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Donación colacionable???

3 Comentarios
 
Donación colacionable???
perfil ron
01/10/2008 15:50
Hola buenas tardes,

A principios de los 90 se hicieron unas escrituras de donación de vivienda a mi favor, de mis padres a mi persona. En dichas escrituras no consta por ninguna parte la coletilla "no colacionable" o algún sinónimo, y en las cláusulas consta que no perjudica a terceros. Han pasado 15 años desde entonces y en este año ha muerto mi padre, por lo que ahora mi hermano requiere que la vivienda que se me donó vuelva a la herencia... (en total somos 2 hermanos)

1º ¿Es posible que después de tanto tiempo pida esto?

2º Si no consta la coletilla "no colacionable" ¿como se interpreta la donación que mis padres me hicieron?

Gracias y un saludo.
01/10/2008 16:13
ron, el tiempo no tiene nada que ver.

Cuando uno hace una donación la hace con toda la validez pero a la muerte del donante es cuando hay que ver si esa donación perjudica a terceros porque afecta a la legítima de otros herederos (es decir si se ha gastado en vida lo que corresponde a los legitimarios).

Como regla general lo que se recibe por donación de un padre se entiende que es "a cuenta" de la legitima y debe tomar de la herencia menos puesto que ya lo recibió antes. Esto se puede eviter indicando que la donación es no colacionable.

Habria que leer deternidamente el trestamento y ver que se ha querido decir con lo de que no perjudica a terceros.

Consultelo con un abogado, me temo que su hermano no le va a dejar otra opción.
perfil ron
01/10/2008 16:30
Respecto a lo de no perjudicar a terceros, en las escrituras hay una cláusula que dice lo siguiente: "hacen constar que no es inoficiosa ni perjudica derechos a terceros, puesto que el bien que consiste no es si no una parte de los que pertenecen a los donantes y conservan los mismos"

Otro dato, hace unos años a mi hermano le hicieron otra donación de una propiedad y si consta lo de "no colacionable", por lo que YO pienso que él no ha salido perjudicado...

Gracias por la orientación y la respuesta.
Un saludo.
perfil ron
01/10/2008 16:31
Respecto a lo de no perjudicar a terceros, en las escrituras hay una cláusula que dice lo siguiente: "hacen constar que no es inoficiosa ni perjudica derechos a terceros, puesto que el bien que consiste no es si no una parte de los que pertenecen a los donantes y conservan los mismos"

Otro dato, hace unos años a mi hermano le hicieron otra donación de una propiedad y si consta lo de "no colacionable", por lo que YO pienso que él no ha salido perjudicado...

Gracias por la orientación y la respuesta.
Un saludo.