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Documento fehacientemente a morosos

9 Comentarios
 
25/05/2012 14:35
Si en convocatoria Extraordinaria la puedes realizar el sábado como indicas siempre que todos los propietarios estén informados ya que sois solo doce, esto resulta sencillo, pero tiene que convocarse con el Orden del Día de los asuntos a tratar o asunto si solo se trata de iniciar las acciones para cobrar la deuda.
25/05/2012 13:57

De forma individual.
Se tiene que hacer un escrito Certificando el acuerdo del total de la deuda vencida a cada propietario moroso firmado por el presidente ya que a su vez es secretario.
Los morosos tienen voz pero no voto en la reunión.
Tienes que tener las cosas claras antes de la reunión y convocar una reunión con seis días de antelación con un Orden del día de los asuntos a tratar.
Hay que hacer las cosas bien.
25/05/2012 12:31
Muchas gracias por su buena explicación josembaigorri


- Lamentablemente no existe libro de cuentas
¿Como de ve ser o se debe reflejar las cuentas en ese libro (solo ingreso, solo gastos, todo junto?
He visto en algún acta que hacen referencia al gasto ocasionado de la reparación de la puerta del garaje.

- Lamentablemente no se pasa el RECIVO DE LA CUOTA comunitaria a los vecinos, en la primera reunión
de forma verbal, sin exponerla en el libro de acta, se comento que cada vecino, realizaría el ingreso
en el banco de la cuota de forma mensual, unos pocos vecinos lo pagan por trasferencia, el resto lo realiza
ingresando el dinero en el banco en el mes entrante, otros pagan de forma trimestral,
y algunos solo pagan el 30% de la cuota anual…
¿Este tipo de pago no esta reflejarlo en el libro de actas, "crees que hay que exponerlo"?


- He pasado muchas horas revisando los ingresos efectuado al banco de cada vecino y el resultado
es que hay 3 vecinos que deben a la comunidad 5 años de su cuota de pago comunitario…


- En los cargos de la junta de gobierno, estoy yo solo como presidente y creo que tengo que hacer de Administrador,
(No han querido ser ningún vecino de vicepresidente, secretario y Administrador)


- Entiendo que hay que realizar un documento que exponga lo que debe cada vecino
¿de forma individual o colectiva?
este documento es el que será el ACTA DE CERTIFICADO (para entregar al Juzgado como demanda)
¿En este documento quien debe firmar yo solo o los asistentes a la junta de vecinos que no son morosos?
¿Este documento si se presentan en la reunión los morosos los pueden firmar, como conforme?
- Entiendo que este documento es el que hay que entregar al vecino moroso, ¿es correcto o hay que realizar otro documento de notificación a los morosos?



- Para mañana sábado he convocado una reunión ¿que debo hacer antes?


Un saludo
25/05/2012 10:34
Esto es solo como guía tú la adaptas a tus necesidades. Así supongo lo veras mas fácil

ACTA DE JUNTA DE PROPIETARIOS APROBANDO LIQUIDACIÓN DE DEUDA Y RECLAMACIÓN A PROPIETARIO DEUDOR


D............................................................... Piso .............. Cuota .............%
D............................................................... Piso .............. Cuota .............%
D............................................................... Piso ................Cuota ............%
D............................................................... Piso................ Cuota.............%


En la población de ........................, siendo las ................... horas del día ........ de............ de................, en el local ..........., de la calle ..........................., nº......, se reúnen en Junta General Extraordinaria los Sres. relacionados más arriba, bajo la presidencia de D. ............................., actuando como secretario D................................., con arreglo al orden del día fijado en la convocatoria, que se desarrolló como sigue:

PUNTO ÚNICO.- A la vista de las cuentas aprobadas por esta junta, se comprueba que el propietario del piso .......... ha dejado de abonar los recibos que se indican a continuación:
.....................................................................................................................
.....................................................................................................................
.....................................................................................................................
.....................................................................................................................
.....................................................................................................................


Se delibera y aprueba la liquidación de la deuda, que será comunicada por el Secretario, facultando al presidente para que, en el caso de que en el plazo de .......... días no se haya puesto la cantidad adeudada a disposición de la comunidad, proceda judicialmente, a cuyo fin podrá nombrar Abogados y Procuradores.

Y no habiendo más asuntos que tratar, leídos los acuerdos tomados, firman los asistentes y se levanta la sesión, siendo las ....... horas.


……………………., ……….. de …….…. de 20…….

25/05/2012 10:26
Tendrás que consultar el libro de cuentas y hacer las cuentas con las cantidades que adeudan, para presentarlas en la reunión de la Junta de propietarios, que debes convocar a fin de que las deudas vencidas estén al día de la fecha, ya que una vez que presentes la demanda en el juzgado no se puede reclamar deudas posteriores en ese monitorio. Supongo que la comunidad tendrá libro de cuentas.

Una vez tengas cerradas las cuentas a una fecha, en la Junta la que tiene que aprobarla y Certificarla, pero como te indico se tiene que aprobar y Certificar en la fecha más próxima a la demanda.

En la misma reunión la Junta te vuelva a dar poderes ya que en su día no se cumplió con el acuerdo.
Si vas a llevar el tema al juzgado infórmate antes en el mismo de los requisitos que tienes que hacer, antes de presentar al demanda, el secretario del juzgado te informara.

En la Junta una vez tengas las cuentas con las cantidades adeudadas vencidas de los 5 años de cada propietario, en la reunión las aprobáis y Certificáis, (La Junta de propietarios Certifica que don x propietario del piso x adeuda la cantidad de x a la comunidad de propietarios ¿ nombre? de la comunidad), esta cantidad es de fecha x a fecha x.
24/05/2012 20:42
Hola josembaigorri

La comunidad se creo hace 7 años, las actas creo que se han redactado mal, solo expone los cuerdos (poner la TDT, realizar la limpieza de la comunidad, reparar la puerta del garaje y cosas similares) y alguna vez hace referencia que el vecino tal, debe la cantidad xxx dinero y se le notifica que tiene pendiente el pago de los años xx

El la ultima acta (que yo no era presidente) hace referencia a:
Reunidos los vecinos Acuerdan: Se acuerda reclamar judicialmente a las vecinos ZZZ, KKK y WWW, las cuotas que debe xxx xxx hasta el día de la fecha. Facultando al presidente para firmar todos los papeles y documentación necesaria.
Pregunto
6 - ¿Los poderes otorgados al presidente Anterior, pueden valer para mí como presidente entrante?
7 - ¿No hay nada reflejado de las "cuentas anuales" de los ejercicios anteriores, como las reflejo yo?
8 - ¿Cómo se realiza el acuerdo del total de la deuda de cada propietario moroso en la Junta?

24/05/2012 19:53
Bueno hablas de 5 años de deuda, que ha ocurrido con las cuentas anuales se aprobaron en Junta de propietarios reflejando las deudas en las Actas, si se arrastra la deuda de varios ejercicios y esta cuantificada en las Actas, hay que convocar una reunión de la Junta de propietarios y acordar el total de la deuda de cada propietario moroso hasta la fecha, según la contabilidad de la comunidad la misma Junta Certifica la deuda en el Acta correspondiente. También en esta reunión hay que dar poderes al presidente para pleitos si vais a demandar.

El secretario que supongo que también es el presidente hará un escrito reflejando la Certificación y la cuantía, dirá que en la reunión del día x se cuantifico la deuda se Certifico lo cual se comunica por escrito al interesado dando un plazo de x días, para que abone la deuda caso de no hacerlo la comunidad demandara a los morosos. Este escrito se debe entregar a cada uno de los morosos individualmente.

Un monitorio es un procedimiento abreviado para cobrar las deudas, se pone en el juzgado, como no creo que la cuantía exceda del mínimo no hace falta abogado ni procurador. Pero debes de saber que si es conveniente el tenerlos, ya que te veo muy perdido, si el juicio sale bien lo más probable es que recuperes los gastos ocasionados la deuda.

Puedes informarte en el juzgado hay documentos para rellenar, pero ten en cuenta que es mejor un acuerdo que un juicio. La situación económica de muchas familias no está muy boyante, así que si se puede ir cobrando poco a poco, en fin es vuestra decisión.
24/05/2012 19:28
Gracias por su rápida contestación josembaigorri

• La comunidad es muy pequeña de 12 vecinos
• Los Presidentes anteriores han intentado que paguen, pero ellos dicen que no tiene dinero
y alguna vez han pagado el 30% de la deuda anual... pero últimamente no pagan nada...

Pregunta
4 - ¿Cómo o que hay que hacer para cualificar y Certificar la deuda?
5 - ¿cómo o que hay que hacer para poner un
5 -¿Qué es un Monitorio y como se puede realizar?

Un Saludo
24/05/2012 17:59
1ª No es suficiente ya que para hacer una reclamación de deuda, la Junta de propietarios debe cuantificar y Certificar la deuda y comunicársela a los morosos de forma fehaciente, la mejor forma es por burofax, con acuse de recibo y Certificado de contenido, si se va camino de poner un Monitorio.
2ª Las deudas en general prescriben a los 15 años.
3ª Como te indico en la 1ª hay que realizar unos pasos previos, cuantificar la deuda, Certificarla, notificarla y dar poderes para pleitos al presidente.
No indicas si es una comunidad grade o pequeña esto es importante por si hay que contratar abogado y procurador, para que defienda los derechos de la comunidad, si es grade hay más medios. El demandar siempre conlleva gastos, si es posible ver la forma de ir cobrando poco a poco.
Documento fehacientemente a morosos
24/05/2012 16:40
Hola, soy nuevo como Presidente de la comunidad, estoy sin Secretario y sin Administrador.
Las cuentas de la comunidad han estado sin revisión en los últimos 5 años…
he revisado las cuentas, veo que hay 3 vecinos que deben a la comunidad
5 años de su cuota de pago comunitario…
Les he entregado personalmente un escrito individual notificando el total de la deuda que deben a la comunidad.
Ellos amablemente me han firmado una copia del escrito de la notificación entregada. En ella han puesto su nombre, su firma y la fecha del día que la entregue.
Estos escritos los tengo en mi poder.
(Comentan que están en el paro y que no disponen de dinero…)

Preguntas:
1 - ¿Esta notificación puede valer como documento fehacientemente?
2 - ¿Puede caducar o prescribir la deuda con la comunidad?
3- ¿Con este escrito de notificación se puede demandar a los morosos?
4- ¿Cómo o que hay que realizar para demandar a estos vecinos deudores?

Saludos
Documento fehacientemente a morosos | PorticoLegal
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Documento fehacientemente a morosos

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25/05/2012 14:35
Si en convocatoria Extraordinaria la puedes realizar el sábado como indicas siempre que todos los propietarios estén informados ya que sois solo doce, esto resulta sencillo, pero tiene que convocarse con el Orden del Día de los asuntos a tratar o asunto si solo se trata de iniciar las acciones para cobrar la deuda.
25/05/2012 13:57

De forma individual.
Se tiene que hacer un escrito Certificando el acuerdo del total de la deuda vencida a cada propietario moroso firmado por el presidente ya que a su vez es secretario.
Los morosos tienen voz pero no voto en la reunión.
Tienes que tener las cosas claras antes de la reunión y convocar una reunión con seis días de antelación con un Orden del día de los asuntos a tratar.
Hay que hacer las cosas bien.
25/05/2012 12:31
Muchas gracias por su buena explicación josembaigorri


- Lamentablemente no existe libro de cuentas
¿Como de ve ser o se debe reflejar las cuentas en ese libro (solo ingreso, solo gastos, todo junto?
He visto en algún acta que hacen referencia al gasto ocasionado de la reparación de la puerta del garaje.

- Lamentablemente no se pasa el RECIVO DE LA CUOTA comunitaria a los vecinos, en la primera reunión
de forma verbal, sin exponerla en el libro de acta, se comento que cada vecino, realizaría el ingreso
en el banco de la cuota de forma mensual, unos pocos vecinos lo pagan por trasferencia, el resto lo realiza
ingresando el dinero en el banco en el mes entrante, otros pagan de forma trimestral,
y algunos solo pagan el 30% de la cuota anual…
¿Este tipo de pago no esta reflejarlo en el libro de actas, "crees que hay que exponerlo"?


- He pasado muchas horas revisando los ingresos efectuado al banco de cada vecino y el resultado
es que hay 3 vecinos que deben a la comunidad 5 años de su cuota de pago comunitario…


- En los cargos de la junta de gobierno, estoy yo solo como presidente y creo que tengo que hacer de Administrador,
(No han querido ser ningún vecino de vicepresidente, secretario y Administrador)


- Entiendo que hay que realizar un documento que exponga lo que debe cada vecino
¿de forma individual o colectiva?
este documento es el que será el ACTA DE CERTIFICADO (para entregar al Juzgado como demanda)
¿En este documento quien debe firmar yo solo o los asistentes a la junta de vecinos que no son morosos?
¿Este documento si se presentan en la reunión los morosos los pueden firmar, como conforme?
- Entiendo que este documento es el que hay que entregar al vecino moroso, ¿es correcto o hay que realizar otro documento de notificación a los morosos?



- Para mañana sábado he convocado una reunión ¿que debo hacer antes?


Un saludo
25/05/2012 10:34
Esto es solo como guía tú la adaptas a tus necesidades. Así supongo lo veras mas fácil

ACTA DE JUNTA DE PROPIETARIOS APROBANDO LIQUIDACIÓN DE DEUDA Y RECLAMACIÓN A PROPIETARIO DEUDOR


D............................................................... Piso .............. Cuota .............%
D............................................................... Piso .............. Cuota .............%
D............................................................... Piso ................Cuota ............%
D............................................................... Piso................ Cuota.............%


En la población de ........................, siendo las ................... horas del día ........ de............ de................, en el local ..........., de la calle ..........................., nº......, se reúnen en Junta General Extraordinaria los Sres. relacionados más arriba, bajo la presidencia de D. ............................., actuando como secretario D................................., con arreglo al orden del día fijado en la convocatoria, que se desarrolló como sigue:

PUNTO ÚNICO.- A la vista de las cuentas aprobadas por esta junta, se comprueba que el propietario del piso .......... ha dejado de abonar los recibos que se indican a continuación:
.....................................................................................................................
.....................................................................................................................
.....................................................................................................................
.....................................................................................................................
.....................................................................................................................


Se delibera y aprueba la liquidación de la deuda, que será comunicada por el Secretario, facultando al presidente para que, en el caso de que en el plazo de .......... días no se haya puesto la cantidad adeudada a disposición de la comunidad, proceda judicialmente, a cuyo fin podrá nombrar Abogados y Procuradores.

Y no habiendo más asuntos que tratar, leídos los acuerdos tomados, firman los asistentes y se levanta la sesión, siendo las ....... horas.


……………………., ……….. de …….…. de 20…….

25/05/2012 10:26
Tendrás que consultar el libro de cuentas y hacer las cuentas con las cantidades que adeudan, para presentarlas en la reunión de la Junta de propietarios, que debes convocar a fin de que las deudas vencidas estén al día de la fecha, ya que una vez que presentes la demanda en el juzgado no se puede reclamar deudas posteriores en ese monitorio. Supongo que la comunidad tendrá libro de cuentas.

Una vez tengas cerradas las cuentas a una fecha, en la Junta la que tiene que aprobarla y Certificarla, pero como te indico se tiene que aprobar y Certificar en la fecha más próxima a la demanda.

En la misma reunión la Junta te vuelva a dar poderes ya que en su día no se cumplió con el acuerdo.
Si vas a llevar el tema al juzgado infórmate antes en el mismo de los requisitos que tienes que hacer, antes de presentar al demanda, el secretario del juzgado te informara.

En la Junta una vez tengas las cuentas con las cantidades adeudadas vencidas de los 5 años de cada propietario, en la reunión las aprobáis y Certificáis, (La Junta de propietarios Certifica que don x propietario del piso x adeuda la cantidad de x a la comunidad de propietarios ¿ nombre? de la comunidad), esta cantidad es de fecha x a fecha x.
24/05/2012 20:42
Hola josembaigorri

La comunidad se creo hace 7 años, las actas creo que se han redactado mal, solo expone los cuerdos (poner la TDT, realizar la limpieza de la comunidad, reparar la puerta del garaje y cosas similares) y alguna vez hace referencia que el vecino tal, debe la cantidad xxx dinero y se le notifica que tiene pendiente el pago de los años xx

El la ultima acta (que yo no era presidente) hace referencia a:
Reunidos los vecinos Acuerdan: Se acuerda reclamar judicialmente a las vecinos ZZZ, KKK y WWW, las cuotas que debe xxx xxx hasta el día de la fecha. Facultando al presidente para firmar todos los papeles y documentación necesaria.
Pregunto
6 - ¿Los poderes otorgados al presidente Anterior, pueden valer para mí como presidente entrante?
7 - ¿No hay nada reflejado de las "cuentas anuales" de los ejercicios anteriores, como las reflejo yo?
8 - ¿Cómo se realiza el acuerdo del total de la deuda de cada propietario moroso en la Junta?

24/05/2012 19:53
Bueno hablas de 5 años de deuda, que ha ocurrido con las cuentas anuales se aprobaron en Junta de propietarios reflejando las deudas en las Actas, si se arrastra la deuda de varios ejercicios y esta cuantificada en las Actas, hay que convocar una reunión de la Junta de propietarios y acordar el total de la deuda de cada propietario moroso hasta la fecha, según la contabilidad de la comunidad la misma Junta Certifica la deuda en el Acta correspondiente. También en esta reunión hay que dar poderes al presidente para pleitos si vais a demandar.

El secretario que supongo que también es el presidente hará un escrito reflejando la Certificación y la cuantía, dirá que en la reunión del día x se cuantifico la deuda se Certifico lo cual se comunica por escrito al interesado dando un plazo de x días, para que abone la deuda caso de no hacerlo la comunidad demandara a los morosos. Este escrito se debe entregar a cada uno de los morosos individualmente.

Un monitorio es un procedimiento abreviado para cobrar las deudas, se pone en el juzgado, como no creo que la cuantía exceda del mínimo no hace falta abogado ni procurador. Pero debes de saber que si es conveniente el tenerlos, ya que te veo muy perdido, si el juicio sale bien lo más probable es que recuperes los gastos ocasionados la deuda.

Puedes informarte en el juzgado hay documentos para rellenar, pero ten en cuenta que es mejor un acuerdo que un juicio. La situación económica de muchas familias no está muy boyante, así que si se puede ir cobrando poco a poco, en fin es vuestra decisión.
24/05/2012 19:28
Gracias por su rápida contestación josembaigorri

• La comunidad es muy pequeña de 12 vecinos
• Los Presidentes anteriores han intentado que paguen, pero ellos dicen que no tiene dinero
y alguna vez han pagado el 30% de la deuda anual... pero últimamente no pagan nada...

Pregunta
4 - ¿Cómo o que hay que hacer para cualificar y Certificar la deuda?
5 - ¿cómo o que hay que hacer para poner un
5 -¿Qué es un Monitorio y como se puede realizar?

Un Saludo
24/05/2012 17:59
1ª No es suficiente ya que para hacer una reclamación de deuda, la Junta de propietarios debe cuantificar y Certificar la deuda y comunicársela a los morosos de forma fehaciente, la mejor forma es por burofax, con acuse de recibo y Certificado de contenido, si se va camino de poner un Monitorio.
2ª Las deudas en general prescriben a los 15 años.
3ª Como te indico en la 1ª hay que realizar unos pasos previos, cuantificar la deuda, Certificarla, notificarla y dar poderes para pleitos al presidente.
No indicas si es una comunidad grade o pequeña esto es importante por si hay que contratar abogado y procurador, para que defienda los derechos de la comunidad, si es grade hay más medios. El demandar siempre conlleva gastos, si es posible ver la forma de ir cobrando poco a poco.
Documento fehacientemente a morosos
24/05/2012 16:40
Hola, soy nuevo como Presidente de la comunidad, estoy sin Secretario y sin Administrador.
Las cuentas de la comunidad han estado sin revisión en los últimos 5 años…
he revisado las cuentas, veo que hay 3 vecinos que deben a la comunidad
5 años de su cuota de pago comunitario…
Les he entregado personalmente un escrito individual notificando el total de la deuda que deben a la comunidad.
Ellos amablemente me han firmado una copia del escrito de la notificación entregada. En ella han puesto su nombre, su firma y la fecha del día que la entregue.
Estos escritos los tengo en mi poder.
(Comentan que están en el paro y que no disponen de dinero…)

Preguntas:
1 - ¿Esta notificación puede valer como documento fehacientemente?
2 - ¿Puede caducar o prescribir la deuda con la comunidad?
3- ¿Con este escrito de notificación se puede demandar a los morosos?
4- ¿Cómo o que hay que realizar para demandar a estos vecinos deudores?

Saludos