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Dudas por jubilación dueño empresa donde trabajo

4 Comentarios
 
Dudas por jubilación dueño empresa donde trabajo
08/03/2019 16:53
Buenas tardes,
Llevo trabajando 28 años en la misma empresa (una S.A.), soy auxiliar administrativa en una tienda de muebles. El dueño se jubila y está en tratos para traspasar la tienda. Ahora soy la única trabajadora que queda.

Aunque en un principio parece ser que si se quieren quedar conmigo los nuevos dueños, tengo varias dudas por si finalmente no quieren que siga con ellos. Tengo derecho a indemnización si la empresa cierra por jubilación?

Trabajo el 70% de la jornada y como llevo la contabilidad, facturas, caja, bancos, etc. me pagan 200 euros de más en negro. Me han propuesto incluirme este dinero en nomina a cambio de trabajar las 40 horas. He dicho que no. Yo aceptaría la jornada de 40 horas si me incluyen los 200 euros en nomina (por mi trabajo de contabilidad) y la parte que me corresponde al sueldo por trabajar el 100% de la jornada. Parece ser que no les interesa y me dicen que mañana hablarán conmigo de nuevas propuestas.
Los nuevos dueños quieren cambiar la SA a SL y me dicen que me van a mantener mi antiguedad, en este caso mi pregunta es: está en peligro mi antiguedad al cambiar de sociedad y cuales son mis derechos, tengo un contrato indefinido y no se si queda afectado también por este cambio.

Muchas gracias
08/03/2019 17:56
Mas66
Si el dueño se jubila y la empresa cierra usted tendría dcho a una indemnización de un mes de salario, (nada mas), pero como lo que sucede es que traspasa el negocio no es que los nuevos propietarios la vayan a contratar y a respetar la antigüedad, es que usted es subrogable y por tanto ni nuevo cto ni nada, sigue usted en la empresa, (ojo si firma un nuevo cto seguro que le cambian algo que la perjudicará, no firme nada, no tiene que hacerlo), no se ¿cual es su convenio? en el cual puede venir reflejado el dcho de subrogación pero si el convenio no lo recoge nos atendremos a lo que dice el artículo 44 ET sobre sucesión de empresas, léalo y así estará informada.
Se me olvidaba, el problema es ese salario en "B", usted seguirá trabajando al 70% y si la quieren pasar a jornada completa y usted esta de acuerdo no hay problema cobrará l que marque el convenio pero esos 200 % al ser en negro quedará a criterio de que se los quieran respetar o no.
SMO
10/03/2019 08:39
Mas66
Si el dueño se jubila, la sociedad no, por lo que a vd. la tendrían que despedir por causas objetivas, despido que, evidentemente, podría impugnar. Esto supone, que en el peor de los casos, le correspondería un año de salario (ya que por su antigüedad está topada en la indemnización). En caso de traspaso de la tienda, la pueden despedir antes, con lo que no habría relación laboral a subrogar.
En cuanto a los 200 euros, es una cuestión de prueba. Si vd. puede probar que los percibe, es su salario por la jornada que realice, y tendrán que subrogarla con esas condiciones.
11/03/2019 16:03
Jamgrrhh28
Muchas gracias por la información.
Tengo una última duda, los nuevos propietarios tienen que respetarme mi salario, antiguedad etc., pero yo tengo derecho a exigir de poder trabajar la totalidad de la jornada con mi correspondiente incremento salarial? (en este caso dejando a parte el dinero que cobro en negro).
11/03/2019 16:58
Mas66
No, vd. tiene un contrato a tiempo parcial y no puede exigir unilateralmente su conversión a tiempo completo.
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08/03/2019 16:53
Buenas tardes,
Llevo trabajando 28 años en la misma empresa (una S.A.), soy auxiliar administrativa en una tienda de muebles. El dueño se jubila y está en tratos para traspasar la tienda. Ahora soy la única trabajadora que queda.

Aunque en un principio parece ser que si se quieren quedar conmigo los nuevos dueños, tengo varias dudas por si finalmente no quieren que siga con ellos. Tengo derecho a indemnización si la empresa cierra por jubilación?

Trabajo el 70% de la jornada y como llevo la contabilidad, facturas, caja, bancos, etc. me pagan 200 euros de más en negro. Me han propuesto incluirme este dinero en nomina a cambio de trabajar las 40 horas. He dicho que no. Yo aceptaría la jornada de 40 horas si me incluyen los 200 euros en nomina (por mi trabajo de contabilidad) y la parte que me corresponde al sueldo por trabajar el 100% de la jornada. Parece ser que no les interesa y me dicen que mañana hablarán conmigo de nuevas propuestas.
Los nuevos dueños quieren cambiar la SA a SL y me dicen que me van a mantener mi antiguedad, en este caso mi pregunta es: está en peligro mi antiguedad al cambiar de sociedad y cuales son mis derechos, tengo un contrato indefinido y no se si queda afectado también por este cambio.

Muchas gracias
08/03/2019 17:56
Mas66
Si el dueño se jubila y la empresa cierra usted tendría dcho a una indemnización de un mes de salario, (nada mas), pero como lo que sucede es que traspasa el negocio no es que los nuevos propietarios la vayan a contratar y a respetar la antigüedad, es que usted es subrogable y por tanto ni nuevo cto ni nada, sigue usted en la empresa, (ojo si firma un nuevo cto seguro que le cambian algo que la perjudicará, no firme nada, no tiene que hacerlo), no se ¿cual es su convenio? en el cual puede venir reflejado el dcho de subrogación pero si el convenio no lo recoge nos atendremos a lo que dice el artículo 44 ET sobre sucesión de empresas, léalo y así estará informada.
Se me olvidaba, el problema es ese salario en "B", usted seguirá trabajando al 70% y si la quieren pasar a jornada completa y usted esta de acuerdo no hay problema cobrará l que marque el convenio pero esos 200 % al ser en negro quedará a criterio de que se los quieran respetar o no.
SMO
10/03/2019 08:39
Mas66
Si el dueño se jubila, la sociedad no, por lo que a vd. la tendrían que despedir por causas objetivas, despido que, evidentemente, podría impugnar. Esto supone, que en el peor de los casos, le correspondería un año de salario (ya que por su antigüedad está topada en la indemnización). En caso de traspaso de la tienda, la pueden despedir antes, con lo que no habría relación laboral a subrogar.
En cuanto a los 200 euros, es una cuestión de prueba. Si vd. puede probar que los percibe, es su salario por la jornada que realice, y tendrán que subrogarla con esas condiciones.
11/03/2019 16:03
Jamgrrhh28
Muchas gracias por la información.
Tengo una última duda, los nuevos propietarios tienen que respetarme mi salario, antiguedad etc., pero yo tengo derecho a exigir de poder trabajar la totalidad de la jornada con mi correspondiente incremento salarial? (en este caso dejando a parte el dinero que cobro en negro).
11/03/2019 16:58
Mas66
No, vd. tiene un contrato a tiempo parcial y no puede exigir unilateralmente su conversión a tiempo completo.