Muy buenas a todos, mi pregunta es la siguiente:
puedo liquidar disolver y extingir una sociedad unipersonal con el siguiente balance final de la misma??:
ACTIVO: 500 euros que se corresponde con una devolucion que solicitaré en enero del 2011 por el tema del IVA ( un derecho )
PASIVO: fondos propios 500.
mi pregunta es, puedo hacer la escritura de extinción en el 2010 con un crédito que no se cuando me lo van a pagar???
Y pregunta de mayor ignorancia aún, con ese balance definitivo el resultado es que se compensa uno con otro y no hay nada q repartir o lo que se queda el socio es ese crédito.