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¿donde esta mi contrato?

1 Comentarios
 
¿donde esta mi contrato?
05/09/2005 22:16

Cuando firme el contrato no me dieron copia, aunque la solicite, porque me dijeron que antes debian registrarlo en la oficina del Inem. He estado trabajando durante dos meses y en varias ocasiones lo pedí y me dijeron que no había llegado.
Ahora ya estoy despedida, y no me lo quieren dar.
La verdad es que no estoy segura de lo que firme porque casi no me lo dejaron ver cuando lo firme.
He terminado de trabajar porque se ha cumplido la fecha para la que me contrataron pero a mi ni me han avisado ni me han dado ningun papel que diga que estoy despedida. Se ciertamente que debo de estar despedida porque me han dado de baja en la S.S.
Es como si hubiera sido un trabajo fantasma porque a estas alturas he recibido un ingreso pero tan siquiera me han dado la nómina.
Y para colmo he preguntado que en que oficina del inem registraron mi contrato y me han dicho que en un municipio de otra Comunidad Autónoma que esta a 300 km de mi residencia.
En el tiempo que he trabajado en esta empresa y en la forma de despedirme (si es que me han despedido) se han comportado con migo de una forma miserable y quiero conocer el contenido de lo que firme antes de que transcurran 20 dias por los puedo denunciar. Pero como puedo conseguir mi contrato si no me puedo desplazar hasta el municipio donde esta registrado.
Un saludo
07/09/2005 19:38
Hola.

Si ves que la empresa no atiende a tu petición, se me ocurre optar por acudir a la empresa y contactar con los representantes legales de los trabajadores (comité de empresa, delegados de personal).

Mira lo que dice el estatuto de los trabajadores en su artículo 8:
" ...
3. a) El empresario entregará a la REPRESENTACION LEGAL DE LOS TRABAJADORES una COPIA BASICA de todos los contratos que deban celebrarse por escrito, a excepción de los contratos de relación laboral especial de alta dirección sobre los que se establece el deber de notificación a la representación legal de los trabajadores.

Con el fin de comprobar la adecuación del contenido del contrato a la legalidad vigente, esta copia básica contendrá todos los datos del contrato a excepción del número del documento nacional de identidad, el domicilio, el estado civil y cualquier otro que, de acuerdo con la Ley Orgánica 1/1982, de 5 de mayo, pudiera afectar a la intimidad personal.

La copia básica se entregará por el empresario, en un plazo no superior a diez días desde la formalización del contrato, a los representantes legales de los trabajadores, quienes la firmarán a efectos de acreditar que se ha producido la entrega. Posteriormente, dicha copia básica se enviará a la oficina de empleo. Cuando no exista representación legal de los trabajadores también deberá formalizarse copia básica y remitirse a la oficina de empleo.

En los contratos sujetos a la obligación de registro en el Instituto Nacional de Empleo la copia básica se remitirá, junto con el contrato, a la oficina de empleo. En los restantes supuestos se remitirá exclusivamente la copia básica.

b) Los representantes de la Administración, así como los de las organizaciones sindicales y de las asociaciones empresariales, que tengan acceso a la copia básica de los contratos en virtud de su pertenencia a los órganos de participación institucional que reglamentariamente tengan tales facultades, observarán sigilo profesional, no pudiendo utilizar dicha documentación para fines distintos de los que motivaron su conocimiento."

Y para la próxima vez, coge la costumbre de leer el contrato antes de firmarlo. Y cuando digo leerlo no me refiero a una lectura exhaustiva y minuciosa (si se hace, mucho mejor). Me explico: todos los contratos tienen un formato similar, y rápidamente se pueden identificar en el contrato los elementos esenciales que te interesan conocer:
- modalidad de contrato.
- categoría profesional.
- puesto de trabajo.
- horario de trabajo.
- retribución.
- duración del contrato.
- convenio colectivo aplicable.

Que te sirva de lección para otras ocasiones (y lo digo en el buen sentido), pues de los errores se aprende y mucho.
De todos modos, visto el modo de proceder de la empresa contigo, ya me hago una idea de que se me antoja algo dificil conseguir esto en la citada empresa.

Otra opción sería llamar a la inspección de trabajo y ponerles sobre aviso de la irregularidad cometida. Seguramente sería una buena lección para la empresa.

Ojalá soluciones este tema y que tengas más suerte en tu próxima relación laboral.

Espero que te haya ayudado.