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Dimensiones mínimas de plaza de garaje

1 Comentarios
 
Dimensiones mínimas de plaza de garaje
25/08/2004 12:13
Podríais decirme las dimensiones mínimas de las plazas de garaje en pisos de protección oficial de hace unos 20 años?.

Dichas plazas están en una comunidad de 6 vecinos, los pisos tienen una superficie de unos 90 metros cuadrados útiles, más de 100 construidos, según PETRUS en una consulta tendría que haber dos plazas por vivienda (creo entender), pero hay 15 en vez de 12, este es el espacio que pienso que se ha utilizado de más, haciendo que las plazas resultantes sean “pequeñas”, haciendo dificil aparcar en ellas.

O el constructor-promotor pueden hacer todas las plazas de garaje que puedan mientras éstas tengan unas dimensiones minimas?.

Si hay más plazas que las permitidas legalmente, hay alguna forma de “eliminar” dichas plazas?, ¿puede ser mediante compra, por parte de la comunidad? (se repartiría el terreno entre las demás plazas), o mediante alguna indemnización a los propietarios afectados.

Por lo que he hablado con otros propietarios, parece ser que al Ayuntamiento se le declara que hay menos plazas para pagar menos por el vado permanente, pero yo me pregunto como puede ser eso si el Ayuntamiento tiene control de las propiedades por las contribuciones de las plazas de garaje, o es que realmente hay mas plazas de las que legalmente debe de haber?.

¿Donde me tengo que dirigir? A la oficina del consumidor o directamente al Ayuntamiento para comprobar que las plazas que hay son totalmente legales o es que hay de mas.
Y cuales son los pasos que daríais vosotros, os puedo decir que por parte del presidente y secretario de la comunidad tendré poca colaboración ya que ha pasado mucho tiempo de alguna consulta que les hice sobre el tema y todavía estoy esperando la respuesta.

Gracias a todos, especialmente a PETRUS.
25/08/2004 18:37
Lo procedente creo que sería comprobar exactamente lo que se ha comprado. Si existen plazas no previstas inicialmente, tal vez se haya vendido algún derecho (de propiedad o uso) dos veces, con lo que sería aconsejable la intervención de un profesional de la abogacía.