Auto de medidas provisionales que acuerda la custodia compartida de un menor de 16 años.
Durante dos semanas se da cumplimiento. A partir de la tercera semana, el menor no quiere ir con su madre. El padre deja la decisión en manos de su hijo (vaya, que no hace nada para que convenza al menor a que tiene que ir con su madre).
La madre me pide que ejecute el Auto. En este caso, donde es el menor el que se niega a ir con su madre, a quién se debe dirigir el requerimiento de cumplimiento? al padre? o al menor? Más que nada porque los intercambios los realizaba directamente el menor, sin acompañamiento de ningún progenitor, ya que tiene 16 años.
Gracias!