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Dietas

5 Comentarios
 
Dietas
01/10/2004 15:48
A ver si alguien me puede ayudar. He trabajado una semana del mes de agosto que me tenían que pagar como horas extras. En la nómina me pone como concepto Dietas y el importe que se me tenía que pagar; en cambio a mis compañeros en vez de dietas les pone plus de productividad. ¿Qué diferencia hay? ¿Hay alguno mejor que el otro para el trabajador?
Gracias
01/10/2004 23:31
La gran diferencia es que para cualquier prestación que pidas en la que tengas que utilizar ésa nómina, para el paro, por ejemplo, no te contará dicha cuantía puesto que la empresa ha decidido, ilegalmente, cotizarla. A tus compañeros sí se les cotiza por el concepto que se ha empleado.
Si te despiden o no te renuevan el contrato puedes reclamarlo ante la inspección de trabajo.
02/10/2004 18:17
Yo hablé con el gestor y lo que me cuenta es que como yo soy auxiliar administrativa no está bien ponerme plus de productividad pero a mis compañeros sí porque ellos trabajan en el taller. ¿Se está quedando conmigo? Es un fraude contar las horas extras como dietas??
04/10/2004 08:27
Pues sí, es un fraude, muy extendido, pero un fraude, tanto a la S.S. como a Hacienda.

Saludos
04/10/2004 09:57
Muchas gracias por vuestras respuestas. Entonces qué concepto debería ponerme; porque según él por ser auxiliar administrativa no puede ponerme plus de productividad tantas horas (Ya que he trabajado una semana entera de mis vacaciones)
Gracias
04/10/2004 12:51
Pues el concepto que corresponde a lo que realmente hiciste. Si fueron horas extras, pues eso, horas extras. Si, aunque parezca mentira, ese concepto existe, y tributa y, de forma un poco especial, cotiza, aunque también se pueden compensar por periodos de descanso y, en todo caso, no se puede exceder de 80 horas anuales. Pero si te lo ponen como dietas es más fácil y barato, claro. Ahora, si un dia la Inspección (de Hacienda o S.S.) pide la documentación que justifique esas dietas ya veremos que cara se les pone (porque las dietas, exentas hasta ciertos límites, se devengan en base a desplazamientos reales y demostrables).
En fin, allá ellos, a ti te sale más barato (pero que al menos sepas que de forma fraudulenta). Salvo que te preocupe a efecto de prestaciones (vinculadas a la base de cotización), a ti te beneficia.

Bueno, y revisando el texto de tu primera intervención, ya no sé si lo que realmente hiciste fue horas extras como tal o tal vez renunciaste a dias de vacaciones. Si fuera así, la ilegalidad sería aún mayor, ya que, al fin y al cabo, con una serie de límites, horas extras pueden hacerse (lo que pasa que tu empresa no las declara como tal), pero lo que no puede hacerse, salvo en el caso de causar baja en la empresa, es sustituir vacaciones por una compensación económica (además es un derecho irrenunciable por parte del trabajador).

Un saludo.
Dietas | PorticoLegal
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01/10/2004 15:48
A ver si alguien me puede ayudar. He trabajado una semana del mes de agosto que me tenían que pagar como horas extras. En la nómina me pone como concepto Dietas y el importe que se me tenía que pagar; en cambio a mis compañeros en vez de dietas les pone plus de productividad. ¿Qué diferencia hay? ¿Hay alguno mejor que el otro para el trabajador?
Gracias
01/10/2004 23:31
La gran diferencia es que para cualquier prestación que pidas en la que tengas que utilizar ésa nómina, para el paro, por ejemplo, no te contará dicha cuantía puesto que la empresa ha decidido, ilegalmente, cotizarla. A tus compañeros sí se les cotiza por el concepto que se ha empleado.
Si te despiden o no te renuevan el contrato puedes reclamarlo ante la inspección de trabajo.
02/10/2004 18:17
Yo hablé con el gestor y lo que me cuenta es que como yo soy auxiliar administrativa no está bien ponerme plus de productividad pero a mis compañeros sí porque ellos trabajan en el taller. ¿Se está quedando conmigo? Es un fraude contar las horas extras como dietas??
04/10/2004 08:27
Pues sí, es un fraude, muy extendido, pero un fraude, tanto a la S.S. como a Hacienda.

Saludos
04/10/2004 09:57
Muchas gracias por vuestras respuestas. Entonces qué concepto debería ponerme; porque según él por ser auxiliar administrativa no puede ponerme plus de productividad tantas horas (Ya que he trabajado una semana entera de mis vacaciones)
Gracias
04/10/2004 12:51
Pues el concepto que corresponde a lo que realmente hiciste. Si fueron horas extras, pues eso, horas extras. Si, aunque parezca mentira, ese concepto existe, y tributa y, de forma un poco especial, cotiza, aunque también se pueden compensar por periodos de descanso y, en todo caso, no se puede exceder de 80 horas anuales. Pero si te lo ponen como dietas es más fácil y barato, claro. Ahora, si un dia la Inspección (de Hacienda o S.S.) pide la documentación que justifique esas dietas ya veremos que cara se les pone (porque las dietas, exentas hasta ciertos límites, se devengan en base a desplazamientos reales y demostrables).
En fin, allá ellos, a ti te sale más barato (pero que al menos sepas que de forma fraudulenta). Salvo que te preocupe a efecto de prestaciones (vinculadas a la base de cotización), a ti te beneficia.

Bueno, y revisando el texto de tu primera intervención, ya no sé si lo que realmente hiciste fue horas extras como tal o tal vez renunciaste a dias de vacaciones. Si fuera así, la ilegalidad sería aún mayor, ya que, al fin y al cabo, con una serie de límites, horas extras pueden hacerse (lo que pasa que tu empresa no las declara como tal), pero lo que no puede hacerse, salvo en el caso de causar baja en la empresa, es sustituir vacaciones por una compensación económica (además es un derecho irrenunciable por parte del trabajador).

Un saludo.