Hola.agradeceria muchisimo una respuesta ami duda. E recibido una sentencia de dos años de prision. Lo que en el fallo se reconoce el atenuante de dilaciones indebidas. Queria saber si al constar las dilaciones indebidas en el fallo, ya se me a beneficiado o aun puedo reclamar las dilaciones ? Me explico, la condena es de dos años. Se puede rebajar la pena alegando las dilaciones indebidas ? O al constar en el fallo ya se an tenido en cuenta por parte del juez al dictar dos años de prision.