Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

El alquiler de vivienda por debajo del precio mercado, ¿puede ser una donación?.

3 Comentarios
 
El alquiler de vivienda por debajo del precio mercado, ¿puede ser una donación?.
25/11/2017 20:39
Elpropietario de un piso cede, en alquiler durante 3 años, una vivienda a una fundación dedicada a dar apoyo a personas sin hogar.
El alquiler de la vivienda es a precio netamente inferior al precio lógico de mercado para una vivienda de esas características.
La fundación está acogida a la ley 49/2002 de régimen fiscal de las "esal" y mecenazgo.
La pregunta es si dicho alquiler puede considerarse donación, por la diferencia con el precio de mercado, y por tanto, el propietario beneficiarse de las ventajas fiscales de la misma.
25/11/2017 22:25
marcel33
Me parece muy difícil acreditar esa donación.
.........................................................................
26/11/2017 11:31
Juan S
Si esa es la intención real del contrato de alquiler, no una ocurrencia suya para reducir su carga tributaria, debería estar plasmado en el citado contrato. ¿Lo está?
Si es afirmativo, entonces la entidad beneficiaria le tendría que entregar un certificado en el que conste el importe de la supuesta donación, válido a efectos fiscales.
26/11/2017 17:35
marcel33
Creo que tu respuesta no debería dirigirse a mí sino a quien pregunta.
El alquiler de vivienda por debajo del precio mercado, ¿puede ser una donación?. | PorticoLegal
Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

El alquiler de vivienda por debajo del precio mercado, ¿puede ser una donación?.

3 Comentarios
 
El alquiler de vivienda por debajo del precio mercado, ¿puede ser una donación?.
25/11/2017 20:39
Elpropietario de un piso cede, en alquiler durante 3 años, una vivienda a una fundación dedicada a dar apoyo a personas sin hogar.
El alquiler de la vivienda es a precio netamente inferior al precio lógico de mercado para una vivienda de esas características.
La fundación está acogida a la ley 49/2002 de régimen fiscal de las "esal" y mecenazgo.
La pregunta es si dicho alquiler puede considerarse donación, por la diferencia con el precio de mercado, y por tanto, el propietario beneficiarse de las ventajas fiscales de la misma.
25/11/2017 22:25
marcel33
Me parece muy difícil acreditar esa donación.
.........................................................................
26/11/2017 11:31
Juan S
Si esa es la intención real del contrato de alquiler, no una ocurrencia suya para reducir su carga tributaria, debería estar plasmado en el citado contrato. ¿Lo está?
Si es afirmativo, entonces la entidad beneficiaria le tendría que entregar un certificado en el que conste el importe de la supuesta donación, válido a efectos fiscales.
26/11/2017 17:35
marcel33
Creo que tu respuesta no debería dirigirse a mí sino a quien pregunta.