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Divorcio y pension

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Divorcio y pension
28/12/2002 16:42
Estoy casada por segunda vez hace 10 años con nacionalidad española hace 8. Mi marido estaba tramitando su divorcio cuando me conocio. Yo no tengo renta y el una pension de 512 Euros/mes. Estoy planteando el divorcio porque no tengo libertad para visitar mis familiares y los celos son tremendos,las decisiones las toma sempre el y casi nunca acepta las mias. Vivimos en una casa construida hace poco en un terreno heredado por el de sus padres. En caso de divorcio que podria quedarme de pension, una vez que no tengo renta o casa para vivir ? Se posible informarme como quedaria una finca comprada por el en Sudamerica cuando ya estabamos casados.
18/05/2003 19:53
Al margen de tus sentimientos, deduzco que tu problema principal para resolver el caso es la falta de recursos económicos, que te impide abandonar el domicilio conyugal para optar por la separación de hecho. Si así es, no vas a poder pedir el divorcio, sino solamente la separación legal, puesto que no ha habido tal separación de hecho previa. Además, deberás de fundar la separación en los motivos que citas, que, por otra parte, pueden resultar de difícil prueba.
En cuanto a los efectos patrimoniales de la hipotética separación, parto de la presunción de que tu matrimonio se encuentra en el régimen de gananciales. En tal caso, has de saber que la finca heredada por tu marido no es un bien ganancial, sino un bien privativo suyo, lo mismo que la casa edificada sobre ella, incluso en el supuesto, bastante probable, de haya sido pagada con dinero ganancial(por regla general, el dinero obtenido por ambos cónyuges mientras dura el matrimonio); no obstante, en tal caso, tú tendrías un derecho de reembolso sobre la mitad las cantidades empleadas en la construcción de dicha casa(art.1359 Código civil).
Distinto puede ser el caso de la finca comprada en Sudamérica cuando ya estabais casados. Dices que fue “comprada por él”; pero ello no significa que sea un bien privativo, ni siquiera, en mi opinión, en el caso de que esté escriturada a su nombre. Al contrario, si ha sido pagada con dinero ganancial, la finca también es ganancial. Por excepción, podrá ser privativa si, habiendo sido comprada a plazos, el primer desembolso es privativo; pero en tal caso, habría un derecho de reembolso si los plazos posteriores hubiesen sido satisfechos con dinero ganancial.
Por último, tendrás derecho a pensión si, como parece ser tu caso, la separación te causa, en términos legales bastante comprensibles, un “desequilibrio económico” en relación con la posición de tu marido.
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28/12/2002 16:42
Estoy casada por segunda vez hace 10 años con nacionalidad española hace 8. Mi marido estaba tramitando su divorcio cuando me conocio. Yo no tengo renta y el una pension de 512 Euros/mes. Estoy planteando el divorcio porque no tengo libertad para visitar mis familiares y los celos son tremendos,las decisiones las toma sempre el y casi nunca acepta las mias. Vivimos en una casa construida hace poco en un terreno heredado por el de sus padres. En caso de divorcio que podria quedarme de pension, una vez que no tengo renta o casa para vivir ? Se posible informarme como quedaria una finca comprada por el en Sudamerica cuando ya estabamos casados.
18/05/2003 19:53
Al margen de tus sentimientos, deduzco que tu problema principal para resolver el caso es la falta de recursos económicos, que te impide abandonar el domicilio conyugal para optar por la separación de hecho. Si así es, no vas a poder pedir el divorcio, sino solamente la separación legal, puesto que no ha habido tal separación de hecho previa. Además, deberás de fundar la separación en los motivos que citas, que, por otra parte, pueden resultar de difícil prueba.
En cuanto a los efectos patrimoniales de la hipotética separación, parto de la presunción de que tu matrimonio se encuentra en el régimen de gananciales. En tal caso, has de saber que la finca heredada por tu marido no es un bien ganancial, sino un bien privativo suyo, lo mismo que la casa edificada sobre ella, incluso en el supuesto, bastante probable, de haya sido pagada con dinero ganancial(por regla general, el dinero obtenido por ambos cónyuges mientras dura el matrimonio); no obstante, en tal caso, tú tendrías un derecho de reembolso sobre la mitad las cantidades empleadas en la construcción de dicha casa(art.1359 Código civil).
Distinto puede ser el caso de la finca comprada en Sudamérica cuando ya estabais casados. Dices que fue “comprada por él”; pero ello no significa que sea un bien privativo, ni siquiera, en mi opinión, en el caso de que esté escriturada a su nombre. Al contrario, si ha sido pagada con dinero ganancial, la finca también es ganancial. Por excepción, podrá ser privativa si, habiendo sido comprada a plazos, el primer desembolso es privativo; pero en tal caso, habría un derecho de reembolso si los plazos posteriores hubiesen sido satisfechos con dinero ganancial.
Por último, tendrás derecho a pensión si, como parece ser tu caso, la separación te causa, en términos legales bastante comprensibles, un “desequilibrio económico” en relación con la posición de tu marido.