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Diferencia bases de cotizacion

4 Comentarios
 
Diferencia bases de cotizacion
28/01/2024 23:30
Hola buenas, mi consulta es un poco embarazosa espero explicarla bien.
En junio de 2021 se me concedió una IT por una artroscopia de rodilla, así estuve 18 meses por no tener mejora y al final termino en IPT por prótesis de rodilla, cuando se me calculo mi base reguladora para la IPT me di cuenta que las bases de cotización no eran correctas, ya que el mismo mes que se me concedió la IT nos vino una sentencia del Supremo donde se nos reconocía otro convenio al que se nos estaba aplicando en ese momento con retroactividad a agosto de 2015, cosa que tengo denunciada a la Seguridad Social tras varias reclamaciones, ya que la Inspección de Trabajo con fecha febrero de 2023 reconoce que efectivamente la base de cotización que se me aplicaba no era la correcta. Ahora viene mi pregunta después del reconocimiento de la Inspección de Trabajo la Seguridad Social me abona la diferencia de los últimos seis meses de IT por pago Directo ¿pero los otros doce meses de IT que me pagaba la empresa tengo derecho a reclamar la diferencia?
28/01/2024 23:38
tleonca
Decir también que en el convenio de mi empresa se nos paga el 100% estando de IT así que me pagaba la empresa el 75% por la Seguridad Social y el resto por la empresa y al decir el 100% de la IT ¿es sobre la base de cotización al mes anterior a l de la baja no?
04/02/2024 11:01
tleonca
Hola. Se debe reclamar las diferencias de los 12 meses primeros de la I.T. al INSS y a la empresa., a los dos.
Además se debe reclamar la diferencia de la pensión por IP total., aportando al INSS las actas de liquidación.
Saludos
08/02/2024 01:48
Expertolaboral
Gracias por contestar, cuanto tiempo tengo para poder reclamarlo ?¿Hay caducidad o prescripción?
03/03/2024 09:45
Hola. El plazo para reclamar las diferencias de la I.T. son discutibles.
Yo lo reclamaría cuanto antes, solicitando la condena de la empresa al abono de las diferencias y al INSS en anticipo de las diferencias pudiendo repercutir posteriormente contra la empresa. Pero te pueden alegar la prescripción de 3 meses. No está claro al ser diferencias de I.T.
Respecto a las diferencias de la IP total, es tema está más claro. Yo reclamaría todos los atrasos pero sólo tienes derecho a los atrasos desde los 3 meses anteriores a la solicitud de diferencias de la IP total.
Cuando antes lo hagas , más diferencias cobrarás.
Saludos
Diferencia bases de cotizacion | PorticoLegal
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Diferencia bases de cotizacion
28/01/2024 23:30
Hola buenas, mi consulta es un poco embarazosa espero explicarla bien.
En junio de 2021 se me concedió una IT por una artroscopia de rodilla, así estuve 18 meses por no tener mejora y al final termino en IPT por prótesis de rodilla, cuando se me calculo mi base reguladora para la IPT me di cuenta que las bases de cotización no eran correctas, ya que el mismo mes que se me concedió la IT nos vino una sentencia del Supremo donde se nos reconocía otro convenio al que se nos estaba aplicando en ese momento con retroactividad a agosto de 2015, cosa que tengo denunciada a la Seguridad Social tras varias reclamaciones, ya que la Inspección de Trabajo con fecha febrero de 2023 reconoce que efectivamente la base de cotización que se me aplicaba no era la correcta. Ahora viene mi pregunta después del reconocimiento de la Inspección de Trabajo la Seguridad Social me abona la diferencia de los últimos seis meses de IT por pago Directo ¿pero los otros doce meses de IT que me pagaba la empresa tengo derecho a reclamar la diferencia?
28/01/2024 23:38
tleonca
Decir también que en el convenio de mi empresa se nos paga el 100% estando de IT así que me pagaba la empresa el 75% por la Seguridad Social y el resto por la empresa y al decir el 100% de la IT ¿es sobre la base de cotización al mes anterior a l de la baja no?
04/02/2024 11:01
tleonca
Hola. Se debe reclamar las diferencias de los 12 meses primeros de la I.T. al INSS y a la empresa., a los dos.
Además se debe reclamar la diferencia de la pensión por IP total., aportando al INSS las actas de liquidación.
Saludos
08/02/2024 01:48
Expertolaboral
Gracias por contestar, cuanto tiempo tengo para poder reclamarlo ?¿Hay caducidad o prescripción?
03/03/2024 09:45
Hola. El plazo para reclamar las diferencias de la I.T. son discutibles.
Yo lo reclamaría cuanto antes, solicitando la condena de la empresa al abono de las diferencias y al INSS en anticipo de las diferencias pudiendo repercutir posteriormente contra la empresa. Pero te pueden alegar la prescripción de 3 meses. No está claro al ser diferencias de I.T.
Respecto a las diferencias de la IP total, es tema está más claro. Yo reclamaría todos los atrasos pero sólo tienes derecho a los atrasos desde los 3 meses anteriores a la solicitud de diferencias de la IP total.
Cuando antes lo hagas , más diferencias cobrarás.
Saludos