Hola: Éste es un mensaje para abogados con más experiencia que yo. Son dos dudas que me surgen en una demanda ejecutiva de una sentencia por reclamación de cantidad a la empresa. Es mi primera ejecución laboral.
1. ¿Cómo pido y en qué parte de la demanda que se declare insolvente a la empresa (El auto de insolvencia empresarial) para poder reclamar al Fogasa (sé que la empresa ya ha desaparecido)?
2. ¿Cómo se calculan los intereses provisionales del art. 249 LPL? No pueden ser superiores a los de un año, pero ¿que porcentaje se aplica? ¿el 10% del art. 29 ET o el de mora procesal de la LEC?
Gracias