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doble juicio

53 Comentarios
Viendo 1 - 20 de 53 comentarios
16/04/2007 18:46
Si no se ha planteado como una cuestion de previo pronunciamiento, en la forma que ya le indique al inicio del post, tendrá su letrado que reproducir la cuestión al inicio del juicio oral o plenario, lo que implica que usted inevitablemente tendrá que ir a juicio.
16/04/2007 16:52
en la sentencia que tuve en el extranjero era condenado a prision, tras los recursos y demostrara que nada tenia que ver con esos hechos como puse an anteriores ocasiones resulte absuelto, ahoira piden igualmente prision, no se que hacer de verdad, es una situacion que ya he pasado, y lo he pasado muy mal, ahora volvemos a lo mismo, que puede suceder, no hay manera de dejar este tema solucionado como quedo en el otro tribunal, cuantas veces tiene una persona que pasar por lo mismo, no lo entiendo.
16/04/2007 16:46
si es cierto que lo han estimado como cosa juzgada quiere decir que no puedo ser juzgado de nuevo por esos mismos hechos, y si es asi porque he de ir de nuevo a juicio, ya pase hace un tiempo por estos mismos hechos por esa situacion, estuve muy mal, y ahora de nuevo lo mismo, sinceramente me encuentro muy mal, yo solo trabajo y procuro sacar a mi familia adelante, y estoy empezando a entrar en una situacion depresiva pues me encuentro muy mal, no puedo hacer algo para acabar con esto de una vez.
11/04/2007 16:21
Esta claro que si lo han unido al sumario habrian de estimar la cosa juzgada. Lo que tambien parece claro es que su abogado lo va a tener que alegar en la oportuna vista oral y usted aguantar el tiron del juicio.
11/04/2007 15:58
que opinion os merece todo esto
10/04/2007 13:16
pues no se la verdad, yo simplemente me dirigi a los organos antes citados y no se como ni de que manera este hombre se entera de todo lo que llega a estos organismos, es mas creo que hasta tiene copia de todo, no se porque tiene este empeño en querer implicarme en sus asuntos, tal vez por retrasar sus responsabilidades, no se, hace tiempo ya le denuncie por amenazas ante la guardia civil y no paso nada, tiempo despues declare ante el mismo cuerpo dando datos de un delito que este señor habia cometido y del cual yo conocia algunos datos y al dia siguiente de estar yo en la guardia civil se me presento con las amenazas antes citadas en mi domicilio, supongo que deberia haber sido secreto esa declaracion, pero parece ser que esta persona tiene un brazo largo.
entiendo igualmente que si han unido a sumario lo que yo he facilitado a la audiencia es porque lo han estimado valido y tal vez puede ayudarme a salir de este lio.
muchas gracias.
10/04/2007 12:50
Pero vamos a ver, esta persona como se ha enterado de esto?

Oiga, telefono, y por que no lo denuncia por amenazas? Porque el que dispara primero es el que gana, y si usted cuenta con una denuncia por estos hechos, se blinda de posibles sorpresitas de este individuo.
10/04/2007 10:01
buenos dias, como continuacion de este tema os comento que me dirigi tanto al juzgado como a la audiencia dandoles copia de la anterior sentencia asi como de los datos que en su dia aporte al tribunal que dicto la citada sentencia, entiendo que dicho documento y explicacion fue aportada al sumario, puesto que seguidamente recibo llamada del individuo resposable de estas sociedades en la cual mas o menos viene a decirme que deje de "dar explicaciones" al juzgado, puesto que sino me intentara complicar la vida, por ejemplo aportando testimonios de personas que nada tienen que ver con esta historia y que practicamente yo ni siquiera conozco, aparte me indica que va a solicitar un careo conmigo.
que es lo que pretende este hombre si el era y es el titular de estas sociedades y yo nada tengo que ver con las mismas, es un modo de intimidacion o que.
gracias
10/04/2007 09:54
buenos dias, siguiendo con este tema, os informo que me dirigi tanto al juzgado como a la audiencia dandoles copia de la sentencia ya existente y exponiendo que nada soy ni nada tengo que ver con estas sociedades instandoles a que lo pueden comprobar asi como dando los comentarios que en el juzgado extranjero ya aporte, mi sorpresa, es que debido a que entiendo que estos documentos se han aportado al sumario,. recibo llamadas telefonicas del individuo responsable de estas sociedades en las cuales mas o menos viene a decirme que si no dejo de "dar explicaciones" al juzgado se preocuparia de "complicarme", alegando mas o menos a que aportaria personas en mi contra, que sinceramente nada tienen que ver con este asunto y que practicamente yo ni siquiera conozco.
no se porque esta persona quiere complicarme de esta manera, nada tengo que ver con sus actividades y eso creo esta probado, pero sinceramente no se que hacer.
15/03/2007 18:07
Me da la sensacion, telefono, que va a tener que ir usted a juicio y su letrado reproducir la cuestion en el plenario. No tiene por que agobiarse, porque si ya ha sido juzgado y lo puede demostrar, como es su caso, todo terminara en una absolucion.

Mucha suerte!!!
14/03/2007 16:11
el abogado, cuando solicitaron del juzgado de instruccion la calificacion por parte de los abogados, presnto el mismo alegando que estos hechos ya habia sido juzgado y que en caso de que fuera preciso solicitaran al juzgado extranjero el expediente para probar dicha informacion, aporto copia de la sentencia extranjera, aunque tambien la habia yo enviado personalmente, desde entonces nada mas que ahora desde audiencia solicitan el nombramiento de procurador, asi esta ahora todo.
13/03/2007 20:12
A ver, en este caso concreto la nulidad de actuaciones no es el vehiculo o vía adecuada para solucionar su problema, a mi humilde juicio.

Por cierto, telefono, no se preocupe. Sigo sin saber y espero que me lo diga pronto si se ha enterado usted ya si se solicito en su momento procesal oportuno se pronunciara el juzgado de instruccion acerca de la concurrencia de una posible cuestion de previo pronunciamiento, en su caso la cosa juzgada.

Quedamos en que usted lo iba a preguntar. Lo ha hecho ya? Le agradeceria esta informacion para poder seguir orientandole.

Un saludo.
13/03/2007 16:25
algo nuevo se me puede aportar a todo esto, gracias
08/03/2007 11:17
hola, veo en el post de CH, nulidadde actuaciones, algo que creo parecido a mi caso, que pretenden juzgar a alguien que ha sido ya sentenciado, a ver si me podria dar alguna luz sobre el tema, gracias
08/03/2007 09:28
maica, en el sentido que indicas puedo yo hacer algo ahora, o bien indicarme de algo u orientarme de algun modo
08/03/2007 00:01
Yo entiendo que si, que se tendría que aplicar, como se hace con otros articulos. Es totalmente absurdo ir a un juicio cuando concurre una causa de previo pronunciamiento. Primero habria que resolver ésta y si luego ésta resulta que no concurría montamos la bacanal, citamos a testigos, peritos y quien haga falta y celebramos juicio. Si no fuera asi, a mi juicio, esto iria en contra del principio de economia procesal y en tirar la gestion de la administracion de justicia por la ventana.

Que sentido tiene celebrar un juicio si habia cosa juzgada!!! Tambien se aplican otros articulos del sumario al P.A. Este con mas razon, a mi juicio. De hecho yo la presentaria. Y de hecho lo voy a hacer pronto. Ya os lo contare, pero me parece que ir a juicio y celebrar las sesiones de todo un plenario para luego resolver que concurria una causa de previo pronunciamiento y que no procedia entrar en el fondo del asunto .... no me parece de recibo.

Mi opinion personal.
07/03/2007 11:14
Maicavasco, estás segura que el PA se pueden plantear artículos de previo pronunciamiento en J. Instrucción?? Yo creo que no. La regulación del 666 y ss se refiere al Sumario, pero no estoy seguro que sea aplicable subsidiariamente al P.A., sino que en este debemos irnos al 784, donde nada dice de art. de previo pronunciamiento, y al 786, que es donde se ventilan.

Es que mi opinión es que nada puede hacer hasta la celebración del J. Oral.Escritos los que quiera, pero la Sala que ha de resolver no se mirará las actuaciones hasta que llegue el día del juicio.

Salvo mejor criterio.
07/03/2007 10:53
existe alguna manera de solucionar este tema prejudicialmente, si fuera asi de que modo y si alguien ya hablando profesional y laboralmente hablando me lo podria hacer, quiero ya dejarlo solucionado, quiero vivir tranquilo y dejar esto aclarado de una vez, si alguien puede y quiere, espero sus noticias
07/03/2007 09:40
buenos dias, no se si servira para algo el escrito que he mandado tanto al juzgado instruccion como a la audiencia, en el mismo yo hacia mencion a que se considerara como cosa juzgada este asunto, cierto es que en la notificacion que me han entregado hacen constar que los autos quedan paralizados hasta cuanto el juzgado instruccion resuelva dos recursos de apelacion que se habian presentado y que nop se habian resuelto.
del abogado que en su dia se nombvro de oficio, no se absolutamente nada, me llamo cuando habia que hacer calificacion de los hechos en el j. de instruccion, lo cual si que se que hizo en base a la sentencia ya existente, pero no he vuelto a saber de el nada.
ahora mismo veo que mi situacion es que me voy a tener que enfrentar a un juicio, por algo que no he hecho y que ya he demnostrado ante otro tribunal, y hacer frente a unos perjuicios muy enormes creo que sintener por que.
puedo yo hacer algo personalmente para buscar una solucion.
06/03/2007 17:26
Efectivamente, lo que yo sospechaba, esto es un procedimiento abreviado.

Lo cierto y verdad es que se tendría que haber alegado dentro de los tres días siguientes al traslado para presentar el escrito de defensa y según la ley de enjuiciamiento criminal resolvería el juez de instrucción.

Pero como ahora desconozco lo que ha pasado, porque los autos ya están en la audiencia, teléfono, no se preocupe, pero si se perdió esa opotunidad procesal, no le va a quedar más remedio que celebrar el juicio y alegarlo entonces.

De todas formas, sigue pendiente la petición que le hice. Puede preguntarle al abogado si se planteó esta cuestión de previo pronunciamiento dentro del plazo de tres días que le comento?

Gracias y un abrazo.
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16/04/2007 18:46
Si no se ha planteado como una cuestion de previo pronunciamiento, en la forma que ya le indique al inicio del post, tendrá su letrado que reproducir la cuestión al inicio del juicio oral o plenario, lo que implica que usted inevitablemente tendrá que ir a juicio.
16/04/2007 16:52
en la sentencia que tuve en el extranjero era condenado a prision, tras los recursos y demostrara que nada tenia que ver con esos hechos como puse an anteriores ocasiones resulte absuelto, ahoira piden igualmente prision, no se que hacer de verdad, es una situacion que ya he pasado, y lo he pasado muy mal, ahora volvemos a lo mismo, que puede suceder, no hay manera de dejar este tema solucionado como quedo en el otro tribunal, cuantas veces tiene una persona que pasar por lo mismo, no lo entiendo.
16/04/2007 16:46
si es cierto que lo han estimado como cosa juzgada quiere decir que no puedo ser juzgado de nuevo por esos mismos hechos, y si es asi porque he de ir de nuevo a juicio, ya pase hace un tiempo por estos mismos hechos por esa situacion, estuve muy mal, y ahora de nuevo lo mismo, sinceramente me encuentro muy mal, yo solo trabajo y procuro sacar a mi familia adelante, y estoy empezando a entrar en una situacion depresiva pues me encuentro muy mal, no puedo hacer algo para acabar con esto de una vez.
11/04/2007 16:21
Esta claro que si lo han unido al sumario habrian de estimar la cosa juzgada. Lo que tambien parece claro es que su abogado lo va a tener que alegar en la oportuna vista oral y usted aguantar el tiron del juicio.
11/04/2007 15:58
que opinion os merece todo esto
10/04/2007 13:16
pues no se la verdad, yo simplemente me dirigi a los organos antes citados y no se como ni de que manera este hombre se entera de todo lo que llega a estos organismos, es mas creo que hasta tiene copia de todo, no se porque tiene este empeño en querer implicarme en sus asuntos, tal vez por retrasar sus responsabilidades, no se, hace tiempo ya le denuncie por amenazas ante la guardia civil y no paso nada, tiempo despues declare ante el mismo cuerpo dando datos de un delito que este señor habia cometido y del cual yo conocia algunos datos y al dia siguiente de estar yo en la guardia civil se me presento con las amenazas antes citadas en mi domicilio, supongo que deberia haber sido secreto esa declaracion, pero parece ser que esta persona tiene un brazo largo.
entiendo igualmente que si han unido a sumario lo que yo he facilitado a la audiencia es porque lo han estimado valido y tal vez puede ayudarme a salir de este lio.
muchas gracias.
10/04/2007 12:50
Pero vamos a ver, esta persona como se ha enterado de esto?

Oiga, telefono, y por que no lo denuncia por amenazas? Porque el que dispara primero es el que gana, y si usted cuenta con una denuncia por estos hechos, se blinda de posibles sorpresitas de este individuo.
10/04/2007 10:01
buenos dias, como continuacion de este tema os comento que me dirigi tanto al juzgado como a la audiencia dandoles copia de la anterior sentencia asi como de los datos que en su dia aporte al tribunal que dicto la citada sentencia, entiendo que dicho documento y explicacion fue aportada al sumario, puesto que seguidamente recibo llamada del individuo resposable de estas sociedades en la cual mas o menos viene a decirme que deje de "dar explicaciones" al juzgado, puesto que sino me intentara complicar la vida, por ejemplo aportando testimonios de personas que nada tienen que ver con esta historia y que practicamente yo ni siquiera conozco, aparte me indica que va a solicitar un careo conmigo.
que es lo que pretende este hombre si el era y es el titular de estas sociedades y yo nada tengo que ver con las mismas, es un modo de intimidacion o que.
gracias
10/04/2007 09:54
buenos dias, siguiendo con este tema, os informo que me dirigi tanto al juzgado como a la audiencia dandoles copia de la sentencia ya existente y exponiendo que nada soy ni nada tengo que ver con estas sociedades instandoles a que lo pueden comprobar asi como dando los comentarios que en el juzgado extranjero ya aporte, mi sorpresa, es que debido a que entiendo que estos documentos se han aportado al sumario,. recibo llamadas telefonicas del individuo responsable de estas sociedades en las cuales mas o menos viene a decirme que si no dejo de "dar explicaciones" al juzgado se preocuparia de "complicarme", alegando mas o menos a que aportaria personas en mi contra, que sinceramente nada tienen que ver con este asunto y que practicamente yo ni siquiera conozco.
no se porque esta persona quiere complicarme de esta manera, nada tengo que ver con sus actividades y eso creo esta probado, pero sinceramente no se que hacer.
15/03/2007 18:07
Me da la sensacion, telefono, que va a tener que ir usted a juicio y su letrado reproducir la cuestion en el plenario. No tiene por que agobiarse, porque si ya ha sido juzgado y lo puede demostrar, como es su caso, todo terminara en una absolucion.

Mucha suerte!!!
14/03/2007 16:11
el abogado, cuando solicitaron del juzgado de instruccion la calificacion por parte de los abogados, presnto el mismo alegando que estos hechos ya habia sido juzgado y que en caso de que fuera preciso solicitaran al juzgado extranjero el expediente para probar dicha informacion, aporto copia de la sentencia extranjera, aunque tambien la habia yo enviado personalmente, desde entonces nada mas que ahora desde audiencia solicitan el nombramiento de procurador, asi esta ahora todo.
13/03/2007 20:12
A ver, en este caso concreto la nulidad de actuaciones no es el vehiculo o vía adecuada para solucionar su problema, a mi humilde juicio.

Por cierto, telefono, no se preocupe. Sigo sin saber y espero que me lo diga pronto si se ha enterado usted ya si se solicito en su momento procesal oportuno se pronunciara el juzgado de instruccion acerca de la concurrencia de una posible cuestion de previo pronunciamiento, en su caso la cosa juzgada.

Quedamos en que usted lo iba a preguntar. Lo ha hecho ya? Le agradeceria esta informacion para poder seguir orientandole.

Un saludo.
13/03/2007 16:25
algo nuevo se me puede aportar a todo esto, gracias
08/03/2007 11:17
hola, veo en el post de CH, nulidadde actuaciones, algo que creo parecido a mi caso, que pretenden juzgar a alguien que ha sido ya sentenciado, a ver si me podria dar alguna luz sobre el tema, gracias
08/03/2007 09:28
maica, en el sentido que indicas puedo yo hacer algo ahora, o bien indicarme de algo u orientarme de algun modo
08/03/2007 00:01
Yo entiendo que si, que se tendría que aplicar, como se hace con otros articulos. Es totalmente absurdo ir a un juicio cuando concurre una causa de previo pronunciamiento. Primero habria que resolver ésta y si luego ésta resulta que no concurría montamos la bacanal, citamos a testigos, peritos y quien haga falta y celebramos juicio. Si no fuera asi, a mi juicio, esto iria en contra del principio de economia procesal y en tirar la gestion de la administracion de justicia por la ventana.

Que sentido tiene celebrar un juicio si habia cosa juzgada!!! Tambien se aplican otros articulos del sumario al P.A. Este con mas razon, a mi juicio. De hecho yo la presentaria. Y de hecho lo voy a hacer pronto. Ya os lo contare, pero me parece que ir a juicio y celebrar las sesiones de todo un plenario para luego resolver que concurria una causa de previo pronunciamiento y que no procedia entrar en el fondo del asunto .... no me parece de recibo.

Mi opinion personal.
07/03/2007 11:14
Maicavasco, estás segura que el PA se pueden plantear artículos de previo pronunciamiento en J. Instrucción?? Yo creo que no. La regulación del 666 y ss se refiere al Sumario, pero no estoy seguro que sea aplicable subsidiariamente al P.A., sino que en este debemos irnos al 784, donde nada dice de art. de previo pronunciamiento, y al 786, que es donde se ventilan.

Es que mi opinión es que nada puede hacer hasta la celebración del J. Oral.Escritos los que quiera, pero la Sala que ha de resolver no se mirará las actuaciones hasta que llegue el día del juicio.

Salvo mejor criterio.
07/03/2007 10:53
existe alguna manera de solucionar este tema prejudicialmente, si fuera asi de que modo y si alguien ya hablando profesional y laboralmente hablando me lo podria hacer, quiero ya dejarlo solucionado, quiero vivir tranquilo y dejar esto aclarado de una vez, si alguien puede y quiere, espero sus noticias
07/03/2007 09:40
buenos dias, no se si servira para algo el escrito que he mandado tanto al juzgado instruccion como a la audiencia, en el mismo yo hacia mencion a que se considerara como cosa juzgada este asunto, cierto es que en la notificacion que me han entregado hacen constar que los autos quedan paralizados hasta cuanto el juzgado instruccion resuelva dos recursos de apelacion que se habian presentado y que nop se habian resuelto.
del abogado que en su dia se nombvro de oficio, no se absolutamente nada, me llamo cuando habia que hacer calificacion de los hechos en el j. de instruccion, lo cual si que se que hizo en base a la sentencia ya existente, pero no he vuelto a saber de el nada.
ahora mismo veo que mi situacion es que me voy a tener que enfrentar a un juicio, por algo que no he hecho y que ya he demnostrado ante otro tribunal, y hacer frente a unos perjuicios muy enormes creo que sintener por que.
puedo yo hacer algo personalmente para buscar una solucion.
06/03/2007 17:26
Efectivamente, lo que yo sospechaba, esto es un procedimiento abreviado.

Lo cierto y verdad es que se tendría que haber alegado dentro de los tres días siguientes al traslado para presentar el escrito de defensa y según la ley de enjuiciamiento criminal resolvería el juez de instrucción.

Pero como ahora desconozco lo que ha pasado, porque los autos ya están en la audiencia, teléfono, no se preocupe, pero si se perdió esa opotunidad procesal, no le va a quedar más remedio que celebrar el juicio y alegarlo entonces.

De todas formas, sigue pendiente la petición que le hice. Puede preguntarle al abogado si se planteó esta cuestión de previo pronunciamiento dentro del plazo de tres días que le comento?

Gracias y un abrazo.