Buenos días: Soy arrendadora de una nave, según el contrato:" la renta pactada estará sujeta a las fluctuaciones del IPC, llevándose a cabo la revisión de renta cada dos años"(Es un contrato del año 1979). Hasta ahora yo lo que venía haciendo era esperar a que saliese publicado el IPC de enero y ese porcentaje era el que aumentaba.Pero acabo de mirar la web del INE y creo que lo estoy haciendo mal.Por ejemplo,tengo que aumentar la renta este año 2007 y la última vez que se la aumenté fue en el 2005 así que lo que interpreto que me dice el INE es que debo aplicar el porcentaje de variación de esos dos años ,desde enero de 2005 a enero de 2007. ¿Podría alguien confirmarme si esto es así o como debería hacerlo? Gracias