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Dinero en el banco para el cónyuge viudo

5 Comentarios
 
Dinero en el banco para el cónyuge viudo
26/01/2017 13:50
Buenos días
Mi duda surge, para saber si hay que declarar los 17000 euros que habia en la cuenta bancaria de mi padre y mi madre al fallecer mi padre el 20 de diciembre de 2016. Vivimos en Valencia.
Ese dinero desde luego se va a quedar en la cuenta para mi madre.
Hay que hacer sucesiones y cuanto pagaríamos, cantidad y tipo

Muchas Gracias
perfil veo
26/01/2017 18:06
vicenta318536
los bienes de su plare, sin duda, hay que declararlos
De esa cuenta, si estaban en régimen de gananciales, solo la mitad corresponde a su padre
Se la cuenta de bienes hay que deducir, íntegramente, los costes del enterramiento
Si lo que tenía era eso, y no más bienes, no hay nada que pagar, aunque hay que hacer la declaración
27/01/2017 11:17
vicenta318536
Muchas gracias por su respuesta.
La cuenta era conjunta y estaban en gananciales. y no hay mas bienes, el resto se repartió en vida y se declaró por ello.
A qué se refiere a que hay que declarar pero no pagar? a qué hay algún límite y no llega?
Los gastos del funeral , se encargó el seguro que tienen de decesos.
perfil veo
27/01/2017 14:15
vicenta318536
sí, hay mínimos exentos de pago, superiores a esas cantidades que corresponden a cada heredero
28/01/2017 13:13
veo
Muchas gracias por la rápida respuesta. Pero sí debe mi madre declararlo con impuesto de Sucesiones?
perfil veo
28/01/2017 20:20
vicenta318536
su madre y ustedes, según indique el testamento
a falta de testamento, su madre será usufructuaria de 2.833,33 euros (1/3 de 8.500), y los hijos se repartirán, a partes iguales la plena disposición de 5.666,67 euros (2/3 de 8.500) y la nuda propiedad de los 2.833,33 euros cuyo usufructo se asigna a su madre
a efectos fiscales, el usufructo de su madre se pasa a un valor en plena propiedad mediante un coeficiente dependiente de la edad de su madre (por ejemplo, 0,20 para 69 años), por lo que, en ese ejemplo, su madre tributaría como si hubiera obtenido 566,67 euros (0,20x2.833,33) en plena propiedad, y cada uno de los hijos, a partes iguales, el reparto de 7.933,33. Si son dos hijos, sería 3.966,66 euros cada uno
Con esas cantidades no se paga, pero se declara, lo mismo su madre que usted y sus hermanos.
Ni mencione que el dinero se lo queda su madre, porque en esas cuantías no se hurga en las cuentas familiares ... pero, en teoría, sería una donación que ustedes le hacen y las donaciones, aunque pudieran estar exentas de impuestos por esas cuantías, también habrían de declararse ... un rollo