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Disolución del condominio por sentencia judicial

1 Comentarios
 
Disolución del condominio por sentencia judicial
01/03/2019 19:21
Buenas tardes, el motivo de mi consulta es a titulo informativo. Hace 3 años me compré un piso con el padre de mi hijo (eramos pareja de hecho) y a los seis meses de comprarlo me dijo que se había enamorado de otra persona y que se iba. Nos separamos de buenas maneras y en el convenio de separación/custodia se estableció que se iba a continuar con el piso al 50% de propiedad para cada uno y que la usufructuaria del piso era yo ya que me quede con la custodia total del niño. Hasta ahora no hemos tenido ningún problema. Hasta hoy. Hace uno meses el me comentó que quiere comprarse otra vivienda con su actual pareja y que si por favor podía quitarlo de la hipoteca ya que sino no le darían otra. Yo he hecho todos los trámites y hoy me han confirmado que si que me conceden a mi sola la hipoteca! cual ha sido mi sorpresa cuando al llamarlo para darle la buena noticia me ha dicho que genial, pero que quiere que le de los 28.000€ que el puso de entrada al piso (yo puse 16.000€) ya que no tiene intención de regalarme dinero (evidentemente a parte de las cosas que ya le tengo que dar al hacer el condominio). Evidentemente... si se los tengo que dar se los daré, pero ahora me he quedado con los nervios y era por si alguien me podría aclarar. Me he leído y reelegido todos los papeles (arras, escritura hipoteca,...) y en ningún sitio especificamos que parte de dinero pusimos cada uno (aunque el si dice tener extractos de nuestras cuentas). Mil gracias por vuestras respuestas. Un saludo.
04/03/2019 12:28
Tanialm
Lógicamente si te quedas con un piso que es de los dos, y pasa a ser propiedad tuya, tendrás que darle la parte que adquieres. Ahora bien, el cálculo no es necesariamente ese (sería precio de tasación actual o el que acordéis, menos restante de hipoteca, dividido por dos, no el valor de compra porque los inmuebles pueden revalorizarse o depreciarse y la ganancia o pérdida de valor sería de ambos). Pero si hace poco tiempo (dices que solo tres años) la revalorización puede despreciarse y devolverse el dinero que se puso sin más, es una forma sensata de hacerlo. Tu cuestión parece que va por el hecho de que en las escrituras no aparece cuánto puso cada uno de entrada, pero eso es algo que se puede demostrar mediante extractos bancarios o como sea, aunque si tú sabes que esa fue la cantidad que puso, entiendo que sería lo justo y no haría falta tener que entrar a pedir pruebas de algo si tú sabes que es así. Mejor hacer siempre las cosas bien, y a buenas. No habría ningún problema fiscal ni de ningún tipo por devolverle lo que puso. En la extinción de condominio dado que podéis fijar vosotros el valor (como si fuera una compraventa) podéis declarar el valor de hipoteca más el doble de esa cantidad, para que el resultante a pagar sea ese, o como vosotros veáis.
Disolución del condominio por sentencia judicial | PorticoLegal
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Disolución del condominio por sentencia judicial
01/03/2019 19:21
Buenas tardes, el motivo de mi consulta es a titulo informativo. Hace 3 años me compré un piso con el padre de mi hijo (eramos pareja de hecho) y a los seis meses de comprarlo me dijo que se había enamorado de otra persona y que se iba. Nos separamos de buenas maneras y en el convenio de separación/custodia se estableció que se iba a continuar con el piso al 50% de propiedad para cada uno y que la usufructuaria del piso era yo ya que me quede con la custodia total del niño. Hasta ahora no hemos tenido ningún problema. Hasta hoy. Hace uno meses el me comentó que quiere comprarse otra vivienda con su actual pareja y que si por favor podía quitarlo de la hipoteca ya que sino no le darían otra. Yo he hecho todos los trámites y hoy me han confirmado que si que me conceden a mi sola la hipoteca! cual ha sido mi sorpresa cuando al llamarlo para darle la buena noticia me ha dicho que genial, pero que quiere que le de los 28.000€ que el puso de entrada al piso (yo puse 16.000€) ya que no tiene intención de regalarme dinero (evidentemente a parte de las cosas que ya le tengo que dar al hacer el condominio). Evidentemente... si se los tengo que dar se los daré, pero ahora me he quedado con los nervios y era por si alguien me podría aclarar. Me he leído y reelegido todos los papeles (arras, escritura hipoteca,...) y en ningún sitio especificamos que parte de dinero pusimos cada uno (aunque el si dice tener extractos de nuestras cuentas). Mil gracias por vuestras respuestas. Un saludo.
04/03/2019 12:28
Tanialm
Lógicamente si te quedas con un piso que es de los dos, y pasa a ser propiedad tuya, tendrás que darle la parte que adquieres. Ahora bien, el cálculo no es necesariamente ese (sería precio de tasación actual o el que acordéis, menos restante de hipoteca, dividido por dos, no el valor de compra porque los inmuebles pueden revalorizarse o depreciarse y la ganancia o pérdida de valor sería de ambos). Pero si hace poco tiempo (dices que solo tres años) la revalorización puede despreciarse y devolverse el dinero que se puso sin más, es una forma sensata de hacerlo. Tu cuestión parece que va por el hecho de que en las escrituras no aparece cuánto puso cada uno de entrada, pero eso es algo que se puede demostrar mediante extractos bancarios o como sea, aunque si tú sabes que esa fue la cantidad que puso, entiendo que sería lo justo y no haría falta tener que entrar a pedir pruebas de algo si tú sabes que es así. Mejor hacer siempre las cosas bien, y a buenas. No habría ningún problema fiscal ni de ningún tipo por devolverle lo que puso. En la extinción de condominio dado que podéis fijar vosotros el valor (como si fuera una compraventa) podéis declarar el valor de hipoteca más el doble de esa cantidad, para que el resultante a pagar sea ese, o como vosotros veáis.