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Dos multas por no tener seguro obligatorio

2 Comentarios
 
Dos multas por no tener seguro obligatorio
29/01/2020 19:05
Buenas . Mi problema es el siguiente: Hace tres meses cambie mi coche con un familiar por el suyo .y hoy 29-01-2020 he recibido dos multas por no tener seguro obligatorio el vehículo q cambié.
Al se un familiar mío confíe en q cambiaría el coche a su nombre (echo q no hizo). Soy consciente de mi gran error ,ya q eso es mi responsabilidad.pero mi pregunta es. Si te pueden multar el 07-12-2019 por no tener seguro,y otra vez el 14-12-2019 por el mismo motivo.porque tengo entendido que al producise la primera sanción el vehículo debe estar inmovilizado.
29/01/2020 21:18
soltero
c) Una sanción pecuniaria de 601 a 3.005 euros de multa, graduada según que el vehículo circulase o no, su categoría, el servicio que preste, la gravedad del perjuicio causado, en su caso, la duración de la falta de aseguramiento y la reiteración de la misma infracción.

La Ley del Seguro Obligatorio art 3 incumplimiento de la obligación de asegurarse.
Según el es posible que te multen por la misma infracción ya que como indica la cuantía de la multa dependerá de varios factores, uno de ellos es la reiteración de la misma infracción. Parece lógico que si continuas sin seguro te denuncien, si no se daría el caso que la gente una vez denunciado no se lo sacase.
Lo que no parece lógico es que el plazo para poder sacártelo sea tan breve.. Aunque también podría ser que te hayan multado por no tener seguro y posteriormente por circular sin él. son dos hechos distintos.
Con respecto a la inmovilización no tengo muy claro que sea obligatoria para los agentes actuantes.
30/01/2020 08:30
soltero
Los agentes tienen potestad para decidir si inmovilizan el vehículo o no, dependiendo de las circunstancias y los medios que tengan en ese momento.

La inmovilización no tiene por qué ser física (grúa) en ese momento sino que puede ser por precinto. Si en el plazo de 5 días desde la denuncia no se presenta seguro, se puede ordenar el precinto y depósito del vehículo bien en instalaciones públicas o en el domicilio y todos los gastos correrán a cargo del propietario.

Si quiere evitarse problemas, o su familiar da de alta el seguro o usted da de baja el coche.
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Dos multas por no tener seguro obligatorio
29/01/2020 19:05
Buenas . Mi problema es el siguiente: Hace tres meses cambie mi coche con un familiar por el suyo .y hoy 29-01-2020 he recibido dos multas por no tener seguro obligatorio el vehículo q cambié.
Al se un familiar mío confíe en q cambiaría el coche a su nombre (echo q no hizo). Soy consciente de mi gran error ,ya q eso es mi responsabilidad.pero mi pregunta es. Si te pueden multar el 07-12-2019 por no tener seguro,y otra vez el 14-12-2019 por el mismo motivo.porque tengo entendido que al producise la primera sanción el vehículo debe estar inmovilizado.
29/01/2020 21:18
soltero
c) Una sanción pecuniaria de 601 a 3.005 euros de multa, graduada según que el vehículo circulase o no, su categoría, el servicio que preste, la gravedad del perjuicio causado, en su caso, la duración de la falta de aseguramiento y la reiteración de la misma infracción.

La Ley del Seguro Obligatorio art 3 incumplimiento de la obligación de asegurarse.
Según el es posible que te multen por la misma infracción ya que como indica la cuantía de la multa dependerá de varios factores, uno de ellos es la reiteración de la misma infracción. Parece lógico que si continuas sin seguro te denuncien, si no se daría el caso que la gente una vez denunciado no se lo sacase.
Lo que no parece lógico es que el plazo para poder sacártelo sea tan breve.. Aunque también podría ser que te hayan multado por no tener seguro y posteriormente por circular sin él. son dos hechos distintos.
Con respecto a la inmovilización no tengo muy claro que sea obligatoria para los agentes actuantes.
30/01/2020 08:30
soltero
Los agentes tienen potestad para decidir si inmovilizan el vehículo o no, dependiendo de las circunstancias y los medios que tengan en ese momento.

La inmovilización no tiene por qué ser física (grúa) en ese momento sino que puede ser por precinto. Si en el plazo de 5 días desde la denuncia no se presenta seguro, se puede ordenar el precinto y depósito del vehículo bien en instalaciones públicas o en el domicilio y todos los gastos correrán a cargo del propietario.

Si quiere evitarse problemas, o su familiar da de alta el seguro o usted da de baja el coche.