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Dias para ejecución y qué me pueden embargarar.

5 Comentarios
 
Dias para ejecución y qué me pueden embargarar.
17/10/2019 20:31
Hola, me han citado para el día 4 de noviembre para audiencia previa de un juicio por el que me reclaman 14000 €, voy con abogado de oficio y no me hace ningún caso, al principio bien pero en cuanto le dije que no podía pagar como que no me hace nada de caso, también lo entiendo la verdad. Es de un crédito que deje de pagar.
Agradecería por favor, si me pudierais ayudar con las siguientes dudas :
¿Después de esta audiencia previa hay un juicio?
Una vez que haya sentencia, como no podré pagar, me embargaran, que tiempo mas o menos pasará desde que este la sentencia hasta que me embarguen? Que podrían embargarme? Mi sueldo actualmente esta embargado y finalizará el embargo en 1 año o así. Después de eso, tengo un coche con 11 años, y mi casa con hipoteca y una plaza de garaje , ¿Podrían echarme de la casa o quitarme el coche?
He intentado por todos los medios que el abogado llegue a un acuerdo con la financiera pero me dice que no, que están cerrados en banda, podría pagar hasta 350 € holgadamente, me dice que el día de la audiencia lo intentaremos, pensáis que podríamos llegar a algún acuerdo o podéis decirme alguna cosa que se os ocurra que me ayude a conseguir este acuerdo ese día?
Os agradezco cualquier comentario.
18/10/2019 08:18
karlosti
El tema está complicado por varios motivos.

Por un lado, si el juez considera que la deuda existe y está demostrada, es decir que hay un contrato legal sin clausulas abusivas, dictaminará seguramente el embargo de salarios y bienes.

Si ya tiene un embargo activo, este siguiente se pondrá a la cola pero seguirá generando intereses, y según la cantidad embargable de su salario es posible que lo que le embarguen no cubra el principal más los intereses y puede que la deuda aumente en lugar de disminuir aunque esté con la nómina embargada. El coche dudo que lo toquen al no tener prácticamente valor sobre el mercado.

La plaza de garaje está incluida en la escritura de la vivienda o está escriturada aparte? Si va aparte seguramente la embarguen.

La vivienda al tener una carga (hipoteca) dudo que la embarguen porque según el caso, tendrían que asumir ellos la hipoteca. Lo que harán será incluir una anotación preventiva de embargo en el registro de la propiedad, lo que implica que si la vivienda se vende ellos serán los primeros en cobrar.

El banco que lo demanda es un banco normal? tipo Caixa, Santander, Bankia... o es una entidad de préstamos tipo Cetelem?
18/10/2019 11:25
karlosti
Buenas, ante todo muchas gracias por la molestia tomada en responder.
La plaza de garaje la compré aparte, quiere decirse que ni tiene préstamo ni hipoteca ni nada, por ejemplo si la embargan quiere decir que se la quedan ellos, pero a cuanto valor? Al valor real o de tasación o como va?
Es que si fuese a ser así a lo mejor me interesaría ver cuanto me pagarían ellos y cuanto podría sacar yo vendiéndola y si voy a sacar mas por lo segundo pues tratar de hacerlo y emplear el dinero para reducir esa deuda, lo que me da que aun con el mayor valor que pueda vender la plaza no me dará para ni la mitad. Y al final me quedo sin la plaza y con la deuda igualmente.

El préstamo era un préstamo personal de BBVA pero este se lo vendió a una empresa extranjera que es la que me lo reclama, no entiendo tampoco que esten cerrados en banda a no querer llegar algún acuerdo.

Por ultimo, cuanto pueden tardar todo este proceso?
gracias
18/10/2019 11:54
karlosti
Por partes, la plaza de garaje se la pueden embargar directamente y quedarse ellos con la propiedad para sacarla a subasta y venderla. Vendiendola por su cuenta sacaría más dinero seguro.

La audiencia previa es para que ambas partes intenten llegar a un acuerdo y evitar el juicio, si no hay acuerdo toca pasar por el juez.

Si me dice que la reclamación se la está haciendo una empresa extranjera que ha adquirido la deuda, usted debe tener una notificación de que la deuda ha sido adquirida por esta empresa. Su abogado debería saber por donde tirar por ahi.
18/10/2019 11:58
Johnwick
Gracias, no no me notificaron nada del traspaso de la deuda hasta que me llego el juicio, intentare que mi abogado me haga caso por ahí, si me puede dar algún indicio se lo agradecería, el abogado no me hace caso alguno desde que vió que directamente no iba a poder pagar.
18/10/2019 12:39
karlosti
Sinceramente yo creo que en la audiencia previa intentarán llegar a un acuerdo. La resolución judicial puede tardar en salir y un juez puede considerar que existen intereses abusivos sobre todo si por su parte ha habido voluntad de pagar o encontrar una solución.

Legalmente cuando se cede o se vende la deuda a otra empresa, se tiene que notificar de forma fehaciente (es decir comprobable) mediante burofax con acuse de recibo, no vale una carta ordinaria.