En caso de fallecimiento de mi suegra, su marido actual, ¿que TIEMPO puede hacer uso del usufructo del piso en el que vive?, teniendo en cuenta que mi suegra no ha hecho testamento a favor de mi esposa, que es hija única, que estamos en Cataluña y que el piso en cuestión sólo ha sido propiedad de mi suegra y nunca del padre de mi mujer( con el que nunca se casó). ¿Que le toca a mi mujer y qué al marido de mi suegra?. Si el piso en cuestión avala nuestro propio piso; el de mi esposa y el mío; ¿Se puede vender o hasta que no paguemos el nuestro no se puede "tocar"? Muchas gracias.