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Dos contratos con retenciones distintas

9 Comentarios
 
Dos contratos con retenciones distintas
27/07/2011 14:30
Hola a tod@s,
O planteo mi duda con respecto a las epercusiones que podría tener en mi proxima declaración de la renta.

Trabajo para dos empresas, esta es la situacion en ambas:
Empresa 1: Desde 2008 contrato indefinido a jornada completa y retencion del 9%. Salario 1000€ netos
Empresa 2: Desde julio de 2011 contrato parcial (eventual por circunstancias de la producción cod 502) y retencion del 3%. Salario 300€ netos

Preguntas:
1. Observando lo anterior, ¿creeis que en la proxima declaracion de la renta tendría que pagar a Hacienda?
2. En caso afirmativo, ¿de que forma podria modificar el contrato con la empresa 2 para que no tuviera que pagar a Hacienda?.

Muchas gracias por vuestras opiniones de antemano.
Saludos
27/07/2011 14:42
Por los datos que da es imposible saber si le va a salir a pagar o no la proxíma declaración de la renta. Haga vd. una simulación con estos datos con el programa padre de 2010, y tendrá una idea. En cualquier caso, siempre puede solicitar por escrito a una, o a las dos empresas, que le apliquen un tipo de retención más alto.
27/07/2011 15:23
En el programa ten la precaución de poner el salario BRUTO, el neto no sirve para eso.

Por otra parte, y ya se que me meto en camisa de once varas, que más da que te salga a pagar en la declaración de la renta.

Me explico. Si por la suma de los dos salarios, al hacer la declaración, te sale que tu IRPF son 2.000,00 euros, y entre ambos trabajos te han retenido 1.500,00 euros (sin tener más consideraciones de hipotecas ni nada), sale que tienes que pagar en la declaración 500,00 euros. A priori puede ser una mala pasada, pero según como lo mires es hasta bueno, porque si te hubiesen retenenido más, hubieses cobrado menos mes a mes, y sin embargo esos 500,00 euros los has tenido produciendo algún tipo de interés, poco, pero tuyo.

Si por el contrario, te retienen tanto como para que te devuelvan, le has hecho al Estado un préstamo a interés 0 por el dinero que te devuelven.

Como te digo, es según como se miren las cosas. En paises de nuestro entorno, en el trabajo no les retienen nada, y tienen que pagarlo todo de golpe en sus declaraciones.

Un saludo.
27/07/2011 15:43
Hola Llobu, para nada te estás metiendo en camisa de once varas, todas las aportaciones que hagáis serán constructivas para mí.

El caso es que como bien me ha sugerido pacog he realizado dicha simulación, pero me sale como RESULTADO DE LA OPERACIÓN: 1800 € aprox, con lo que tendria que ingresar a Hacienda.
No me lo explico, quizás haya cometido algún error en la introducción de datos (no tengo hipotecas, ni cargas familiares, etc).

Estos son lo datos que he introducido en IMPORTE INTEGRO: (13650 13650*0,09) [(300 300*0,03)*6]=16732.5

Luego a la luz de esto parece que tendré que pagar a Hacienda más de lo que he ganado en 6 meses en la Empresa 2. no?
27/07/2011 16:07
Partimos de que el IRPF es un impuesto progresivo. Esto es que no aumenta proporcionalmente la cuota del impuesto en relación a los ingresos. Es decir si gana el doble, no paga el doble. Paga algo más.
Dicho eso, creo que hay algún error en la simulación que ha hecho. ¿Ha figurado el importe de las retenciones y/o los gastos (seguridad social a cargo del trabajador)?
En cualquier caso, estoy con Llobu. En principio, es obligación de cada una de las empresas retenerle la cantidad correcta (en el caso de la empleadora a tiempo parcial sería un 2 %). Si después le sale a pagar, tenga en cuenta que ha tenido vd. el dinero y no hacienda, a un 0 % de interés.
27/07/2011 20:51
Pero sigo sin entenderlo, ya que cuando estaba con la Empresa 1 siempre me salia a devolver, es decir, Hacienda me pagaba, poco pero me pagaba. Y ahora, ganando 300 €, con el 3% de retencion, debo pagar -segun simulador- alrededor de los 1800€, esto es lo que no me explico. Sé que al tener más de un pagador al año tengo que ingresarle a Hacienda, pero ¿tanto?
27/07/2011 21:13
A ver hombre. Lo primero, lo del simulador lo has hecho mal. Además de las retribuciones brutas de ambos trabajos, debes introducir las cotizaciones a tu cargo, las cuales menguarán tus impuestos (a modo de ejemplo debes de sacar el 6,35% de la cantidad bruta e introducir el resultado en el simulador en el apartado de gastos de seguridad social).

Después comentar que si te salen 1.800 euros de IRPF, deberás tener en cuenta que vas a ir pagando cantidades a cuenta, en una empresa y otra. Si al final entre ambas empresas te retienen menos de 1.800 euros, es cuando tendrás que pagar la diferencia entre lo retenido y los 1.800 euros.

Lo dicho, calcula bien el tema, que lo has hecho mal.

Un saludo.
27/07/2011 21:29
Y esta operación que significa?: 13650 13650*0,09) [(300 300*0,03)*6]=16732.5

Debes de coger el importe BRUTO, sin sacar ningún porcentaje.

Por ejemplo, si cobras EN BRUTO, en el trabajo 1, 1.200 euros, y dos pagas extras iguales, tu salario anual es de 1.200 x 14 = 16.800 euros.

Y en la empresa 2, pongamos que son 400 euros mensuales más 2 pagas iguales, el bruto es de 400x14= 5.600 euros

Total BRUTO = 22.400 EUROS

Gastos de seguridad social (suponemos un trabajo indefinido): 6,35% de 22.400 euros = 1.422,40 euros

En este enlace puedes acceder a una tabla en Excel muy sencilla, imagino que está bien realizada. Solo te pide el importe bruto y tu situación personal, el resto, incluso los gastos de seguridad social, los realiza la misma hoja de cálculo:

http://www.calcular-nominas.com/2011/01/04/excel-calcular-tipo-retencion-irpf-2011/

Recuerda que si te interesa, puedes solicitar POR ESCRITO a tus empleadores una retención superior a la que han calculado reglamentariamente.

Un saludo.
27/07/2011 21:34
Muchísimas gracias a todos, lo cierto es que este tema es más complicado de lo que me temía.

Seguiré el enlace que me has facilitado Llobu de nuevo mil gracias.
28/07/2011 08:14
He reparado ahora que el trabajo a tiempo parcial lo has iniciado este mes de Julio.

Entonces debes calcular el salario bruto desde el alta en la empresa hasta el 31 de diciembre, no hacer el año entero como te había indicado yo. Eso lo deberás hacer para el 2.012, si sigues en ese trabajo.

Un saludo.