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Divorciados con bienes en comun y él nuevamente casado

5 Comentarios
 
Divorciados con bienes en comun y él nuevamente casado
25/09/2018 09:58
Buenos días, estoy divorciada desde hace 10 años y por circunstancias no hemos hecho la separación de bienes (se está tramitando actualmente). Él ha contraído matrimonio hace 9 años, cosa que yo desconocía.
Tenemos dos viviendas en común y una hija.
En el caso de que a él le ocurriera algo, su actual mujer, ¿a qué tiene derecho por favor?.

Como les digo, actualmente estoy con los trámites para obligarle a hacer la disolución de los gananciales.

Por otro lado, con respecto a la casa que se queda él, si el día de mañana él faltara, ¿qué le correspondería a nuestra hija en común y que a su actual mujer?

Muchas gracias por su ayuda
25/09/2018 10:15
Runa69
Si falleciera tu ex, antes de heredar nada la hija o su mujer, se haría la disolución de gananciales, tanto la vuestra como la que pueda tener con su actual cónyuge. De lo que quedara como propiedad suya tras la disolver los gananciales (toda la masa hereditaria, incluyendo todos sus bienes privativos y lo que se asigne tras ambas disoluciones, sea antes de fallecer o después) se heredaría según figure en su testamento. Si no lo hay 1/3 del usufructo será para su actual pareja, el resto todo para tu hija (suponiendo que es su única hija). Si hace testamento podría disponer de 1/3 (el de libre disposición sobre toda la masa hereditaria) para dejárselo a quien quisiera, el resto es la legítima de la hija (1/3 en pleno dominio y 1/3 en nuda propiedad) y de la viuda (1/3 del usufructo).
25/09/2018 13:43
paquito xocolatero
Muchísimas gracias por la respuesta. Efectivamente solo tiene una hija que es nuestra hija en común. Lo que más miedo me daba es que yo vivo en una de las propiedades con mi hija, y como desconocía que se había casado nuevamente temía que si a él le pasara algo, o si le hubiera pasado en estos 9 años que lleva casado, pues que su actual mujer pudiera pedirme algo de mi actual vivienda (efectivo) o que se pudiera meter en mi casa.

Realmente eso es lo que me asustó en un principio cuando me enteré por casualidad que se había casado nuevamente hace 9 años (no tiene hijos con ella).

El usufructo entiendo que es que en el caso de que tengamos ya la disolución de gananciales, la casa con la que él se quedará pasará, en caso de que falleciera, a un tercio en uso y disfrute de su mujer y el resto para nuestra hija. Ellos actualmente viven de alquiler y la otra vivienda es una segunda vivienda de propiedad de ambos (que en la disolución, pasará a ser de él). Es decir, ¿esa mujer se quedaría con la vivienda solo para su uso? ¿Mi hija podría reclamar la venta y que ella no pudiera vivir en esta casa?
Esto es mas complicado de lo que pensaba.
25/09/2018 15:22
Runa69
Gracias a todos por vuesttras respuestas.
Eso hare lo comentare con mi abogada. De todas formas mañana me han citado en el juzgado para valorar las pruebas que presente en la denuncia, asi que ya vere si dictan sentencia firme o lo envian a lo penal, o lo absuelven porque ya no confio en nada la verdad.
25/09/2018 15:25
Runa69
Si hacéis la disolución de gananciales y te quedas tú con la casa en la que vives, y la otra para él, la tuya será ya solo tuya pase lo que pase, en pleno dominio, nadie te tocará nada, y cuando fallezcas en principio será para tu hija. Si falleciera antes, se haría la disolución de gananciales y sería lógico que esta fuera para ti, y sería exactamente igual. Por el otro lado, la vivienda que será de él, cuando fallezca, se sumará al resto de propiedades que tenga para determinar la masa hereditaria. De todo eso, y no solo de esa vivienda, a su mujer le corresponderá el usufructo de 1/3, salvo que tu ex decida dejarle algo más en testamento. Ese usufructo podrá ser sobre esa vivienda, o sobre otros bienes que tenga, según se diga en testamento o se decida en el reparto. Si no tiene más bienes, lógicamente será sobre esa vivienda, en cuyo caso tendría una parte del derecho de uso de la vivienda, no el derecho de uso exclusivo al no tener el 100% del usufructo. Y por último, y salvo que tu ex dijera lo contrario en el testamento, tu hija tendría la opción de pagar el valor del usufructo y quedarse con la casa en pleno dominio (art. 839 del CC), eso según acordaran ella y la mujer de su padre.
25/09/2018 22:25
paquito xocolatero
Millones de gracias por todas las aclaraciones. De corazon