Me han surgido unas dudas y me encantaria que me dieseis vuestra opinion sobre las mismas.
Por un lado;
Si se lleva a cabo un accidente de trabajo, que tiene como resultado la muerte de unos trabajadores y lesiones de incapacidad total de otros, ¿Tiene responsabilidad el responsable persona fisica o la empresa como persona jdca?
Yo creo, que seria un delito contra los derechos de los trabajadores con concurso ideal por homicidio y lesiones, no obstante, ¿No se condenaria penalmente a la empresa por el 318?
¿En caso de que administrador de la empresa y responsable sean los mismos, se condenaria por 318 o 316?
En cuanto al segundo caso;
Si en una empresa, el consejero delegado lleva a cabo contratos a un precio muy superior al precio de mercado con la empresa de su mujer, ¿Estariamos ante un delito de corrupcion en los negocios?