En mi contrato tengo especificado 30 días naturales, y en mi convenio viene estipulado 23 días laborales. ¿cual prevalece en caso de no coincidir?
Según entiendo yo, un convenio recoge la duración mínima, y por tanto el punto del contrato que contravenga ese punto del convenio, quedaría sin validez en caso de conflicto. ¿es así?
Por otro lado, tal contrato se trata de un contrato de obra y servicio hecho hace 10 años, el cual me dijeron que era ilegal ya que es la actividad habitual de la empresa y no una tarea extra y puntual, además de no venir especificado fecha de finalización de obra o servicio. Del mismo modo, me consta que ese contrato pasó a indefinido tácitamente, por lo que nunca tuve la posibilidad de negociar condiciones.
El ET (que es una ley de mínimos), recoge que las vacaciones serán de 30 días por tanto su cto recoge el mínimo legal pero el convenio primero mejora las condiciones del ET, 23 días laborales son más de 30 días naturales, segundo el convenio prevalece sobre el cto