En la comunidad de Madrid un imueble ha sido adjudicado por un precio inferior al 70% del precio tipo de subasta, pero que cubre la deuda del ejectuante.
El ejecutado tiene 10 para mejorar la oferta.
1.- ¿cuándo empiezan a contar esos días?
2.- los 10 días que tiene el ejecutado para mejorar la oferta, ¿son naturales o laborales?
3.- ¿cómo se presenta esa oferta?¿con un ingreso de la cantidad en una cuenta?¿con un contrato de arras por la cantidad ofertada?
4.-una vez presentada esa oferta mejorando el precio de adquisición en subasta, ¿se puede presentar contraoferta por el licitante que se adjudicó la subasta inicialmente?