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Dos personas de una propiedad en la junta

4 Comentarios
 
Dos personas de una propiedad en la junta
05/03/2013 13:19
Hola a todos, hace un par de dias tuvimos la junta general de la comunidad, y resulta que por parte de una vivienda asistieron los dos propietarios (marido y mujer).

El caso es que estas dos personas tenian intención más que clara de imponer su voluntad.

Tengo entendido que la ley de propiedad horizontal dice algo parecido a que cuando un piso pertenece a varios propietarios (este caso) estos nombraran a uno de ellos para su asistencia a la junta.

Por un lado me extraña que el administrador no dijera nada, pues en las ocasiones que ha asistido alguien ajeno a la comunidad (inquilinos, abogados, asistentes de minusvalidos, etc...) lo ha avisado al comienzo de la reunión y ha preguntado si había algún propietario que se opusiera a que estuvieran presentes esas personas.

Al final se hizo lo que estos dos propietarios (de un solo piso) pretendian, y mis preguntas son:

¿se podria impugnar el acta si en la misma aparece que han asistido los dos propietarios de una misma vivienda? He de decir que el administrador suele ser muy detallista en estas cosas, o al menos lo ha sido en reuniones anteriores pues siempre ha redactado las actas indicando nombre y preguntas o cometnarios de cada propietario, y las respuestas que se les daba; por lo que espero que en este caso haya hecho lo mismo.

¿se podria anular de algun modo esa junta?

Gracias a todos por molestaros en leerme.
05/03/2013 13:23
a la junta pueden acudir los 2 propietarios otra cosa es que los 2 tengan derecho a voto si hay que decidir algo, ya que solo se tendrá en cuenta un voto por propiedad.
05/03/2013 14:58
Gracias nazka 32, efectivamente para votar solo tuvieron un voto, porque el administrador que tenemos hace las votaciones pasando lista, en el acta siempre ha reflejado los propietarios y los coeficientes que han votado a favor o en contra de cada propueta que se ha hecho, y evidentemente no nombra un mismo piso dos veces.

Lo que me tenia mosca es esto que dice la ley (la acabo de encontrar)

Art. 15 La asistencia a la Junta de propietarios será personal o por representación legal o voluntaria, bastando para acreditar ésta un escrito firmado por el propietario.
Si algún piso o local perteneciese pro indiviso a diferentes propietarios éstos nombrarán un representante para asistir y votar en las juntas.

Es que estoy un poco "chinche" con ellos porque estos propietarios pretendieron negar el acceso a una persona que traia una representación porque, según ellos, debería traer un poder.

Esta persona al final se quedo, porque el administrador dijo que era valido el documento que traia.


05/03/2013 17:36
Lo que si es ilegal es que asistan inquilinos, abogados, asistentes de minusválidos, etc.
No es lo mismo un piso a nombre de un matrimonio en régimen de gananciales, a un piso en proindiviso.
Tampoco comprendo como dices que al final se ha hecho lo que quería ese matrimonio. ¿Son los únicos que votaron de todos los presentes?.
06/03/2013 11:26
Hola Acriton, el caso del inquilino pues era un señor que estaba causando problemas en la comunidad, y vino él con el propietari. Al llegar al punto del orden del dia en el que se iba a tratar eso, el administrador pidio permiso a los propietarios para que entrara el inquilino y explicara su actitud, una vez oido el mismo y llegado a un acuerdo con él (nosotros no denunciabamos y el cesaba en su actitud) pues abandono la sala de juntas.

En el caso del abogado, se trataba del abogado que habitualmente contrata la comunidad, y al comienzo de la reunión el administrador nos dijo que estaba presente para asesorar en unos puntos del orden del dia (un contencioso-administrativo con Aena)

Y en el caso de la asistente, pues algo parecido, se trata de una señora mayor que por su estado de salud necesita una cuidadora con ella, aunque la señora está en pleno uso de sus facultades mentales.

En todos estos casos, el administrador lo comentaba y preguntaba si alguno de los presentes tenía algún inconveniente en que asistieran, a lo que nadie dijo nada, y a mi particularmente me parece correcto lo que hizo el administrador de preguntar (quizas no sea legal, no lo se)

¿Que diferencia hay entre lo que dices de piso perteneciente a matrimonio y proindiviso? Te agradecería mucho me lo aclararas, en principio entiendo que un proindiviso sería algo asi como un local que pertenece a varios socios ¿? (pero vamos que no tengo ni idea)

Sobre los votos, votamos todos evidentemente, pero digamos que hubo varios que se dejaron influir ante la "agresividad" del matrimonio en cuestión.

Gracias por tú interes.