Pueden ocurrir dos cosas, que los días personales sean días de vacaciones pendientes de disfrutar (por ejemplo, que en verano sólo hagáis 23 días ylos otros 7 los disfrutéis durante el año para puentes o días personales). En este caso, te corresponderían los mismos que a todos.
Puede ocurrir también que los días peronales sean el resultado de la suma de las horas de más trabajadas a lo largo del año según marque el Convenio (por ejemplo, el convenio marca 1700 h./año y vosotros trabajáis 1716 h./año. Entonces se generan dos días personales). En este caso.deberías calcular cuántes horas al año trabajas y si superas el tope (que supongo que no), ye corresponderán y si no lo superas, pues no te corresponden.
estoi fija en una empresa desde hace 1 año y llebos dos años en ella en total trabajo 20 horas semanales,e oido ablar de unos dias personales que pertenecen a los trabajadores ,,,yo quisiera saver si yo trabajando 4 horas por la tarde me podria pertenecer un dia personal o no tengo derecho..gracias de antemano espero sus respuestas