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Dudas sobre impuesto a pagar por aceptación herencia y posterior venta bien en terreno urbano.

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Dudas sobre impuesto a pagar por aceptación herencia y posterior venta bien en terreno urbano.
05/12/2018 14:24
Me dirijo a ustedes por si pueden aclarar las dudas que tengo sobre los impuestos a pagar por la aceptación de herencia y posterior venta de un bien situado en terreno urbano.
La situación es la siguiente:
1983.- mis padres adquieren en régimen de gananciales un terreno urbano y posteriormente construyen una edificación denominada en la escritura como merendero.

2000.- Fallece mi madre y en la escritura de liquidación de sociedad de gananciales y adjudicación de herencia por error este bien quedó fuera y no se contempló. Se pagó el impuesto de sucesiones por los bienes que si fueron contemplados.

2008.- Falleció mi padre y no se hizo aceptación de herencia por pensar que no tenía bienes.

2018.- Se constata el error y se hace en mayo 2018 aceptación de herencia entre todos los hermanos respecto del 50% correspondiente a mi padre y respecto a mi madre se añade a la aceptación de herencia ya hecha en 2000, el otro 50% de este bien que no fue incluido. Posteriormente, en noviembre de 2018 se vende este bien a un tercero.

Mis dudas son las siguientes dado el tiempo transcurrido entre el fallecimiento de mis padres y la aceptación de herencia:
1.- Si se tiene que pagar impuesto de sucesiones por este bien.
2.- Si se tiene que pagar plusvalía municipal al aceptar la herencia y de nuevo, si se tiene que pagar este impuesto al vender el bien.
3. Si se contempla la adquisición por herencia de este bien a la hora de tributar en el IRPF del año 2018 como incremento de renta o de cualquier otra forma que haya que pagar por ello. Respecto a la venta a un tercero, no tengo duda en este punto, sin duda al haber incremento de la renta hay que tributar por ello. Mi duda es solo respecto a la aceptación de herencia.

Gracias por anticipado por la respuesta que pueda recibir.
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05/12/2018 14:24
Me dirijo a ustedes por si pueden aclarar las dudas que tengo sobre los impuestos a pagar por la aceptación de herencia y posterior venta de un bien situado en terreno urbano.
La situación es la siguiente:
1983.- mis padres adquieren en régimen de gananciales un terreno urbano y posteriormente construyen una edificación denominada en la escritura como merendero.

2000.- Fallece mi madre y en la escritura de liquidación de sociedad de gananciales y adjudicación de herencia por error este bien quedó fuera y no se contempló. Se pagó el impuesto de sucesiones por los bienes que si fueron contemplados.

2008.- Falleció mi padre y no se hizo aceptación de herencia por pensar que no tenía bienes.

2018.- Se constata el error y se hace en mayo 2018 aceptación de herencia entre todos los hermanos respecto del 50% correspondiente a mi padre y respecto a mi madre se añade a la aceptación de herencia ya hecha en 2000, el otro 50% de este bien que no fue incluido. Posteriormente, en noviembre de 2018 se vende este bien a un tercero.

Mis dudas son las siguientes dado el tiempo transcurrido entre el fallecimiento de mis padres y la aceptación de herencia:
1.- Si se tiene que pagar impuesto de sucesiones por este bien.
2.- Si se tiene que pagar plusvalía municipal al aceptar la herencia y de nuevo, si se tiene que pagar este impuesto al vender el bien.
3. Si se contempla la adquisición por herencia de este bien a la hora de tributar en el IRPF del año 2018 como incremento de renta o de cualquier otra forma que haya que pagar por ello. Respecto a la venta a un tercero, no tengo duda en este punto, sin duda al haber incremento de la renta hay que tributar por ello. Mi duda es solo respecto a la aceptación de herencia.

Gracias por anticipado por la respuesta que pueda recibir.