Resulta que llevo un pre-acuerdo a PROTOCOLIZAR a instancia de uno de los finrmantes (el contenido es preparatorio de separación conyugal, que afecta a hijos menores y preprara sepáración de rég. económico) y dice la NOTARIA (antes "Corredora de comercio") que está segura de que NO LO PUEDE PROTOCOLIZAR si no es a instancia de ambos...
Y digo yo... si eso de "protocolizar" no es sino METER EN SU ARCHIVO y dar fe (fé, como escriben casi todos/as [los Notarios]) de que se ha presentado un documento... SIN QUE VENGAN A DAR VALIDEZ NI APARIENCIA DE LEGALIDAD al contenido contractual !!