me queda claro.Y ahora otra duda q tengo:mi empresa me ha reconocido una antiguedad por los servicios prestados,desde el 2004.Mi contrato es hasta fin de obra y los contratos q he tenido anteriormente son de duracion determinada,cambiando de puestos de trabajo y en distintas secciones.Mi pregunta:en el caso q tubieran q despedir a gente,me serviria esta antiguedad para q despidieran por orden de antiguedad o se la podrian saltar a la torera?.En el caso de q se saltaran a la torera sería denunciable?.Muchas gracias por vuestra atención.Un saludo
antigguedad es la que te reconoce la empresa por ejemplo si ha habido una subrogación, te puede reconocer la antiguedad que tenias en la anterior empresa a efectos de plus de antiguedad pore jemplo.
Por servicios prestados supongo que te refieres a tiempo de prestación de servicios en esa empresa y no en otra.
Asi, si ha habido una subrogación o cambio de empresa, puedes tener reconocida una antiguedad de 10 años, pero tener solo 3 años de servicios prestados en tu empresa.