supongo que ya se te habrá ocurrido, pero, por si las moscas, habla con el abogado del hermano de tu cliente e intenta destruir a través de él la condición de vivienda familiar. (si son hermanos, supongo que se llevarán bien y no habrá muchos problemas)
Muchas gracias. Yo no estuve cuando le atribuyeron el domicilio familiar a ella pero ahora que se tramita el divorcio, si que puedo entrar como tercero no?
Pues la verdad es que si habían abandonado el domicilio hacía un año y estaba viviendo en el mismo tu cliente, no entiendo cómo han podido atribuirle el uso y disfrute, pues supongo que durante ese año habrán estado viviendo en otro domicilio bien juntos bien por separado y era suficiente probar ésto para destruir la presunción de domicilio familiar del inmueble. Si el marido separado era tenía derecho a una cuarta parte del inmueble, si es propietario, y estaríamos ante una comunidad de bienes. Ahora además, tendrás el problema de que si esa cuarta parte pertenece a la sociedad de gananciales, váis a tener un follón impresionante si queréis vender el piso a un tercero porque debéis contar con ella también o esperar a que liquiden la sociedad. Si es privativa, sería acordar entre las cuatro partes la venta del piso a un tercero para que éste pueda actuar como tenga a bien. Al menos, tendréis el dinero en mano. Otra solución es intentar llegar a un acuerdo ofreciéndole dinero a ella para que renuncie a ese derecho y se marche del piso. En fin, la solución es complicada. Un saludo.
Mi cliente propietario de vivienda, poseedor con sus padres acoge durante un año a su cuñada y hermano. Un favor en precario de una habitación.
El matrimonio discute, se van y un año después mi cliente y sus padres y los niños de éstos son desalojados por medidas provisionales, atribucuión de domicilio familiar a la excuñada.
Interpongo el precario y me lo tumban por un detalle importante que he olvidado. El cuñado y marido era titular de la cuarta parte indivisa de la casa pero no propietario-nunca pagó nada-. Cuando olieron los problemas mi cliente le dijo a su hermano que ya que no pintaba nada en aquella casa así que le pidió que le vendiera su parte y desapareciera de ésto. El juez del precario ha visto mala fe y por eso tumba la sentencia.
Bien, mis clientes continúan en la calle y ahora se tramita el divorcio.
Mi pregunta es: no pueden mi cliente "personarse" en un procedimiento que le es ajeno y que le van el domicilio familiar a una excuñada cuando ES SU DOMICILIO FAMILIAR?