Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Disolución sociedad civil

3 Comentarios
 
Disolución sociedad civil
22/06/2012 16:40
Buenas tardes,
actualmente soy autonomo y hace varios meses decidí unirme junto a otro autónomo para formar una sociedad civil. Tras varios intentos de sacar mi negocio adelante, he decidido disolver la sociedad y empezar solo, dado que la total incompetencia de mi socio hace cada día de trabajo más dificil.
El principal problema es que solicitamos un crédito al banco avalado por los bienes inmuebles de nuestro negocio y supongo que en última instancia nuestros bienes personales ( aunque el banco aseguró que no ).
El impago de las cuotas bancarias está incrementando peligrosamente los intereses del crédito y mi compañero se niega a pagar su parte correspondiente. Temo que el banco finalmente recurra a mis bienes para saldar la deuda, ya que dispongo que un dinero en el banco a plazo fijo. Si decido pagar la mitad de la deuda bancaria, el banco está en la obligación de hacer al otro titular responsable íntegro del pago del resto del crédito ? Tengo miedo de pagar mi parte y aún así el banco decida quitarme el dinero para pagar la otra mitad que le correspondería al otro socio.
Por otro lado, que camino debo seguir para disolver la sociedad? Obviamente ya he descartado el camino diplomático ya que es imposible llegar a un acuerdo con la otra persona. Sólo quiero perderla de vista y poder empezar mi camino sólo.
Les agredeceré cualquier sugerencia que puedan ofrecerme. Muchísimas gracias de antemano.
Un saludo.
22/06/2012 19:15
La sociedad civil se rige por las normas del Código Civil. De acuerdo con ese código la sociedad puede disolverse por la voluntad de cualquiera de los socios siempre que medie justo motivo o que no haya sido fijado un plazo de duración. O sea que podrá instar su disolución.

También tendrá que liquidar la sociedad y para ello debe seguir las normas de partición de la herencia de acuerdo con lo indicado en el Código Civil. En la liquidación deberán cancelar todo el pasivo (todas las deudas) y ahí es donde va a encontrar el problema pues la sociedad no se considerará extinguida hasta que no estén canceladas.

En lo referente a la deuda existente con la entidad bancaria debe mirar el documento de concesión del préstamo en donde figurarán las cláusulas que responderán a las dudas que plantea y que, desde aquí, sin ver el contrato no se pueden resolver.

Un salduo,
22/06/2012 19:31
Muchas gracias por la información. Revisaré los términos del contrato de concesión del préstamo.

Ahora me surge la siguiente duda : el préstamo lo avalan los bienes muebles de mi empresa. ¿ Existe la posibilidad de que yo haga frente a la parte de la deuda de mi socio a cambio de que éste renuncie a su 50% de la venta de los bienes muebles? Pretendo así, asumir su parte de la deuda para poder continuar explotando el recurso pero , en este caso, en solitario.

En caso de que esto sea posible, podría entonces proderse a la disolución de la sociedad y continuar yo como trabajador autónomo explotando mi negocio?

De nuevo, muchísimas gracias de antemano.
Un saludo.
22/06/2012 19:35
Si llegáis a un acuerdo para el reparto de la deuda no debería existir ningún problema a la hora de disolver y liquidar la sociedad. Eso lo tendrás que tratar con él.

Un saludo,