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Diferencia obras menores / obras mayores

2 Comentarios
 
Diferencia obras menores / obras mayores
07/03/2005 19:07
Necesito saber en qué consiste una obra "menor" y en qué se diferencia con la obra "Mayor".
Muchas gracias por anticipado
08/03/2005 11:29
Obra Mayores: obras de importante entidad, complejidad técnica, considerable presupuesto, e incidencia en los elememtos estructurales(STS 21 febrero 1984)En cualquier caso, hay que acudir a las ordenanzas locales sobre uso y edificación para calificar una obra como mayor o menor(por ejemplo,en Madrid, a su Orenanza especial de Tramitación de Licencias y Control Urbanistico,BOCM-17,abril,1997).Son tb obras mayoes éstas:instalación de marquesinnas y porches, de estructuras provisionales en la vía pública,ejecvución de instalación de aire acondicionado, construcción de pozos y fosas asépticas, modificación de balcones,repisas o elementos salientes, reparación de elememtos estructurales, construcción o modificación de escaparates, reposición de elementos alterados por accidentes o deterioro de fachadas...OBRAS MENORES:construcción o reparación de vados en las aceras, ocupación provisional de vía pública para la construcción no amparada en la licencia de obra mayor, colocación de rótulos, bandoleras y anuncios luminosos, colocación de anuncios excepto los situados sobre la cubierta de los edificios sujetos a licencia de obra mayor, colocación de postes, colocación de toldos en las plantas bajas con fachada a vía pública, ejecución de obras interiores en locales no destinados a vivienda que no modifiquen su estructura o distribución interna ni su uso, reparación de cubiertas y azoteas......Hay un montón más. La diferencia fundamental entre ambas:está a la hora de pedir licencia de obras para realizar éstas:en las mayores, hay que aportar a la hora de solicitarla al Ayto. un Proyecto de un técnico cualificado, acorde con la ordenación urbanística.En las meores, al fin y al cabo, al ser pequeñas obras, no se requiere dicho Proyecto. Se trata de avisar al Ayto. de que vas a realizar la obra, pagas la tasa, y si en 15 días(por lo gral.)no te contestan, está concedida. Es lo que se denomina "Actos Comunicados".Hay que ir al PGOU o a las Ordenanzas Municipales para ver qué obra no requieren el mencionado Proyecto.

Espero haberte servido de ayuda. Un saludo
10/03/2005 18:18
Muchísimas gracias, Ana, me ha servido de mucho tu ayuda.
Es una duda más que tenía, ya que desde hace algunos años estamos en juicios con nuestro vecino que compró un chalet junto al nuestro (realmente es una casita junto al río) y desde entonces ha hecho todo lo posible para hacernos la vida imposible y quedarse solos allí. Es un dentista de mi ciudad, con amistades muy influyentes en el Ayuntamiento que se han pasado por el forro la ley sólo por tenerle a él contento.

Un saludo, y gracias por todo.
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Diferencia obras menores / obras mayores
07/03/2005 19:07
Necesito saber en qué consiste una obra "menor" y en qué se diferencia con la obra "Mayor".
Muchas gracias por anticipado
08/03/2005 11:29
Obra Mayores: obras de importante entidad, complejidad técnica, considerable presupuesto, e incidencia en los elememtos estructurales(STS 21 febrero 1984)En cualquier caso, hay que acudir a las ordenanzas locales sobre uso y edificación para calificar una obra como mayor o menor(por ejemplo,en Madrid, a su Orenanza especial de Tramitación de Licencias y Control Urbanistico,BOCM-17,abril,1997).Son tb obras mayoes éstas:instalación de marquesinnas y porches, de estructuras provisionales en la vía pública,ejecvución de instalación de aire acondicionado, construcción de pozos y fosas asépticas, modificación de balcones,repisas o elementos salientes, reparación de elememtos estructurales, construcción o modificación de escaparates, reposición de elementos alterados por accidentes o deterioro de fachadas...OBRAS MENORES:construcción o reparación de vados en las aceras, ocupación provisional de vía pública para la construcción no amparada en la licencia de obra mayor, colocación de rótulos, bandoleras y anuncios luminosos, colocación de anuncios excepto los situados sobre la cubierta de los edificios sujetos a licencia de obra mayor, colocación de postes, colocación de toldos en las plantas bajas con fachada a vía pública, ejecución de obras interiores en locales no destinados a vivienda que no modifiquen su estructura o distribución interna ni su uso, reparación de cubiertas y azoteas......Hay un montón más. La diferencia fundamental entre ambas:está a la hora de pedir licencia de obras para realizar éstas:en las mayores, hay que aportar a la hora de solicitarla al Ayto. un Proyecto de un técnico cualificado, acorde con la ordenación urbanística.En las meores, al fin y al cabo, al ser pequeñas obras, no se requiere dicho Proyecto. Se trata de avisar al Ayto. de que vas a realizar la obra, pagas la tasa, y si en 15 días(por lo gral.)no te contestan, está concedida. Es lo que se denomina "Actos Comunicados".Hay que ir al PGOU o a las Ordenanzas Municipales para ver qué obra no requieren el mencionado Proyecto.

Espero haberte servido de ayuda. Un saludo
10/03/2005 18:18
Muchísimas gracias, Ana, me ha servido de mucho tu ayuda.
Es una duda más que tenía, ya que desde hace algunos años estamos en juicios con nuestro vecino que compró un chalet junto al nuestro (realmente es una casita junto al río) y desde entonces ha hecho todo lo posible para hacernos la vida imposible y quedarse solos allí. Es un dentista de mi ciudad, con amistades muy influyentes en el Ayuntamiento que se han pasado por el forro la ley sólo por tenerle a él contento.

Un saludo, y gracias por todo.