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Dias sueltos asuntos propios

2 Comentarios
 
Dias sueltos asuntos propios
27/04/2005 21:42
Mi pregunta es la siguiente:
En en convenio del sindicato, marca que aparte del periodo vacacional, tenemos cuatro dias sueltos para disfrutar, que se podran coger separados o conjuntos, cualquier dia laborable del año, el convenio es " convenio estatal de telemarketing", y la empresa nos dice que solo nos pertenecen dos dias, cuando el convenio marca cuatro, y es el convenio para los años 2004/2005/2006, me pueden aclarar si nos corresponden cuatro y si se puede pelear esto con la empresa?, gracias.
28/04/2005 10:03
Evidentemente, la empresa no puede modificar a peor unilateralmente lo pactado en un convenio.

Si el convenio os marca cuatro días, teneis derecho a exigirlos. Por tanto, pelearlos, si se puede, otra cosa será si os interesa la pelea. Hay que poner en la balanza qué se puede ganar y qué se puede perder.

28/04/2005 17:39
Un Convenio colectivo en vigor, se entiende que es el reflejo del acuerdo a que han llegado las empresas del sector (patronal) con los representantes de los trabajadores (sindicatos) y que ambas partes se obligan a su cumplimiento tanto en los derechos como en las obligaciones. Por tanto, si tu Convenio está en vigor, pues no vence hasta el 2006 y pone 4 días para asuntos propios, son cuatro días, ni más ni menos. Evidentemente, digo yo que habrá que pelearlo.
Dias sueltos asuntos propios | PorticoLegal
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27/04/2005 21:42
Mi pregunta es la siguiente:
En en convenio del sindicato, marca que aparte del periodo vacacional, tenemos cuatro dias sueltos para disfrutar, que se podran coger separados o conjuntos, cualquier dia laborable del año, el convenio es " convenio estatal de telemarketing", y la empresa nos dice que solo nos pertenecen dos dias, cuando el convenio marca cuatro, y es el convenio para los años 2004/2005/2006, me pueden aclarar si nos corresponden cuatro y si se puede pelear esto con la empresa?, gracias.
28/04/2005 10:03
Evidentemente, la empresa no puede modificar a peor unilateralmente lo pactado en un convenio.

Si el convenio os marca cuatro días, teneis derecho a exigirlos. Por tanto, pelearlos, si se puede, otra cosa será si os interesa la pelea. Hay que poner en la balanza qué se puede ganar y qué se puede perder.

28/04/2005 17:39
Un Convenio colectivo en vigor, se entiende que es el reflejo del acuerdo a que han llegado las empresas del sector (patronal) con los representantes de los trabajadores (sindicatos) y que ambas partes se obligan a su cumplimiento tanto en los derechos como en las obligaciones. Por tanto, si tu Convenio está en vigor, pues no vence hasta el 2006 y pone 4 días para asuntos propios, son cuatro días, ni más ni menos. Evidentemente, digo yo que habrá que pelearlo.