Hola, estoy casada, pero queremos la separación de bienes, y vamos a disolver los gananciales: ¿qué es más caro la notaria o el juzgado (incluyendo los posteriores impuestos)?, ¿qué tarda menos?, y ¿sobre cuánto podemos pagar por disolver los gananciales a hacienda?
Mientras los haberes coincidan al 50% no pagan. Si hay exceso de adjudicación, paga ITP el transmitente porque es una transmisión onerosa pero no IRPF porque aunque haya una compensación en dinero no se considera incremento de patrimonio a estos efectos. Espero haberme expresado correctamente, y siempre, salvo mejor criterio jurídico.