Hola a todos, Quisiera lanzar esta pregunta a todos, ¿Desde que edad se permite que un menor se marche con su p@dre? ¿Con 14 años el Juez le puede obligar? ¿Y si el menor se niega? Saludos..
Legalmente, que yo sepa, no hay definida una edad para que el menor se vaya con su padre o su madre, y en cualquier caso, si el propio menor se niega a un cambio de custodia, me parec muy pero que muy extraño que un Juez le obligue. No se si era esta tu pregunta, o si te referias a las visitas...
Cabe señalar que debido a las propias características de su funcionamiento psicológico en dicha etapa, en los casos en que el adolescente ha mantenido buenas relaciones con ambos, preferirá que el Juez dicte la sentencia que estime oportuna y tenderá a cumplirla.
Por otro lado, en los casos en que el joven mantiene relaciones conflictivas con uno de los dos progenitores, preferirá que el Juez dicte una sentencia acorde con sus pretensiones y de lo contrario, “SE NEGARA A CUMPLIRLA”.
Así pues, a la vista de dichas características, algunos jueces regulan las relaciones paterno-filiares, según la voluntad expresada por el adolescente, a partir de determinada edad ( 15 o 16 años), ocasionando que sea la propia decisión del menor la que cargue el peso de las relaciones con ese otro progenitor.