surgido la siguiente duda:

el art 784 de la Lecri establece el plazo común de 10 días para presentar escrito de defensa

¿en este plazo de 10 días se inluyen tambien los sabados y domingos??

Por ejemplo si dan traslado un martes el plazo terminaria el viernes de la semana siguiente???

muchas gracias
15/09/2005 09:50
En su calidad de diligencias urgentes, todos los días y horas son hábiles para la práctica de las actuaciones procesales, instructoras o no, que realice el Juzgado de Instrucción dentro del servicio de guardia.

Segunda.- Salvo habilitación reglamentaria del Consejo General del Poder Judicial (arts. 182.1 y 183) o especial del Juez o Tribunal (art. 184.2 LOPJ), las diligencias no instructoras que practique el Juzgado de Instrucción una vez concluido el servicio de guardia (vid. art. 801.2, 4, 5 y 6 LECrim) y todas las que correspondan a otros órganos jurisdiccionales habrán de realizarse necesariamente en día y hora de los conceptuados o calificados como hábiles.

Quiere esto decir, por ejemplo, que los Juzgados de lo Penal no podrán celebrar juicios rápidos en sábado o día festivo (los señalamientos se realizarán de lunes a viernes, según el art. 47.2 Reglamento 5/95) o durante el mes de agosto –salvo que, en lo que se refiere a este último, medie una habilitación reglamentaria del Consejo General del Poder Judicial (vid. art. 59 ter Reglamento 5/95), ni los Juzgados de Instrucción requerir la calificación del superior jerárquico del Fiscal guardia en día inhábil.

Saludos

15/09/2005 14:40

Para presentación de escritos, y desde la entrada en vigor de la nueva LOPJ, no son hábiles, ni sábados, domingos, 24 de diciembre 3l de diciembre ni el mes de Agosto.

Saludos,
15/09/2005 17:38
gracias por vuestras respuestas, son útiles y me resuelven las dudas que me surgen
20/09/2005 22:04
Ojo ¡¡ Para formular ESCRITO DE DEFENSA SÁBADOS, DOMINGOS y todo AGOSTO son inhábiles. Por tanto, un traslado para presentar escrito de defensa a finales de julio, puede vencer en septiembre.
La razón es que la fase instrucción finaliza con el auto de transformación en procedimiento abreviado, iniciando la "fase intermedia"; pero que en ningún caso es ya fase instructora.

Si alguien no está de acuerdo con esta opinión, ruego que me exponga el motivo.
dias habiles en proceso penal | PorticoLegal
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4 Comentarios
 
Dias habiles en proceso penal
13/09/2005 17:28
He leido un anterior post sobre los plazos procesales y los dias habiles o inhabiles en el proceso penal durante la instruccion y ntonces me ha surgido la siguiente duda:

el art 784 de la Lecri establece el plazo común de 10 días para presentar escrito de defensa

¿en este plazo de 10 días se inluyen tambien los sabados y domingos??

Por ejemplo si dan traslado un martes el plazo terminaria el viernes de la semana siguiente???

muchas gracias
15/09/2005 09:50
En su calidad de diligencias urgentes, todos los días y horas son hábiles para la práctica de las actuaciones procesales, instructoras o no, que realice el Juzgado de Instrucción dentro del servicio de guardia.

Segunda.- Salvo habilitación reglamentaria del Consejo General del Poder Judicial (arts. 182.1 y 183) o especial del Juez o Tribunal (art. 184.2 LOPJ), las diligencias no instructoras que practique el Juzgado de Instrucción una vez concluido el servicio de guardia (vid. art. 801.2, 4, 5 y 6 LECrim) y todas las que correspondan a otros órganos jurisdiccionales habrán de realizarse necesariamente en día y hora de los conceptuados o calificados como hábiles.

Quiere esto decir, por ejemplo, que los Juzgados de lo Penal no podrán celebrar juicios rápidos en sábado o día festivo (los señalamientos se realizarán de lunes a viernes, según el art. 47.2 Reglamento 5/95) o durante el mes de agosto –salvo que, en lo que se refiere a este último, medie una habilitación reglamentaria del Consejo General del Poder Judicial (vid. art. 59 ter Reglamento 5/95), ni los Juzgados de Instrucción requerir la calificación del superior jerárquico del Fiscal guardia en día inhábil.

Saludos

15/09/2005 14:40

Para presentación de escritos, y desde la entrada en vigor de la nueva LOPJ, no son hábiles, ni sábados, domingos, 24 de diciembre 3l de diciembre ni el mes de Agosto.

Saludos,
15/09/2005 17:38
gracias por vuestras respuestas, son útiles y me resuelven las dudas que me surgen
20/09/2005 22:04
Ojo ¡¡ Para formular ESCRITO DE DEFENSA SÁBADOS, DOMINGOS y todo AGOSTO son inhábiles. Por tanto, un traslado para presentar escrito de defensa a finales de julio, puede vencer en septiembre.
La razón es que la fase instrucción finaliza con el auto de transformación en procedimiento abreviado, iniciando la "fase intermedia"; pero que en ningún caso es ya fase instructora.

Si alguien no está de acuerdo con esta opinión, ruego que me exponga el motivo.