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Dos nuevas CIs admitidas a trámite contra el 92.8 CC

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Dos nuevas cis admitidas a trámite contra el 92.8 cc
15/12/2010 09:22
Buenas, el BOE publica dos nuevas cuestiones de inconstitucionalidad admitidas por el tribunal constitucional contra el 92.8 CC (veto del fiscal a la custodia compartida). Os los replico aquí:

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 302 Lunes 13 de diciembre de 2010 Sec. I. Pág. 102982
I. DISPOSICIONES GENERALES
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
19152
Cuestión de inconstitucionalidad n.º 5755-2010, en relación con el artículo 92.8 del Código Civil, en la redacción dada por la Ley 15/2005, de 8 de julio.
El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 30 de noviembre actual, ha acordado admitir a trámite la cuestión de inconstitucionalidad número 5755-2010 planteada por el Juzgado de 1.ª Instancia número 5 de Cáceres, en el procedimiento de modificación de medidas definitivas núm. 796/2009, en relación con el artículo 92.8 del Código Civil, en la redacción dada por Ley 15/2005, de 8 de julio, por posible vulneración de los arts. 117, 24.1, 14 y 39 CE, y, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.1.c) LOTC en la redacción dada por la Ley Orgánica 6/2007, de 24 de mayo, deferir a la Sala Primera, a la que por turno objetivo le ha correspondido, el conocimiento de la presente cuestión.
De conformidad con lo establecido en el art. 37.2 LOTC, en su nueva redacción, quienes sean parte en el procedimiento de modificación de medidas definitivas núm. 796/2009, podrán personarse ante este Tribunal dentro de los quince días siguientes a la publicación del presente edicto en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 30 de noviembre de 2010.–La Secretaria de Justicia del Pleno, Herminia Palencia Guerra.
cve: BOE-A-2010-19152
http://www.boe.es BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X


BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 302 Lunes 13 de diciembre de 2010 Sec. I. Pág. 102983
I. DISPOSICIONES GENERALES
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
19153
Cuestión de inconstitucionalidad n.º 6817-2010, en relación con el artículo 92.8 del Código Civil.
El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 30 de noviembre actual, ha acordado admitir a trámite la cuestión de inconstitucionalidad número 6817-2010 planteada por el Juzgado de Violencia sobre la Mujer núm. 1 de Jaén, en el procedimiento de divorcio contencioso núm. 70/2009, en relación con el artículo 92.8 del Código Civil por posible vulneración de los arts. 117.3 y 39 de la CE, y, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.1.c) LOTC en la redacción dada por la Ley Orgánica 6/2007, de 24 de mayo, deferir a la Sala Segunda, a la que por turno objetivo le ha correspondido, el conocimiento de la presente cuestión.
De conformidad con lo establecido en el art. 37.2 LOTC, en su nueva redacción, quienes sean parte en el procedimiento de divorcio contencioso núm. 70/2009, podrán personarse ante este Tribunal dentro de los quince días siguientes a la publicación del presente edicto en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 30 de noviembre de 2010.–La Secretaria de Justicia del Pleno, Herminia Palencia Guerra.
cve: BOE-A-2010-19153
http://www.boe.es BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
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Dos nuevas cis admitidas a trámite contra el 92.8 cc
15/12/2010 09:22
Buenas, el BOE publica dos nuevas cuestiones de inconstitucionalidad admitidas por el tribunal constitucional contra el 92.8 CC (veto del fiscal a la custodia compartida). Os los replico aquí:

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 302 Lunes 13 de diciembre de 2010 Sec. I. Pág. 102982
I. DISPOSICIONES GENERALES
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
19152
Cuestión de inconstitucionalidad n.º 5755-2010, en relación con el artículo 92.8 del Código Civil, en la redacción dada por la Ley 15/2005, de 8 de julio.
El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 30 de noviembre actual, ha acordado admitir a trámite la cuestión de inconstitucionalidad número 5755-2010 planteada por el Juzgado de 1.ª Instancia número 5 de Cáceres, en el procedimiento de modificación de medidas definitivas núm. 796/2009, en relación con el artículo 92.8 del Código Civil, en la redacción dada por Ley 15/2005, de 8 de julio, por posible vulneración de los arts. 117, 24.1, 14 y 39 CE, y, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.1.c) LOTC en la redacción dada por la Ley Orgánica 6/2007, de 24 de mayo, deferir a la Sala Primera, a la que por turno objetivo le ha correspondido, el conocimiento de la presente cuestión.
De conformidad con lo establecido en el art. 37.2 LOTC, en su nueva redacción, quienes sean parte en el procedimiento de modificación de medidas definitivas núm. 796/2009, podrán personarse ante este Tribunal dentro de los quince días siguientes a la publicación del presente edicto en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 30 de noviembre de 2010.–La Secretaria de Justicia del Pleno, Herminia Palencia Guerra.
cve: BOE-A-2010-19152
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 302 Lunes 13 de diciembre de 2010 Sec. I. Pág. 102983
I. DISPOSICIONES GENERALES
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
19153
Cuestión de inconstitucionalidad n.º 6817-2010, en relación con el artículo 92.8 del Código Civil.
El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 30 de noviembre actual, ha acordado admitir a trámite la cuestión de inconstitucionalidad número 6817-2010 planteada por el Juzgado de Violencia sobre la Mujer núm. 1 de Jaén, en el procedimiento de divorcio contencioso núm. 70/2009, en relación con el artículo 92.8 del Código Civil por posible vulneración de los arts. 117.3 y 39 de la CE, y, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.1.c) LOTC en la redacción dada por la Ley Orgánica 6/2007, de 24 de mayo, deferir a la Sala Segunda, a la que por turno objetivo le ha correspondido, el conocimiento de la presente cuestión.
De conformidad con lo establecido en el art. 37.2 LOTC, en su nueva redacción, quienes sean parte en el procedimiento de divorcio contencioso núm. 70/2009, podrán personarse ante este Tribunal dentro de los quince días siguientes a la publicación del presente edicto en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 30 de noviembre de 2010.–La Secretaria de Justicia del Pleno, Herminia Palencia Guerra.
cve: BOE-A-2010-19153
http://www.boe.es BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X